Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2008 (07/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

384727

. Debe Decir:

Oficina Especial ubicada en Avenida Comercio s/n Distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 287234-1

Autorizan al Banco Falabella Peru la apertura de oficina especial en el departamento de Ica
RESOLUCION SBS Nº 11849-2008 MORDAZA, 2 de diciembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Peru para que se le autorice la apertura de una oficina especial de caracter permanente, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, Banco Falabella Peru ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "C" mediante Informe Nº 168-2008DEB "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Banco Falabella Peru la apertura de una oficina especial de caracter permanente ubicada en: - Local LC Nº 136 del Centro Comercial Plaza MORDAZA, ubicado en la Av. San MORDAZA Nº 727-763, distrito, provincia y departamento de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 287254-1

Autorizan a EDPYME Acceso Crediticio efectuar la operacion descrita en el numeral 26º del articulo 221º de la Ley General
RESOLUCION SBS Nº 11692-2008 MORDAZA, 27 de noviembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Acceso Crediticio para otorgarle la autorizacion definitiva para celebrar contratos de compra o de venta de cartera, como operacion adicional; CONSIDERANDO: Que, la celebracion de contratos de compra o de venta de cartera corresponde a una operacion del Modulo 2 del articulo 290º, descrita en el numeral 26º del articulo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante, Ley General; Que, las empresas que deseen realizar cualquiera de las operaciones y servicios comprendidos en los modulos senalados en el articulo 290º de la Ley General podran hacerlo previo cumplimiento de las condiciones y/o requisitos establecidos en el "Reglamento para la ampliacion de operaciones", aplicable a las empresas de operaciones multiples del sistema financiero distintas de las bancarias, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1122-2006; Que, mediante Oficio Nº 29303-2008-SBS de fecha 28.08.2008 esta Superintendencia autorizo a EDPYME Acceso Crediticio a implementar las condiciones requeridas para celebrar contratos de compra o de venta de cartera, como operacion adicional, en la etapa de autorizacion de organizacion, de conformidad con lo establecido en el articulo 9º del citado Reglamento, contandose para ello con la opinion favorable del Banco Central de Reserva del Peru; Que, la empresa ha cumplido con remitir la documentacion requerida para sustentar la autorizacion definitiva, de acuerdo a lo establecido en el articulo 10º del referido Reglamento; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "C" mediante Informe Nº 3032008-DEMC, del Departamento Legal mediante Informe Nº 960-2008-LEG, del Departamento de Evaluacion de Riesgos de Credito mediante Informe Nº 127-2008-DERC y del Departamento de Evaluacion de Riesgo Operacional mediante Informe Nº 087-2008-DERO, y, contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, la Superintendencia Adjunta de Riesgos, y la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a EDPYME Acceso Crediticio efectuar la operacion descrita en el numeral 26º del articulo 221º de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 287277-1

Actualizan monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre diciembre 2008 - febrero 2009
CIRCULAR Nº B-2176-2008 MORDAZA, 5 de diciembre de 2008 CIRCULAR Nº B ­ 2176 - 2008 F - 516 - 2008 CM - 363 - 2008 CR - 232 - 2008 -------------------------------------------------Actualizacion del monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre diciembre 2008 ­ febrero 2009 --------------------------------------------------

Ref.:

Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, asi como de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo diciembre 2008 ­ febrero 2009, del monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos, senalado en el articulo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos durante el periodo diciembre 2008 ­ febrero 2009 se indica a continuacion:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.