Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2008 (31/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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3.2 La Comision PRO-SNS contara con una Secretaria Tecnica, cuyo responsable sera elegido por el pleno de la Comision y designado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Salud. 3.3 La designacion del representante de los Gobiernos Regionales se MORDAZA en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendario desde la vigencia del presente Decreto, correspondiendole al Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales acreditarlo ante el Presidente de la Comision para su designacion mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Salud. 3.4 En el caso del representante de las clinicas privadas, este debera ser acreditado ante el Presidente de la Comision dentro del plazo senalado en el parrafo anterior, a fin de que MORDAZA designado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Salud. Articulo 4º.- Instalacion y funcionamiento 4.1 La Comision PRO-SNS se instalara en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario, contados a partir de la publicacion del presente Decreto. 4.2 La Comision PRO-SNS se reunira al menos una (1) vez al mes o cuando lo convoque su Presidente. 4.3 Los demas aspectos vinculados al funcionamiento de la Comision seran desarrollados en su Reglamento Interno, cuya aprobacion debe ser formalizada mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Salud en un plazo no mayor a los quince (15) dias calendario contados a partir de la instalacion de la Comision.

Aprueban criterios minimos de la "Lista de Chequeo de Cirugia Segura"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 533-2008/MINSA MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2008 Visto, el Expediente N° 08-070759-001, que contiene el Memorandum N° 3050-2008-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud senala que toda persona tiene derecho a exigir que los servicios que se le prestan para la atencion de su salud cumplan con los estandares de calidad aceptados en los procedimientos y practicas institucionales y profesionales; Que el literal h) del articulo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece como competencia de rectoria sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, el analisis y la regulacion tecnica de la prestacion de servicios de salud, acreditacion de establecimientos, certificacion y recertificacion del ejercicio de los profesionales de la salud. Que, en la resolucion WHA55.18 aprobada en la 55 Asamblea Mundial de la Salud de la Organizacion Mundial de la Salud celebrada en MORDAZA, la Asamblea de la salud expresa su preocupacion porque la incidencia de eventos adversos en la atencion de salud es una causa importante y evitable de sufrimiento humano e impone un elevado tributo en perdidas financieras y en costo de oportunidad para los servicios de salud, por lo que insta a los Estados Miembros a que presten la mayor atencion posible al problema de la seguridad del MORDAZA y a establecer y consolidar sistemas de base cientifica para mejorar la seguridad del MORDAZA y la calidad de la atencion sanitaria; Que, en tal sentido, la Direccion General de Salud de las Personas ha elaborado los criterios minimos de la Lista de Chequeo de Cirugia MORDAZA, pudiendo ser adicionada de acuerdo a las practicas locales de cada region, con la finalidad de cumplir con los estandares de calidad y seguridad en la atencion de los pacientes; Con la visacion del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley de Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los criterios minimos de la "Lista de Chequeo de Cirugia Segura" que en documento anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud, podran adicionar otros criterios a la Lista de Chequeo de Cirugia MORDAZA, a efecto que se ajuste a las practicas locales de cada region, con la finalidad de cumplir con los estandares de calidad y seguridad en la atencion de los pacientes. Articulo 3°.- La Oficina General de Comunicaciones dispondra la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas. asp. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA GARRIDO - LECCA MONTANEZ Ministro de Salud

Articulo 5º.- MORDAZA de informes tecnicos La Comision PRO-SNS debera presentar informes tecnicos periodicos a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre las actividades realizadas en el MORDAZA de las tareas que le han sido encomendadas. El primero de estos informes debera ser presentado en un plazo no mayor a los noventa (90) dias posteriores a la fecha de instalacion de la Comision. Articulo 6º.- Financiamiento y asistencia a la Comision 6.1 La Comision PRO-SNS sera financiada con recursos del Pliego 011: Ministerio de Salud; asi como las donaciones, cooperacion tecnica internacional y otras MORDAZA de financiamiento que existan para tal efecto. 6.2 Asimismo, la Comision podra solicitar a las entidades e instituciones publicas y privadas, la asistencia, informacion y apoyo necesario para el cumplimiento de los objetivos encargados. Articulo 7º.- Rol del Consejo Nacional de Salud Para el cumplimiento de sus funciones, la Comision PRO-SNS contara con la asesoria del Consejo Nacional de Salud, quien actuara como organo consultivo. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud MORDAZA FLORES-ARAOZ Esparza Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 232541-1

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