Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2008 (31/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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377249

Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6º de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante ELECTRO SUR MEDIO), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4º de la Ley, publico en su pagina Web y en un diario de circulacion nacional su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia. Como consecuencia de dicha publicacion, ninguna empresa manifesto su intencion de incorporarse al procedimiento al MORDAZA del Articulo 4.3 de la Ley; Que, con fecha 7 de MORDAZA de 2008, se recibio la carta A-009654-2008/GC con la propuesta de Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO. Dicha propuesta fue complementada con la informacion suministrada mediante la carta A-010145-2008/GC de fecha 22 de julio; Que, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.12 de la MORDAZA Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN Nº 341-2008-OS/CD que fijo los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009; Que, se han emitido el Informe Nº 0331-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Nº 0330-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiendose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras

de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2º:
Factores Nodales de Potencia 1,0132 1,0245 1,0015 1,0126 1,0411 1,0897 Factores Nodales de Energia Horas Horas Fuera de Punta Punta 1,0113 1,0200 1,0203 1,0290 0,9999 1,0083 1,0087 1,0327 1,0668 1,0172 1,0400 1,0741

Punto de Suministro

MORDAZA de Entrega y Medicion

SE Ica 60 kV SE Ica 10 kV SE Independencia 60 kV SE Independencia SE Independencia 10 kV SE Marcona SE Marcona 60 kV SE Caudalosa SE Caudalosa 22 kV SE Ica

Articulo 2º.- Aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 232344-1

Declaran improcedente recurso de reconsideracion interpuesto contra la Res. Nº 383-2008-OS/CD, que aprueba la MORDAZA "Procedimiento para la Asignacion de Responsabilidad de Pago de los SST y SCT"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 572-2008-OS/CD MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 VISTOS: La MORDAZA "Procedimiento para la Asignacion de Responsabilidad de Pago de los SST y SCT" aprobada por Resolucion del Consejo Directivo Nº 383-2008-OS/CD (en adelante "RESOLUCION") del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"), contra la cual la empresa MORDAZA Energy Egenor S. en C. por A. (en adelante "DUKE"), dentro del termino de la ley, presento recurso de reconsideracion; siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. 1. ANTECEDENTES: Que, dentro de la funcion normativa del OSINERGMIN, y conforme lo establece el Articulo 25º de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, que sus proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados, los mismos que no tienen caracter vinculante ni dan lugar a procedimiento administrativo; Que, en ese sentido, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 227-2008-OS/CD, publicada el 19 de marzo de 2008, y en cumplimiento del Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN citado precedentemente, se dispuso la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de OSINERGMIN, del proyecto de resolucion que aprueba la MORDAZA "Procedimiento para la Asignacion de Responsabilidad de

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