Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2008 (31/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

377242

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2008

como del seguimiento de la ejecucion de los proyectos detallados en el Anexo A de la presente Resolucion. Articulo 5.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en htpp://www.vivienda. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ANEXO A RELACION DE PROYECTOS - PROVINCIA DE CHINCHA DEPARTAMENTO DE ICA UNIDAD EJECUTORA: SEMAPACH S.A.
MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA MONTO DE INVERSION (NUEVOS SOLES) 372,255.00

ITEM

PROYECTO

1

2

PROVISION DE MODULOS SANITARIOS TEMPORALES PARA LA HABILITACION ADMINISTRACION MORDAZA FUNDO HUANQUI LECHUZA DIRECTA DONDE SERAN REUBICADOS LOS DAMNIFICADOS DE TAMBO DE MORDAZA PROVISION DE MODULOS SANITARIOS TEMPORALES PARA LA NUEVA HABILITACION MORDAZA A CONSTITUIRSE ADMINISTRACION EN ALTO LARAN DONDE SERAN DIRECTA REUBICADOS LOS DAMNIFICADOS A CONSECUENCIA DEL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 MONTO DE INVERSION TOTAL

221,030.00

593,285.00

232339-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 379-2008-VIVIENDA MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los sismos registrados en el MORDAZA el pasado 15 de agosto de 2007, mediante Decreto Supremo N° 068-2007-PCM y sus normas modificatorias, se declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica, las provincias de Castrovirreyna y Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y las provincias de Canete y Yauyos del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, periodo MORDAZA sucesivamente por los Decretos Supremos Nºs. 0842007-PCM, 097-2007-PCM, 011-2008-PCM; 026-2008PCM y 040-2008-PCM; Que, mediante la Ley N° 29078 se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado "FORSUR", adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en unidad ejecutora, con la finalidad de lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo N° 068-2007-PCM y sus ampliaciones; asimismo, se declara de prioridad y de interes nacional la ejecucion de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion de la infraestructura de comunicaciones y vial, riego, de energia electrica, saneamiento, habilitaciones urbanas y otros servicios publicos en zonas declaradas en emergencia; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 111-2008/ SESION No. 012-FORSUR, el Directorio del FORSUR aprobo la priorizacion del proyecto que se senala en el Anexo A del presente Convenio; Que, mediante Memorandum N° 819-2008/VIVIENDAOGPP, de fecha 30 de junio del ano en curso, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto emite opinion favorable sobre la propuesta de modificacion presupuestal por la suma de S/. 797 629,00 (Setecientos Noventa y Siete Mil Seiscientos Veintinueve y 00/100 Nuevos Soles)

para realizar las transferencias financieras a las EPS EMAPISCO S.A. y SEMAPACH S.A., asimismo, con el Memorandum N° 824-2008/VIVIENDA-OGPP de fecha 01 de MORDAZA del ano 2008 dicha Oficina General, emite la disponibilidad presupuestal solicitada por la Direccion Nacional de Saneamiento; Que, mediante Informe Tecnico N° 014-2008VIVIENDA/VMCS-DNS de fecha 03 de MORDAZA de 2008, la Direccion Nacional de Saneamiento, emite opinion favorable para realizar la transferencia financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ EMAPISCO S.A., hasta por la suma de S/. 204 344,00 (Doscientos Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecucion del proyecto que se senala en el Anexo A el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ EMAPISCO S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, financieros y de operatividad para el financiamiento del proyecto detallado en el Anexo A del citado Convenio, asi como las condiciones que deberian cumplir las partes para efectivizar la transferencia financiera; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley N° 27792 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley N° 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectuan mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Que, el ultimo parrafo del numeral 9.4 MORDAZA citado, precisa que cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, segun su capacidad operativa, se realice por Administracion Directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, el numeral 2.3 del articulo 2 del Apendice "Lineamientos para la aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 - Ley N° 29142", aprobado por Resolucion Directoral N° 049-2007EF-76.01, establece que para efecto de las transferencias financieras que se efectuen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por Administracion Directa a que hace mencion el ultimo parrafo del numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley N° 29142, no es de aplicacion el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a traves de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.