Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2008 (26/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 26 de junio de 2008

­ MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2007MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la senora MORDAZA ZORANAYWA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora de la Direccion de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano de la Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 218489-2

Vistos: el Oficio N° DE-100-140-2008-PRODUCE/IMP del 24 de junio de 2008, mediante el cual el Instituto MORDAZA del Peru, IMARPE, alcanza el "Informe sobre incidencia de juveniles de anchoveta en la region sur (Del 01 de enero al 22 de junio del 2008)" y el Informe N° 315-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi del 25 de junio de 2008 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. CONSIDERANDO:

Aceptan renuncia al cargo de Director de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos de la Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2008-MIMDES MORDAZA, 25 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 474-2007MIMDES de fecha 27 de setiembre de 2007, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de la Direccion de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos de la Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto por el cual se acepta la renuncia formulada; Con la visacion del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2007MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de la Direccion de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos de la Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 218489-3

Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9° de la citada ley contempla que, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, por Resolucion Ministerial Nº 542-2008PRODUCE del 13 de junio de 2008, se suspendio las actividades pesqueras del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16°00'00" Latitud Sur, a partir de la 00:00 horas del dia 18 de junio de 2008; Que, el articulo 4° de la Resolucion Ministerial N° 348-2008-PRODUCE del 8 de febrero de 2008, que regula las actividades extractivas que se desarrollan en la MORDAZA comprendida en el Regimen Especial de Pesca del recurso anchoveta aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2008-PRODUCE, dispone, entre otras medidas, que en caso de registrarse la descarga de ejemplares juveniles de anchoveta y el desembarque de otros recursos hidrobiologicos en porcentajes superiores a la tolerancia permitida, el Ministerio de la Produccion suspendera las actividades extractivas en dicha MORDAZA o area geografica por un periodo no menor de tres (3) dias; Que, mediante el Oficio N° DE-100-140-2008PRODUCE/IMP, el Instituto MORDAZA del Peru alcanzo el "Informe sobre incidencia de juveniles de anchoveta en la region sur (Del 01 de enero al 22 de junio del 2008)", donde indica que entre el 1 de enero y el 22 de junio de 2008 se capturo 604 349 toneladas de anchoveta en la region sur; asimismo, que el rango de tallas de anchoveta en dicha region fluctuo entre 7,0 y 17,0 cm, con moda principal en 13,5 cm de longitud total y con 11% de porcentaje de incidencia de juveniles; asi como se observo, entre el 19 y 22 de junio, una alta incidencia de juveniles de anchoveta en el area comprendida entre los 16°00' y los 16°59' S, recomendando se apliquen las medidas preventivas de proteccion a los ejemplares juveniles de anchoveta en la citada area; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, modificada por el Decreto Legislativo N° 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27789; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

PRODUCE
Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 568-2008-PRODUCE MORDAZA, 25 de junio del 2008

Articulo 1°.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta, a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial por un periodo de cinco (5) dias calendario, en el area comprendida entre los 16°00'00" ­ 16°59'59" Latitud Sur. Articulo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion sera sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y

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