Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

382100

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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, normas referidas a obligaciones o actividades supervisadas; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, los Reglamentos de la Ley Organica de Hidrocarburos contienen disposiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente que se encuentran dentro del ambito de competencia de OSINERGMIN; Que, conforme lo establecido en la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, la Ley de Creacion de OSINERGMIN, Ley Nº 26734 y el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PM, la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN supervisa y fiscaliza los aspectos tecnicos, de seguridad y de medio ambiente de los titulares de actividades de Gas Natural para ductos mayores de 20 (veinte) Bar y gasocentros de Gas Natural Vehicular (GNV); Que, para el ejercicio de las funciones senaladas en el considerando precedente, y con la finalidad de promover el cumplimiento de las obligaciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente por parte de los titulares de actividades de Gas Natural para ductos mayores de 20 (veinte) Bar y gasocentros de Gas Natural Vehicular (GNV), es necesario que se provea al Organismo Regulador de la informacion necesaria; Que, en este orden de ideas, se ha considerado necesario aprobar el "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las condiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente de los Titulares de Actividades de Gas Natural para Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular ­ PDJ", el mismo que se sustenta en los principios de conducta procedimental y de presuncion de veracidad consagrados en el Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que, a efecto de adecuar la politica de transparencia institucional a lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, OSINERGMIN, para la aprobacion del "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de los Titulares de Actividades de Gas Natural para Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular - (PDJ)", se requiere pre publicar la citada MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion del Proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprueba el "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de los Titulares de Actividades de Gas Natural para Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular - (PDJ)". Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas, por escrito, en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o, via correo electronico, a consultasdsmn@ osinerg.gob.pe, hasta quince (15) dias habiles contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

El Memorandum N° -2008-ALGN-GFGN de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural, por el cual se somete a consideracion del Consejo Directivo el proyecto de resolucion que aprueba el "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de los Titulares de Actividades de Gas Natural para Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular - (PDJ)". CONSIDERANDO:

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº
MORDAZA,

Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, normas referidas a obligaciones o actividades supervisadas; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, los Reglamentos de la Ley Organica de Hidrocarburos contienen disposiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente que se encuentran dentro del ambito de competencia de OSINERGMIN; Que, conforme lo establecido en la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, la Ley de Creacion de OSINERGMIN, Ley Nº 26734 y el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PM, la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN supervisa y fiscaliza los aspectos tecnicos, de seguridad y de medio ambiente de de los titulares de actividades de Gas Natural para ductos mayores de 20 (veinte) Bar y gasocentros de Gas Natural Vehicular (GNV); Que, para el ejercicio de las funciones senaladas en el considerando precedente, y con la finalidad de promover el cumplimiento de las obligaciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente por parte de los titulares de actividades de Gas Natural para ductos mayores de 20 (veinte) Bar y gasocentros de Gas Natural Vehicular (GNV), es necesario que se provea al Organismo Regulador de informacion necesaria; Que, en este orden de ideas, se ha considerado necesario aprobar el "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las condiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente de los Titulares de Actividades de Gas Natural para Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular ­ PDJ", el mismo que se sustenta en los principios de conducta procedimental y de presuncion de veracidad consagrados en el Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que, a efecto de adecuar la politica de transparencia institucional a lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, OSINERGMIN prepublico el xx de xxxxx de 2008, en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprueba el "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de los Titulares de Actividades de Gas Natural para Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular - (PDJ)", el mismo que ha sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3° del Reglamento de la Ley N° 29091, las Entidades se encuentran obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos tecnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el MORDAZA de la Entidad o relacionados con la aplicacion de sanciones administrativas; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM;

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