Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

382021

CONSIDERANDO:

Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que el numeral 41.3 del articulo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 025-2003-PRODUCE, establece que en caso de transferencia, la falta de pago parcial o total de los derechos por explotacion de los recursos pesqueros, sera de responsabilidad solidaria del actual propietario de la embarcacion y/o titular del permiso de pesca; Que por Resolucion Directoral Nº 132-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 20 de diciembre del 2002, se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZETA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MILAGROS DE CHALPON I" de matricula Nº CO-21017-CM, de arqueo neto 24.00 y de 100m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando MORDAZA con hielo como medio de preservacion y redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ (13mm) y 1½ pulgadas ( 38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco ( 5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece - entre otros - que la transferencia del permiso de pesca de las embarcaciones de MORDAZA con permiso de pesca al MORDAZA de la Ley Nº 26920, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que por Resolucion Directoral Nº 083-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de febrero de 2008, se dispone caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, consignandose en el Anexo que forma parte de la citada resolucion y en el Regimen de la Ley Nº 26920, la embarcacion "MILAGROS DE CHALPON I" con matricula Nº CO - 21017-CM; Que mediante los escritos del visto, la empresa MORDAZA GROUP E.I.R.L. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 132-2002-CTAR MORDAZA /DIREPE-DR de fecha 20 de diciembre del 2002, para operar la embarcacion pesquera "MILAGROS DE CHALPON I" de matricula Nº CO-21017CM, acreditando la propiedad de la citada embarcacion pesquera con el Certificado Compendioso de Dominio, emitido por el Registrador Publico de la MORDAZA Registral IX-Lima; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la empresa peticionaria ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 06 del Texto unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, deviniendo en procedente en el extremo de la solicitud referido a la extraccion de los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, e improcedente

en el extremo de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo considerando lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 083-2008PRODUCE/DGEPP. Asimismo, se encuentra en via administrativa el recurso administrativo de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 3972008-PRODUCE/DGEPP que versa sobre los pagos de derecho de pesca correspondiente al ejercicio del 2005; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante los Informes N° 346-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y Nº 195-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el articulo 34º y numeral 41.3 del articulo 41º del Reglamento de la Ley General de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y modificado por los Decretos Supremos Nº 025-2003-PRODUCE y Nº 015-2007-PRODUCE, el Decreto Supremo N° 0042007-PRODUCE, el procedimiento administrativo N° 06 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005PRODUCE y modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE , la Resolucion Directoral Nº 083-2008-PRODUCE/DGEPP y la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1° .- Aprobar a favor de la empresa MORDAZA GROUP E.I.R.L. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 132-2002CTAR PIURA/DIREPE - DR, para operar la embarcacion pesquera "MILAGROS DE CHALPON I" de matricula Nº CO-21017-CM de 100.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- El actual titular del permiso de pesca citado en el articulo 1º de la presente Resolucion, sera responsable solidario con el titular anterior, respecto a los derechos de pesca pendientes de pago correspondientes a la embarcacion pesquera "MILAGROS DE CHALPON I" de matricula Nº CO21017-CM, de conformidad a lo establecido en el numeral 41.3 del articulo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3°.- Declarar improcedente el extremo de la solicitud referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo 4°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 5° .- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado por Resolucion Directoral Nº 132-2002-CTAR MORDAZA /DIREPE-DR a los armadores MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZETA , para operar la embarcacion pesquera "MILAGROS DE CHALPON I", de matricula Nº CO-21017-CM. Articulo 6º.- Incorporar a la empresa MORDAZA GROUP E.I.R.L como titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MILAGROS DE CHALPON I" de matricula Nº CO-21017-CM, asi como la presente resolucion en el literal A), del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a los armadores MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZETA y la Resolucion Directoral Nº 132-2002-CTAR MORDAZA / DIREPE-DR, del indicado anexo con respecto a la citada embarcacion. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.