Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Sala Penal Nacional, Centro de Investigaciones Judiciales, Oficina de Inspectoria General, Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial y la Gerencia General, remitiran al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial hasta el 15 de enero proximo, como plazo MORDAZA, el rol de vacaciones de magistrados y personal a su cargo. Articulo Decimo.- A partir de la vigencia de la presente resolucion, los organos jurisdiccionales adoptaran las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional, bajo responsabilidad funcional; motivo por el cual las audiencias, informes orales y otras diligencias judiciales fijadas para el mes de vacaciones se reprogramaran de oficio, preferentemente, para el mes de marzo del proximo ano. Las MORDAZA Superiores Penales y Mixtas, que se encuentren con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas MORDAZA de ingresar al periodo vacacional, deberan hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo responsabilidad disciplinaria. Articulo Undecimo.- Disponer que los Presidentes de los Distritos Judiciales de Huaura, La MORDAZA, Tacna y MORDAZA donde se encuentra vigente el Codigo Procesal Penal, asi como los Presidentes de los Distritos Judiciales de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, adopten las acciones que resulten convenientes para que el MORDAZA de implementacion no se vea afectado, teniendo en cuenta la MORDAZA modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal aprobada mediante Decreto Supremo N° 005-2007-JUS, publicada en el Diario El Peruano con fecha 5 de MORDAZA de 2007. Articulo Duodecimo.- Los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adecuaran sus vacaciones a las necesidades del servicio. Articulo Decimo Tercero.- Los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia programaran sus vacaciones entre los meses de marzo a diciembre del proximo ano. Articulo Decimo Cuarto.Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las MORDAZA Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Centro de Investigaciones Judiciales, Oficina de Inspectoria General, Procuraduria Publica del Poder Judicial, y la Gerencia General, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Memorandum Nº 2717-2008-SL-GAF-GG-PJ de fecha 26 de agosto del 2008; y, CONSIDERANDO:

268761-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra empresa concesionaria para la desocupacion del espacio que ocupa en el Palacio Nacional de Justicia y la recuperacion de suma de dinero adeudada
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 1096-2008-GG-PJ
MORDAZA, 15 de octubre de 2008

Que, el Poder Judicial dentro de su politica de modernizacion y a fin de conceder facilidades a los senores abogados y litigantes que concurren a sus instalaciones, con fecha 30 de enero del 2001 MORDAZA con la empresa: Servicios de Fotocopias MORDAZA debidamente representada por la senora MORDAZA Luz MORDAZA Pomaylle, el Contrato de Concesion de Servicios Nº 016-2001-GG-PJ, contrato que tendria vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2001, mediante el cual la Concesionaria podia instalar 02 maquinas fotocopiadoras en el primer piso del Palacio Nacional de Justicia, bajo ciertas condiciones que expresamente se senalaban en las clausulas correspondientes; Que, en la Clausula MORDAZA del referido Contrato se senalaba que la Concesionaria cancelaria mensualmente al Poder Judicial, una comision en efectivo correspondiente al 40% del ingreso MORDAZA obtenido durante el mes; Que, posteriormente con fecha 28 de Febrero del 2003, se MORDAZA un MORDAZA Contrato de Concesion signado con el Nº 036 - 2003- GG-PJ, en el que se fijaba como comision a favor del Poder Judicial, la suma de S/. 400.00 nuevos soles mensuales, Contrato que tendria vigencia del 01 de Marzo al 31 de Diciembre del 2003; Que, sin embargo la Concesionaria alegando motivos ajenos a lo pactado en el Contrato, siempre ha incumplido con abonar lo que mensualmente le correspondia o lo hacia con sumas inferiores a lo contratado, es por ello y al encontrarse vencido con exceso el Contrato de Concesion, mediante Carta Nº 01-2008-SRJ-GSJR-GGPJ de fecha 11 de Junio del 2008, cursada por la Sub Gerencia de Recaudacion se la requiere a fin de que desocupe los ambientes y que cumpla con abonar la suma de S/.16,446.00 nuevos soles, producto de la liquidacion de los meses impagos hasta el mes de Junio, que por concepto de comision deberia abonar a favor del Poder Judicial, carta en la que se adjunta un cuadro en el que se advierten las cantidades que arbitrariamente venia abonado y los meses impagos, advirtiendose inclusive, que en el ano 2007 no hizo ningun pago; Que, posteriormente al no tener respuesta positiva por parte de la Concesionaria mediante Carta Nº 582-2008SL-GAF-GG-PJ de fecha 06 de Agosto del 2008, remitida por conducto notarial, se requiere a la Concesionaria del Servicio de Fotocopiado MORDAZA representada por la senora MORDAZA Luz MORDAZA Pomaylle, a fin de que en el mas breve palazo, cumpla con abonar la suma de S/. 16,446.00 nuevos soles por concepto de comisiones impagas al mes de Junio del ano en curso, teniendo en consideracion el tiempo transcurrido y la falta de cumplimiento de pago de la comision respectiva y se otorga el plazo de 10 dias a fin de que proceda a desocupar el ambiente que viene utilizando, por haberse vencido con exceso el contrato y estar adeudando por los meses impagos, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales correspondientes; Que, el Contrato de Concesion se encuentra vencido desde el mes de Diciembre del 2003, asi como la Concesionaria ha incumplido el contrato al no abonar puntualmente el monto que por concepto de comision le correspondia al Poder Judicial, suma que al mes de Junio del presente ano, ascendia a la suma de S/. 16,446.00 nuevos soles mas los meses que se encuentran vencidos a partir de esa fecha, correspondiendo autorizar a la Procuraduria Publica de Poder Judicial, el inicio de las acciones legales respectivas contra la Concesionaria Servicios de Fotocopias MORDAZA representada por la senora MORDAZA Luz MORDAZA Pomaylle, tendientes a conseguir la desocupacion del espacio que ocupa en el Palacio Nacional de Justicia y el recupero de la suma adeudada hasta la fecha; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 137- 2008-P-PJ de fecha 1º de MORDAZA del 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que

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