Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2009 (27/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de agosto de 2009

de crecimiento poblacional del sistema MORDAZA Norte, bajo el argumento senalado por EDELNOR de que OSINERGMIN considero 13 meses para el calculo de la tasa de crecimiento anual de clientes, por las razones senaladas en el numeral 3.1.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Declarar infundado el extremo del petitorio del recurso de reconsideracion interpuesto por EDELNOR, contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 107-2009-OS/CD, en lo referido al calculo de la tasa anual de crecimiento poblacional del sistema MORDAZA Norte, bajo el argumento senalado por EDELNOR de que OSINERGMIN considero una cantidad menor de clientes para diciembre de 2007, por las razones senaladas en el numeral 3.1.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. OSINERGMIN utilizo, para el calculo del factor de balance de potencia coincidente en horas de punta (FBP) del periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009, los clientes de enero a diciembre de 2007 propuestos por EDELNOR en su debida oportunidad. Articulo 4º.- Modifiquese el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT del sistema de distribucion electrica MORDAZA Norte perteneciente a la empresa EDELNOR para el periodo 1 de MORDAZA de 2009 al 31 de octubre de 2009, aprobado en el Articulo 1º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 107-2009-OS/CD, de la siguiente forma:
Empresa Edelnor Sistema MORDAZA Norte FBP MT FBP BT FBP 0,9697 0,9953

Segundo: En tal sentido, este Organo de Gobierno del Poder Judicial recibe solicitudes de creacion de organos jurisdiccionales de diversas instituciones publicas y/o privadas, canalizadas a traves de las Cortes Superiores o formuladas por las propias sedes judiciales, las cuales deben contar con el respaldado tecnico y presupuestal correspondiente, a efectos que MORDAZA materia de evaluacion y, de ser el caso, aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Tercero: Por ello, en aras de una adecuada toma de decisiones resulta necesario establecer un procedimiento uniforme y ordenado para la formulacion o MORDAZA de solicitudes de creacion de organos jurisdiccionales en las Cortes Superiores de Justicia del pais; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el siguiente procedimiento para el tramite de solicitudes de creacion de organos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales del pais: Solicitudes recibidas por las Cortes Superiores.1.- Toda solicitud de creacion de organos jurisdiccionales recibida por las Cortes Superiores de Justicia debera ser remitida, bajo responsabilidad, a la Presidencia de la respectiva Corte Superior para su evaluacion. 2.- La Presidencia de la Corte Superior evaluara tecnicamente la solicitud, teniendo en cuenta factores geograficos, demograficos, acceso a la justicia, infraestructura, presupuesto, entre otros, que MORDAZA relevantes para determinar la viabilidad o no de la solicitud. 3.- Luego de la evaluacion tecnica correspondiente, si existe opinion favorable, la Presidencia de la Corte Superior debera incorporar la solicitud en el presupuesto de la respectiva Corte Superior. En caso contrario, sera devuelta a los solicitantes, senalando las razones por las que no resulta viable. 4.- En caso que el presupuesto institucional del Poder Judicial MORDAZA sido aprobado, al momento de recibirse la solicitud, la Presidencia de la Corte Superior la incluira en el presupuesto del ano siguiente, siempre que exista opinion favorable. 5.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el articulo 82º, inciso 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, evalua y decide finalmente la procedencia o no de las solicitudes que cuenten con opinion favorable de las Cortes Superiores, siempre y cuando estas hayan cumplido estrictamente con el procedimiento establecido. 6.- Las solicitudes que no cumplan estrictamente con lo establecido, seran desestimadas de plano y devueltas por el Organo de Gobierno del Poder Judicial. Solicitudes Superiores.formuladas por las Cortes

Articulo 5º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con los informes Nº 358-2009-GART y Nº 353-2009GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg. gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 389055-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Establecen procedimiento para el tramite de solicitudes de creacion de organos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 118-2009-CE-PJ MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Primero: Que, conforme lo establece el articulo 82º, inciso 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear y suprimir Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia, asi como crear MORDAZA Superiores Descentralizadas en ciudades diferentes de las sedes de los Distritos Judiciales, de acuerdo con las necesidades del servicio;

1.- Las solicitudes formuladas por las Cortes Superiores, para ser evaluadas por el Organo de Gobierno del Poder Judicial deberan contar con el sustento tecnico y presupuestal correspondiente e incorporarse en el presupuesto de la respectiva Corte Superior, en caso contrario seran desestimadas de plano y devueltas. 2.- Las solicitudes debidamente sustentadas seran incluidas en el presupuesto de la Corte Superior del ano siguiente, si el presupuesto institucional del Poder Judicial ya fue aprobado al momento de formularse la solicitud. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico y a la Gerencia General

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