Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2009 (27/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de agosto de 2009

Articulo 3º.- De los bienes objeto de expropiacion La ubicacion y medidas perimetricas de los terrenos materia de expropiacion a que se refiere el articulo 2º se detallan en el expediente tecnico de expropiacion. Articulo 4º.- De la justificacion de la expropiacion Las familias damnificadas son reubicadas en los terrenos a que se refiere la presente Ley, siempre que se encuentren comprendidas en el padron elaborado por la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de Ica. El Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (Cofopri) ejecuta las acciones de saneamiento fisico legal del terreno y titulacion de los lotes de vivienda. El padron elaborado por la Municipalidad Provincial de MORDAZA debe ser publicado en su pagina web, en el local municipal y en la Plaza de MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA, con una anticipacion no menor a treinta (30) dias calendario al inicio de la ejecucion de la expropiacion autorizada por la presente Ley. Dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion del padron, cualquier interesado puede formular el reclamo correspondiente presentando los documentos que acrediten su reclamo. No son beneficiarias de la presente Ley las personas que al momento de la ocurrencia de los sismos del 15 de agosto de 2007 no residian en la MORDAZA de MORDAZA o tenian la condicion de propietarios de inmuebles. El terreno revierte al sujeto activo en caso de que el damnificado beneficiado con la expropiacion no lo ocupe personalmente durante los cinco (5) primeros anos computados a partir de su adjudicacion. Articulo 5º.- Del sujeto activo de la expropiacion La Municipalidad Provincial de MORDAZA del departamento de Ica es el sujeto activo de la expropiacion, facultandosele para que continue los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion de conformidad con la Ley num. 29260, Ley que Declara de Necesidad Publica y Preferente Interes Nacional las Acciones a Favor de las Zonas Declaradas en Emergencia a Consecuencia de los Sismos del 15 de Agosto de 2007; y la Ley num. 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 6º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establece teniendo como base la tasacion es determinado mediante trato directo, procedimiento judicial o arbitral correspondiente, conforme a lo dispuesto por la Ley num. 29260, Ley que Declara de Necesidad Publica y Preferente Interes Nacional las Acciones a Favor de las Zonas Declaradas en Emergencia a Consecuencia de los Sismos del 15 de Agosto de 2007. Debe ser abonado con dinero en efectivo y en moneda nacional, facultandose al Ministerio de Economia y Finanzas para tomar las medidas pertinentes para su cumplimiento. La Municipalidad Provincial de MORDAZA remite en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario, contado a partir de la fecha de su aprobacion, la tasacion correspondiente a los bienes materia de expropiacion a la Comision de Vivienda y Construccion del Congreso de la Republica. Con posterioridad a ello, dicha tasacion asi como la indemnizacion justipreciada debe ser publicada en la pagina web de la citada municipalidad. La indemnizacion justipreciada debe ser calculada tomando en consideracion el valor comercial actualizado del bien materia de expropiacion. Articulo 7º.- De la vigencia La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de agosto de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 389502-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 214-2009-PCM MORDAZA, 26 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viajara los dias 27 y 28 de agosto de presente ano, a la MORDAZA de San MORDAZA de Bariloche, provincia de Rio Negro, Republica MORDAZA, en atencion a la invitacion cursada por la senora Presidenta de la Nacion MORDAZA, Dra. MORDAZA MORDAZA de Kirchner, a fin de participar en la Reunion Extraordinaria del Consejo de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno de la Union Sudamericana de Naciones (UNASUR), en cuyo MORDAZA se abordaran importantes y diversos temas vinculados especialmente a la seguridad y la defensa en la region; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica; De conformidad con el Articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, a partir del dia 27 de agosto del 2009 y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 389502-6

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