Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2009 (27/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

401588

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de agosto de 2009

Los efectivos MORDAZA nombrados solamente permitiran el retiro de las actas escrutadas y demas material electoral por personal de la ODPE correspondiente. Articulo 11.- Resguardo durante el despliegue y el repliegue del material electoral Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru deberan disponer de los efectivos armados y los medios de transporte necesarios para resguardar el despliegue del material electoral, desde la MORDAZA de MORDAZA hacia las ODPE y desde estas hacia los locales de votacion a nivel nacional, asi como el repliegue del mencionado material. En los lugares donde no exista personal policial, esta funcion recaera exclusivamente en las Fuerzas Armadas, previa coordinacion entre ambos comandos. Articulo 12.- Garantias a la MORDAZA de los electores, miembros de mesa, personeros y observadores El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, a traves de medidas de seguridad y orden interno, garantizan la MORDAZA de los ciudadanos para ejercer su derecho a votar libremente, asi como la MORDAZA con que los miembros de mesa, personeros y observadores ejercen su funcion sin coaccion alguna. Los miembros de mesa (titulares o suplentes) y personeros no podran ser apresados por ninguna autoridad, desde veinticuatro (24) horas MORDAZA hasta veinticuatro (24) horas despues de las elecciones, salvo caso de flagrante delito. Asimismo, ninguna autoridad podra detener el dia de las elecciones, ni veinticuatro (24) horas MORDAZA a los ciudadanos capacitados para votar, salvo caso de flagrante delito. Articulo 13.- Medidas de seguridad para el personal de los organismos electorales Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, deben coordinar permanentemente con la Secretaria General de la ONPE, las medidas de seguridad y proteccion que se otorgaran a los funcionarios de la ONPE, del JNE y del RENIEC, cuando corresponda, a traves de los oficiales designados para tal proposito. Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, deben coordinar con los Jefes de las ODPE las medidas de seguridad y proteccion que se otorgara al personal de las ODPE y de los Jurados Electorales Especiales, cuando corresponda. Articulo 14.- Medidas de seguridad para candidatos y autoridades sometidas a revocatoria El personal de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, a cargo de la custodia de los locales de votacion, en coordinacion con los Jefes de las ODPE, adoptaran las medidas necesarias para facilitar el ejercicio libre del MORDAZA de los candidatos a autoridades municipales, asi como de las autoridades municipales sujetas a consulta popular de revocatoria del mandato, brindando las garantias para su seguridad personal. 388471-1

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el HSBC Bank Peru para que se le autorice la rectificacion de la direccion de su agencia ubicada segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 4057-2008 de fecha 1 de agosto de 2008, esta Superintendencia autorizo al HSBC Bank Peru la apertura de la agencia ubicada en MORDAZA La MORDAZA Nº 101-111, distrito de Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, tal como lo indico la entidad en su oportunidad; Que, el citado Banco solicito se rectifique la Resolucion Nº 4057-2008, en el extremo referido a la numeracion de la citada agencia; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 1096-2005 y Resolucion SBS Nº 2361-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al HSBC Bank Peru la rectificacion de la direccion de la agencia ubicada en MORDAZA La MORDAZA Nº 101-111, distrito de Cercado, provincia y departamento de MORDAZA por MORDAZA La MORDAZA Nº 101103, distrito de Cercado, provincia y departamento de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 389046-1

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA (Caja Metropolitana) el cierre de agencia ubicada en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 10794-2009 MORDAZA, 17 de agosto de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al HSBC Bank Peru la rectificacion de direccion de agencia ubicada en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 10524-2009 MORDAZA, 12 de agosto de 2009

La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA (Caja Metropolitana) para que se le autorice el cierre de una (1) Agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente para el cierre de la Agencia solicitada; Que, mediante Resolucion SBS Nº 452-2008 de fecha 25.02.2008, se autorizo a la MORDAZA la apertura de una Agencia ubicada en la Av. Colonial Nº 2344-2398, distrito, provincia y departamento de Lima; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B" mediante el Informe Nº 251-2009-DSM "B"; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.