Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2009 (17/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de enero de 2009

Jefe, quien es la MORDAZA autoridad ejecutiva de esa entidad; Que, en consecuencia, es conveniente proceder a la designacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG, y el Decreto Supremo Nº 039-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

Que, al MORDAZA de las normas MORDAZA referidas, resulta necesario delegar determinadas facultades y atribuciones en la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, con eficacia anticipada al 05 de enero de 2009, en virtud a lo dispuesto en el articulo 17º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los articulos 17º y 72° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG y las normas de contrataciones y adquisiciones vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar, con eficacia anticipada al 05 de enero de 2009, en la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, durante el Ejercicio Fiscal 2009, y respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administracion Central, las facultades y atribuciones que indicamos a continuacion: a) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC). b) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la Entidad contenidas en la Ley N° 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y demas normas complementarias vinculadas a la materia. c) Aprobar los expedientes de contratacion a que hace referencia las normas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyos expedientes seran aprobados por el funcionario a cargo de la Unidad de Logistica. d) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicaciones Directas, de Concurso Publico y de Licitacion Publica, a excepcion de los procesos de adjudicacion, cuyas bases seran aprobados por el funcionario a cargo de la Unidad de Logistica. e) La aprobacion y suscripcion de prestaciones adicionales o reducciones, asi como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la Entidad, las que deberan regirse por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado y su reglamento. f) Aprobar la resolucion de los contratos por causales reguladas en la normatividad vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. g) Aprobar o autorizar la asignacion de recursos suficientes para el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas economicas que superen el valor referencial, hasta el limite de diez por ciento (10%). h) Comunicar al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado los hechos producidos por los proveedores, participantes, postores, contratistas y expertos independientes que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones. i) Suscribir convenios interinstitucionales con otras Entidades del Sector Publico que involucren las funciones de la Oficina de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2009; y, j) Suscribir convenios para el manejo de fondos en la modalidad de "Encargos" de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura Administracion Central, informando trimestralmente al Ministro de Agricultura de los convenios suscritos. El funcionario a cargo de la Oficina de Administracion esta obligado a dar cuenta periodicamente a la Secretaria General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 2°.- La delegacion de facultades prescrita en el articulo 1º de la presente MORDAZA, se mantendra aun con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF. Articulo 3°.- La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligacion

302220-7

Delegan diversas facultades atribuciones en la Oficina Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0025-2009-AG
MORDAZA, 12 de enero de 2009 CONSIDERANDO:

y de

Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura - MINAG, la misma que determino la competencia, atribuciones, estructura y funciones del MINAG, aprobandose su Reglamento de Organizacion y Funciones a traves del Decreto Supremo N° 031-2008AG; Que, el articulo 35° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG, la Oficina de Administracion es la encargada de administrar los recursos materiales y humanos, y conducir la ejecucion presupuestaria, con el fin de apoyar el cumplimiento de los objetivos y metas de los sistemas que operan en la administracion central del Ministerio de Agricultura, contribuyendo al mejoramiento continuo de la calidad del servicio que se brinda al usuario, mediante una gestion moderna y altamente competitiva; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion en materia de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que permitan al Ministerio de Agricultura cumplir con las funciones y competencia senaladas en el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, asi como cumplir con la programacion de las metas institucionales para el presente ejercicio 2009, es necesario delegar en la Oficina de Administracion y la Unidad de Logistica del Ministerio de Agricultura los distintos niveles de decision y autoridad asignadas al Titular de la Entidad en las normas vigentes que regulan las contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, tanto el ultimo parrafo del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0842004-PCM, vigente a la fecha; como en el articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017 aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que entrara proximamente en vigencia establecen que el Titular de la Entidad puede designar a los funcionarios y dependencias de la Entidad encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, delegandose los distintos niveles de decision y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asuntos que, por indicacion expresa de la MORDAZA, MORDAZA indelegables;

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