Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2009 (18/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

388910

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2009

de noviembre ascendente a 6.27%, para el ejercicio fiscal 2009, respecto a las tasas aprobadas para el 2008, los importes de Tasas de Arbitrios Municipales resultantes para el Sector MORDAZA Habitacion se traducen en incrementos del orden de 101.85% y 97.17%. Que, en merito a los considerandos expuestos en los parrafos precedentes, la Municipalidad Distrital de Ate, considera pertinente flexibilizar los montos de los importes de las tasas de Arbitrios Municipales para el ano 2009, para el uso MORDAZA Habitacion, teniendo como referencia (base) los importes pagados en el ejercicio fiscal 2008, siendo necesario la expedicion de la presente norma; asi mismo, las diferencias de costos dejados de pagar por estos contribuyentes, como resultado de la aplicacion de la misma, seran asumidos por la Municipalidad Distrital de Ate, sin descuidar la prestacion de los mismos. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE FIJA INCREMENTO MORDAZA PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2009 PARA EL SECTOR MORDAZA HABITACION Articulo 1º.- ESTABLEZCASE para los predios con uso MORDAZA Habitacion un incremento MORDAZA de 6.27%, respecto del ejercicio fiscal 2008, para las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo. Articulo 2º.- El subsidio generado por la aplicacion del beneficio otorgado en el Articulo Primero de la presente Ordenanza, sera asumido por esta Corporacion Municipal. Articulo 3º.- AUTORICESE a la Oficina General de Planificacion a efectuar las modificaciones presupuestales concernientes a los alcances de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 301919-1

Establecen derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, tasa de Arbitrios Municipales y recibos de pago y las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio fiscal 2009
ORDENANZA N° 208-MDA Ate, 14 de enero del 2009 POR CUANTO: EL Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Enero del 2009, visto el Dictamen N° 002-2009-MDA/CAT de la Comision de Administracion Tributaria; y,

Que, la cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1° de enero de cada Ejercicio. Que, mediante Ordenanza N° 094-MDA, de fecha 26 de octubre del 2005, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 442 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 27 de diciembre del 2005 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 30 de diciembre del 2005, se establecieron los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la Declaracion Jurada, respecto al Impuesto Predial y la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2006. Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el Ejercicio 2009. Que, para el Ejercicio Fiscal 2009, es pertinente extender la vigencia de la Ordenanza N° 094-MDA, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 442, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en tanto que los costos establecidos en dicho dispositivo, no han sufrido variacion alguna. Que, asimismo, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de la jurisdiccion del Distrito de Ate, para el Ejercicio 2009. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 15º del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, el pago del Impuesto Predial, podra efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre. Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 164-MDA, de fecha 19 de octubre del 2007 y publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de diciembre del 2007, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 536 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 27 de diciembre del 2007 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 30 de diciembre del 2007, los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, regulados en la citada ordenanza son de periodicidad y determinacion mensual; sin embargo, su recaudacion se efectuara trimestralmente, materializandose el vencimiento el ultimo dia habil de los meses que a traves de ordenanza lo establezca la Municipalidad Distrital de Ate. Que, mediante Ordenanza Nº 204-MDA, se ha prorrogado la vigencia de la Ordenanza Nº 164-MDA, para el Ejercicio Fiscal 2009. Que, el ultimo parrafo del Articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus modificatorias, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la sesion de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.