Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2009 (18/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE,

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inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA, y Asuntos Legales del Consejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del articulo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los articulos 59° y 65° del referido precepto legal establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad, a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social, y fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001°, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, su plazo no podra exceder de treinta (30) anos. Que, mediante Dictamen Nº 001-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda: aprobar el Acuerdo de Concejo de Desafectacion Parcial de Uso de Suelo para fines de vivienda del lote Nº 1 de la Manzana "R", destinado a Area Deportiva, que se encuentra inscrita en los Registros Publicos de MORDAZA, con codigo de predio PO2187067 con un area a desafectar de 1,173.53 m²; la MORDAZA 1 area a desafectar de 58.49 m², Pasaje 20 area a desafectar de 46.03 m², y Pasaje 21 area a desafectar de 152.69 m², siendo el total de area a desafectar de 1,430.74 m² del Asentamiento Humano Los Progresistas de Ate, ubicado en el Distrito de Ate. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas. SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 001-2009MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre la Desafectacion Parcial de Uso de Suelo para fines de vivienda del lote Nº 1, de la Manzana "R", destinado a Area Deportiva, el cual se encuentra inscrito en los Registros Publicos de MORDAZA, con codigo de predio PO2187067, siendo el area a desafectar de 1,173.53 m², asimismo la MORDAZA 1 area a desafectar de 58.49 m², Pasaje 20 area a desafectar de 46.03 m², y Pasaje 21 area a desafectar de 152.69 m², siendo el total de area a desafectar de 1,430.74 m² del Asentamiento Humano Los Progresistas de Ate, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Articulo 2º.- DISPONGASE la Trascripcion y Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, y poner en conocimiento el presente Acuerdo a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro para los fines convenientes. Articulo 3º.- DISPONGASE a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del tramite de desafectacion conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 786-MML y Ordenanza Nº 296-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 301926-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 Ate, 14 de enero del 2009

VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero del 2009, el Dictamen Nº 002-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, que recomienda desaprobar la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del terreno de 468.00 m², que corresponde al area de MORDAZA, MORDAZA 1, Pasaje 2, y Losa Deportiva ubicada en la UCV 197, MORDAZA "Q" Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194° de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante Oficio Nº 2019-2008-MML-GDU-SPHU, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita dentro del MORDAZA de la Ordenanza Nº 296-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso de Suelo de terrenos calificados como parques para ser destinados al uso de viviendas, ubicados en el Asentamiento Humano Huaycan MORDAZA "Q", UCV 197, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, el Asentamiento Humano Huaycan MORDAZA "Q" UCV 197, cuenta con el Saneamiento Fisico Legal aprobado por Resolucion Nº 2710-94-MLM-AMSMDU, de fecha 11 de Noviembre de 1994, inscrito en los Registros Publicos con codigo de predio Nº PO2035410. Que, mediante Informe Nº 042-JCCR-2008, el Tecnico Asistente Sr. MORDAZA Christiam MORDAZA MORDAZA informa a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro que es de la opinion que es improcedente la desafectacion solicitada por cuanto dichas areas tienen la condicion de inalienables, imprescriptibles, y ademas dicha area se encuentra incluida como parte del Planeamiento Integral Aprobado mediante Ordenanza Nº 193/MDA, de fecha 22 de agosto de 2008, manteniendose tal como fue disenada, asimismo la MORDAZA 1 tiene una seccion mayor de 7.00 ml. ademas de ser una via de caracter local que continua desde las UCV 196-197-198-200 y 200B, no pudiendo reducirse a 3.00 ml, en el tramo de esta UCV segun propuesta de Desafectacion. Que, mediante Informe Nº 1150-2008-MDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de desafectacion presentada por la organizacion recurrente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancias de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y el citado Informe legal, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 196/MML, modificada por Ordenanza Nº 786/MML. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML, Ordenanza que modifica el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296MML. Y el articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML; establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA, y Asuntos

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