Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2009 (06/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

398653

DECRETO DE URGENCIA Nº 073-2009 MODIFICAN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 026-2009
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27803 dispuso la implementacion de las recomendaciones efectuadas por las Comisiones creadas por las Leyes N°s. 27452 y 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos en las Empresas del Estado sujetas a procesos de promocion de la inversion privada y en las entidades del Sector Publico en la decada pasada; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 026-2009 se da por culminada la accion estatal en la ejecucion de los beneficios otorgados por Ley N° 27803, estimando las contingencias presupuestales que su implementacion representaba, asi como estableciendo los mecanismos necesarios para su cumplimiento; Que, la Comision Ejecutiva ha culminado las funciones establecidas por la Ley N° 29059, por lo que a fin de viabilizar el derecho de los beneficiarios, asi como los de las tres primeras listas pendientes del pago de la compensacion economica, es conveniente efectuar modificaciones al Decreto de Urgencia N° 026-2009; Que, en consecuencia, resulta necesario y urgente dictar una medida extraordinaria en materia economica y financiera que permita al Estado cumplir de manera adecuada y oportuna con los beneficios derivados de la Ley Nº 27803, sus normas complementarias y modificatorias; En uso de la facultad conferida por el inciso 19) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 7° y la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 026-2009 Modifiquese el articulo 7° y el MORDAZA parrafo de la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 026-2009, conforme a lo siguiente: "Articulo 7º.- De la oportunidad del pago de la compensacion economica El pago de la compensacion economica a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 025-2008 y el presente Decreto de Urgencia, se efectuara a traves del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en un plazo MORDAZA que no excedera de la MORDAZA semana del mes de diciembre de 2009." "Segunda.- (...) Otorguese un plazo de hasta el 10 de MORDAZA de 2009, para que mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promocion de Empleo, se publique el listado de ex trabajadores elaborado por dicha Comision Ejecutiva." Articulo 2º.- Cierre del Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente El cierre del Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente se produce con la publicacion de la lista de ex trabajadores a ser inscritos y la MORDAZA del Informe Final que ha sido aprobado por la Comision Ejecutiva, en aplicacion del Decreto de Urgencia N° 0262009 y la Ley N° 29059, respectivamente. El mencionado Informe Final contiene el listado de los ex trabajadores a ser inscritos, asi como los que no son objeto de inscripcion. El MORDAZA de implementacion y ejecucion de los beneficios creados por la Ley N° 27803, sus normas modificatorias y complementarias, se MORDAZA por concluido

con un informe que sera emitido por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, cuyo plazo MORDAZA sera el ultimo dia habil del Ano Fiscal 2009 y se publicara en el MORDAZA institucional de este Ministerio. Articulo 3º.- Derogatoria Deroguese el articulo 8º del Decreto de Urgencia N° 026-2009 y las demas normas que se opongan a lo establecido en el presente Decreto de Urgencia. Articulo 4°.- Disposiciones complementarias El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo expedira, de ser necesario, las disposiciones complementarias para la aplicacion de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia. Articulo 5°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 368579-2

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de MORDAZA de Jamaica de origen y procedencia Mexico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 36-2009-AG-SENSA-DSV La MORDAZA, 30 de junio de 2009 VISTO: El ARP Nº 38-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 08 de MORDAZA de 2009, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de semillas de MORDAZA de Jamaica (Hibiscus sabdariffa) de origen y procedencia Mexico; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la OMC;

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