Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2009 (15/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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comerciales, Instituciones publicas y privadas deberan estar en buen estado de conservacion. Articulo Tercero.- Encargar la difusion de la presente MORDAZA, a la Oficina de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 371983-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban limites maximos de velocidad en vias del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000007 Callao, 7 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala en sus articulos 194º y 195º que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala en su articulo 81º numerales 81.1.1 y 81.1.3 que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel provincial y normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, asimismo la Ley Organica acotada, senala en su articulo 20º inciso 1, que es atribucion del MORDAZA, defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, en su articulo 17º senala que las municipalidades provinciales tienen competencia normativa, de gestion y fiscalizacion en materia de transporte y MORDAZA dentro de su jurisdiccion; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA de 2009, se modifican diversos articulos del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, aprobandose ademas el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA ­ el mismo que entrara en vigencia el 21 de MORDAZA de 2009; Que, asimismo, el articulo 6º numeral 6.1 del Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, senala que las Municipalidades Provinciales deberan adecuar sus disposiciones pertinentes de acuerdo a lo dispuesto en dicho Reglamento; Que, la Gerencia General de Transporte MORDAZA mediante Informe Nº 099-2009-MPC-GGTU, senala que el MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de

MORDAZA, proximo a entrar en vigencia establece en su articulo 162º y siguientes los limites maximos de velocidad en las vias publicas, aplicables a los desplazamientos de vehiculos; Que, la Municipalidad Provincial del Callao, viene llevando a cabo la modernizacion de los sistemas electronicos de MORDAZA, a traves de la realizacion de estudios tecnicos e instalacion de equipamientos electronicos de monitoreo de flujo vehicular, fijando limites de velocidad diferente a los establecidos en el articulo 162º del MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de Transito; cuya observancia por parte de los conductores ha logrado disminuir o desaparecer en algunos casos, los accidentes de MORDAZA que en su oportunidad fueron materia de analisis por la Secretaria Tecnica del Consejo de Transporte de MORDAZA y Callao, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA, en su articulo 167º mantiene la atribucion de la autoridad competente de establecer en casos especificos otros limites de velocidad a los senalados por el articulo 162º, en razon a las condiciones y caracteristicas geometricas de las vias, condiciones metereologicas, volumenes y composicion del MORDAZA, asi como de la necesidad de proteger la seguridad vial en pasos a nivel, intersecciones, establecimientos educativos o deportivos y otros, para lo cual debe instalar la correspondiente senalizacion; Que, los limites maximos de velocidad establecidos por los Decretos de Alcaldia Nº 000006-2008, Decreto de Alcaldia Nº 000005-2008, Decreto de Alcaldia Nº 000037-2007, Decreto de Alcaldia Nº 000038-2007 y Decreto de Alcaldia Nº 000032-2007, se fundamentan en las consideraciones senaladas en el considerando precedente, razon por la cual deben continuar rigiendo con la finalidad de garantizar la seguridad de los usuarios de la via publica; Estando a las consideraciones expuestas, con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asuntos Juridicos y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR los limites maximos de velocidad en las siguientes vias y tramos de la via, conforme a lo siguiente: - Av. La MORDAZA en 60 km/h, con excepcion de la cuadra 11 que se fija en 45 km/h. - Av. Venezuela en 60 km/h, con excepcion de la cuadra 21 que se fija en 45 km/h. - Av. MORDAZA R. MORDAZA (ex. Av. Colonial) en 60 km/h, con excepcion de la cuadra 51 que se fija en 45 km/h. - Av. MORDAZA Faucett en 60 km/h, con excepcion del tramo comprendido por la via expresa que se fija en 80 km/h. - Av. MORDAZA Chalaca en 60 km/h. - Av. Canta Callao en 60 km/h. - Av. MORDAZA Valles en 60 km/h. - Av. Pacasmayo en 60 km/h. - Av. MORDAZA Duarez en 60 km/h, con excepcion del tramo comprendido entre la Av. Faucett y el limite provincial que se fija en 55 km/h. - Av. MORDAZA Gambetta en 55 km/h, con excepcion del tramo comprendido desde el Rio Chillon hasta la subida de la Pampilla que se fija en 80 km/h. - Av. Japon (ex Av. Bertello) en 55 km/h. - Av. Prolongacion Peru en 55 km/h. - Av. MORDAZA Pena en 35 km/h. Articulo Segundo.- Los limites maximos de velocidad correspondiente a las avenidas, calles y jirones no comprendidos expresamente en el articulo primero del

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