Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2009 (03/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

403761

Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 404910-2

Declaran caducidad de permisos de pesca de embarcaciones en el extremo referido a la extraccion de jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 719-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de septiembre del 2009 Visto el escrito de registro 00059404 de fecha 27 de agosto de 2007, presentado por el senor MORDAZA ECA TEMOCHE. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 046-2003GOB.REG.PIURA/DIREPE-DR, de fecha 13 de febrero del 2003, se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA ECA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "EXITO DEL MORDAZA II" de matricula CO-20307-CM, de arqueo neto 25.51 y de 106.08 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino a consumo humano directo utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13mm) y (38mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0112007-PRODUCE de fecha 13 de MORDAZA del 2007, establece que los permisos de pesca autorizados y otorgados para embarcaciones dedicadas a la extraccion de jurel y caballa que a la entrada en vigencia de dicho Reglamento no hayan realizado esfuerzo pesquero sobre dichos recursos para el consumo humano directo, conforme a lo previsto en las pertinentes normas del Reglamento de la Ley General de Pesca, seran declarados caducos debiendo el Ministerio de la Produccion emitir las Resoluciones correspondientes; Que, en cumplimiento de las disposiciones referidas en el considerando anterior, se remitio, entre otros, al senor MORDAZA ECA MORDAZA, el Oficio Multiple Nº 012-2007PRODUCE/DGEPP-Dch, a traves del cual se le comunico el inicio de procedimiento de caducidad y ademas se requirio que cumpliera con presentar la informacion sobre los desembarques de los recursos jurel y caballa que habia efectuado a traves de la operacion de la embarcacion pesquera EXITO DEL MORDAZA II con matricula Nº CO20307-CM, otorgandole un plazo de diez dias (10) dias habiles; Que, mediante escrito de Registro Nº 00059404 de fecha de agosto de 2007, el senor MORDAZA ECA MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra el Oficio Multiple Nº 012-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch; Que, mediante Oficio Nº 478-2009-PRODUCE/OGTIE/ Oe la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el reporte de descargas realizadas, entre otras, por la embarcacion EXITO DEL MORDAZA II con matricula Nº CO-20307-CM correspondiente al periodo 2003-2007, por el que se da cuenta que la citada embarcacion no presenta descargas de los recursos jurel y caballa. Asimismo, indica que respecto a la informacion del 2001-2007, provienen del sistema de informacion Estadistica en el Rubro Tolvas, la misma que fue remitida por los establecimientos industriales pesqueros en

cumplimiento de lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 153-2001-PE; Que, de la evaluacion efectuada a los antecedentes administrativos que obran en el expediente administrativo se ha podido determinar que el armador MORDAZA ECA MORDAZA, no ha cumplido con acreditar el esfuerzo pesquero realizado sobre los recursos jurel y caballa, por lo que en cumplimiento de las disposiciones normativas contenidas en el numeral 33.8 del Articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2001-PRODUCE y la MORDAZA Disposicion Final Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento de Jurel y Caballa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0112007-PRODUCE, corresponde declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion EXITO DEL MORDAZA II con matricula CO-20307-CM, en el extremo de los recursos jurel y caballa; Que, de otro lado, con relacion al recurso de reconsideracion, interpuesto por el recurrente contra el Oficio Multiple Nº 012-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, cabe indicar que a traves del mismo, la Administracion no ha realizado una declaracion de voluntad que podria haber afectado los intereses o derechos de algun administrado. Tal como se puede advertir de su contenido, la finalidad de dicha comunicacion fue obtener informacion adicional a aquella con la que cuenta la Administracion sobre las descargas de recursos hidrobiologicos que realizan los armadores pesqueros, para poder tener elementos suficientes y de esta manera motivar debidamente la decision administrativa contenida en las Resoluciones Directorales Nros. 4942007-PRODUCE/DGEPP y 083-2007-PRODUCE/DGEPP, a traves de las cuales se declaro la caducidad de los permisos de pesca de las embarcaciones que no realizaron esfuerzo pesquero sobre los recursos jurel y caballa; toda vez que no realizaron esfuerzo pesquero sobre los recursos jurel y caballa; por lo que no habiendose afectado el interes administrativo alguno atraves de la notificacion de dicho oficio, carece de objeto juridico un pronunciamiento sobre los argumentos que sustentan el Escrito de Registro Nº 00059404 de fecha de agosto de 2007; Que, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Consumo Humano a traves de los Informes Nº 364-2009PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 07 de MORDAZA 2009 y con la opinion de la instancia legal pertinente; De conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE ­ Reglamento de la Ley General de Pesca, y el Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE-Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "EXITO DEL MORDAZA II" con matricula CO-20307-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de esta resolucion. Articulo 2º.- Trascribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, como tambien debera consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 404910-3 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 720-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA,14 de septiembre del 2009 Visto el Escrito de Registro 00084524 de fecha 10 de diciembre de 2007, presentado por los senores MORDAZA PAIVA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ECA MARTINEZ;

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