Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2009 (03/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de octubre de 2009

Que, mediante Informe Tecnico Nº 4656-2009SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 03 de junio de 2009, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, senala que el predio en consulta se encuentra en MORDAZA donde no es posible determinar antecedente registral, al no encontrarse los elementos tecnicos como plano del Titulo Archivado Nº 1141 del 11 de noviembre de 1910, que permita precisar los linderos perimetricos de la Ficha Nº 2404; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 18 de agosto de 2009, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza, presenta una topografia accidentada y un suelo de textura arenosa con afloramiento rocoso, asimismo, se advirtio que en la MORDAZA mas alta se han instalado diversas antenas y, en su mayor extension, se encuentra desocupado; Que, el tercer parrafo del Articulo 16º del Reglamento de Inscripciones de Registro de Predios, aprobado mediante Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 214-2008-SUNARP-SN de fecha 28 de agosto de 2008, senala que no impide la inmatriculacion el informe tecnico que senala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 71 469,89 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39° de la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono, con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF "Estatuto de la SBN", Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0468-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 04 de setiembre de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 71 469,89 m², ubicado al Oeste de la carretera Panamericana Sur, a la altura del Asentamiento Humano MORDAZA Higuchi, distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 404821-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban cuadro de costos judiciales por el servicio de Justicia de Paz para los Juzgados de Paz Letrados Urbanos del Distrito Judicial del Callao
CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 030-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 15 de setiembre del 2009 VISTO: El informe presentado por el Senor Consejero Doctor MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Anchante MORDAZA, mediante el cual propone el cuadro de costos judiciales de los Juzgados de Paz Urbanos del distrito judicial del Callao por actuaciones judiciales fuera del despacho judicial; y, CONSIDERANDO: Que, los distintos Juzgados de Paz Urbanos de esta Provincia Constitucional no cuentan con parametros, ni normatividad vigente para el cobro de costos judiciales por las actuaciones que realizan en ejercicio de sus funciones fuera de sus despachos judiciales. Que, ante esta problematica la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz - ODAJUP, mediante oficio Nº 42-2009ODAJUP-CSJC/PJ, manifiesta que de las comunicaciones remitidas por los senores Jueces de Paz Urbanos de este Distrito Judicial, se observa que no existe uniformidad en los costos por la actuacion judicial que se brinda en dichos Juzgados, por lo que resulta necesario contar con un cuadro donde se precisen los costos del servicio de justicia de Paz por actuaciones judiciales fuera del despacho judicial; solicitud que ha sido elevada al Consejo Ejecutivo Distrital. Que, tal como lo establece el numeral 19) del articulo 96º de la Ley Organica del Poder Judicial, es atribucion del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar los acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad, por lo que corresponde establecer el cuadro de costos judiciales por los servicios de justicia de los Juzgados de Paz Urbanos del Distrito Judicial del Callao por actuaciones judiciales fuera del Despacho Judicial, a fin de que puedan desempenar sus funciones oportunamente, todo ello atendiendo a que los sectores que comprende la jurisdiccion de los Juzgados MORDAZA mencionados tiene una gran extension lo que requiere el desplazamiento fisico del Juez de un lugar a otro. Que, el Consejo Ejecutivo Distrital, teniendo a la vista el informe del senor Consejero MORDAZA Anchante MORDAZA, el mismo que ha sido modificado en parte por acuerdo de los senores Consejeros conforme consta en acta de la Sesion correspondiente, ha aprobado el cuadro de costos judiciales por los servicios de justicia de los Juzgados de Paz Urbanos del Distrito Judicial del Callao por actuaciones judiciales fuera del Despacho Judicial; por lo que corresponde oficializar dicho acuerdo. Por estos fundamentos, y estando a las facultades conferidas por el inciso 19) del articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital, por acuerdo unanime de los senores Consejeros: RESUELVE: Articulo Primero: APROBAR el cuadro de costos judiciales por el servicio de Justicia de Paz para los

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