Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2009 (03/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de octubre de 2009

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 003-2009-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa del Congreso siguiente:

Directivo acuerde un rol especial de sesiones. (...)" Comuniquese, publiquese y archivese. Dada en el Palacio del Congreso, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tercer Vicepresidente del Congreso de la Republica 405844-1

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 23º, 30º Y 51º DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Articulo unico.- Objeto de la Resolucion Legislativa del Congreso Modificanse el literal f) del articulo 23º, el literal l) del articulo 30º y el MORDAZA parrafo del articulo 51º; y anadese el literal m) al articulo 30º del Reglamento del Congreso de la Republica, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: "Deberes funcionales Articulo 23º.- Los congresistas tienen la obligacion: (...) f) De mantenerse en comunicacion con los ciudadanos y las organizaciones sociales con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes, para lo cual se constituyen cinco (5) dias laborables continuos al mes en la circunscripcion electoral de procedencia, individualmente o en grupo. Asimismo, deben atender las denuncias debidamente sustentadas y documentadas de la poblacion, fiscalizar a las autoridades respectivas y contribuir a mediar entre los ciudadanos y sus organizaciones y los entes del Poder Ejecutivo, informando regularmente sobre su actuacion parlamentaria. Esta MORDAZA no promueve la realizacion de actos destinados a conseguir privilegios para ninguna persona o grupo. De participar en el funcionamiento de las sedes descentralizadas del Congreso y en audiencias publicas con el apoyo del Congreso de la Republica y los organismos estatales de cada circunscripcion, conforme aparecen demarcadas en el sistema del distrito electoral multiple. El Consejo Directivo del Congreso Articulo 30º.- El Consejo Directivo esta integrado por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los Grupos Parlamentarios que se denominaran Directivos-Portavoces elegidos por su respectivo grupo. A cada Directivo-Portavoz titular correspondera un suplente elegido por cada Grupo Parlamentario. En la conformacion del Consejo Directivo, se cuidara procurando guardar similar proporcionalidad a la que exista entre los Grupos Parlamentarios en la distribucion de escanos en el Pleno del Congreso. Tiene las siguientes funciones y atribuciones: (...) l) Aprobar un calendario anual de sesiones del Pleno y de las comisiones, tomando en cuenta lo establecido por el inciso f) del articulo 23º del presente Reglamento. m) Las demas contenidas en otros articulos del presente Reglamento y aquellas que le encargue el Pleno del Congreso. Sesiones Articulo 51º.- (...) El Pleno del Congreso se reune en sesion en los periodos ordinarios de sesiones por lo menos tres (3) veces al mes o en cualquier momento cuando lo solicite la mitad mas uno de los congresistas o cuando lo convoque el Presidente por razones extraordinarias o de emergencia o cuando el mismo Pleno o el Consejo

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 094-2009 DECRETO DE URGENCIA QUE APRUEBA LAS DISPOSICIONES INICIALES PARA VIABILIZAR Y FACILITAR LA INTERVENCION INTEGRAL DE LOS PROGRAMAS SOCIALES Y OTRAS ENTIDADES EN LA MORDAZA DEL VRAE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 44° de la Constitucion Politica del Peru, son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberania nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, por Decreto Supremo N° 027-2007-PCM se establecio las Politicas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las Entidades del Gobierno Nacional, contemplando entre ellas, en materia de Igualdad de Hombres y Mujeres, atender prioritariamente a las familias en situacion de extrema pobreza o riesgo social; y, en materia de Politica de Seguridad y Defensa Nacional, el fomento de la participacion activa de todos los Sectores, niveles de Gobierno y de la Sociedad en su conjunto, para el logro de los objetivos de la politica de Seguridad y Defensa Nacional; Que, con el proposito de generar condiciones que permitan la intervencion oportuna, eficiente y eficaz de los programas y entidades, es conveniente la adopcion de medidas extraordinarias de caracter economico financiero y otras complementarias que faciliten su labor, segun el rol especifico que a cada uno le asigna la normativa o, de ser el caso, en materias que les son comunes; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2007-DE se constituyo el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE, con el proposito de propiciar una intervencion articulada de los distintos sectores y entidades del Estado, con un enfoque territorial, vision estrategica y responsabilidad compartida; Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 021-2008DE-SG ha determinado los distritos que forman parte del esquema de intervencion estrategica denominado "Una Opcion de Paz y Desarrollo en Seguridad para el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene - Plan VRAE"; Que, dentro de las modalidades de intervencion previstas para superar las situaciones criticas que presenta la MORDAZA del VRAE, se encuentra un conjunto de actividades especificas desarrolladas por diversos Programas, como son el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, MORDAZA Exportadora, el Programa de Emergencia Social Productivo ­ "Construyendo Peru", el Ministerio de Educacion, a traves de la Oficina de Becas y Credito Educativo, y los Gobiernos Regionales y Locales,

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