Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2009 (03/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de octubre de 2009

Los expedientes de registros Nºs. 2009-017399, 2009-019166 y 2009-019539, la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., solicita autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 2770, La MORDAZA, Chiclayo, Region MORDAZA, y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como, verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular y operar una (01) linea MORDAZA mixta, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; en efecto: Que, de acuerdo al Informe Nº 978-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los expedientes de registros Nºs. 2009-017399, 2009-019166 y 2009019539, cumplen con lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobado por D.S. Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C. a operar una (01) linea de inspeccion tecnica MORDAZA mixta y poder realizar inspecciones a vehiculos de MORDAZA liviano y pesado, a fin de verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que estos deben cumplir en aplicacion de lo dispuesto por las normas legales vigentes; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa AGRUPACION TECNICA AUTOMOTRIZ IRH S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar una linea de inspeccion MORDAZA mixta, ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 2770, La MORDAZA, Chiclayo, Region Lambayeque. Articulo 2º.- La entidad autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies - IFIA.

Articulo 3º.- Es responsabilidad de la entidad autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos que respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008MTC durante la vigencia de la autorizacion. En caso que la Entidad autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La Entidad autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 28 de Agosto del 2010 28 de Agosto del 2011 28 de Agosto del 2012 28 de Agosto del 2013 28 de Agosto del 2014

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 404658-1

VIVIENDA
Aprueban Metodologia para la Formulacion de Planes Regionales de Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 258-2009-VIVIENDA MORDAZA, 1 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun su Ley de Organizacion y Funciones, Ley Nº 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; y ejerce competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el numeral 2.4 del "Plan Nacional de Saneamiento 2006-2015 ­ Agua es Vida" aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2006-VIVIENDA, establece que constituye uno de sus Objetivos Especificos, el modernizar la gestion del Sector Saneamiento, mediante la adecuacion de normas legales de acuerdo a las nuevas politicas que orienten el desarrollo del Sector Saneamiento, la implementacion de nuevas politicas para el reordenamiento del Sector Saneamiento; la redefinicion de los roles de los distintos agentes del Sector a nivel nacional, regional y local; y el fortalecimiento de las capacidades de las Direcciones Regionales de Construccion y Saneamiento para la implementacion de las politicas sectoriales en agua y saneamiento en el ambito de sus regiones; entre otros; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 424-2007VIVIENDA, se aprobaron los "Lineamientos para la Elaboracion de los Planes Regionales de Saneamiento", en el MORDAZA del "Plan Nacional de Saneamiento 2006-2015: Agua es Vida";

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