Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2010 (29/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

430037

el Grado Academico o Titulo Profesional o de MORDAZA Especialidad, MORDAZA de la publicacion en un diario de mayor circulacion en la Region Callao (consignandose el aviso de perdida del diploma respectivo), 04 fotografias, fotocopia del DNI y recibos de pagos; concordante con lo senalado en el numeral 6.1. del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) para el Ano 2009, de la Universidad Nacional del Callao, aprobado por Resolucion Nº 149-09-R del 13 de febrero de 2009; Que, mediante el escrito del visto, la recurrente manifiesta ser egresada de esta MORDAZA Superior de Estudios, habiendo obtenido el Titulo de Licenciado en Enfermeria, otorgado mediante Resolucion Nº 605-02-CU-TP del 31 de octubre de 2002, registrado en el Libro XXX, Folio 071, debidamente refrendado por la Asamblea Nacional de Rectores (Diploma Nº A439324); indicando haber extraviado su diploma correspondiente, por lo que solicita, invocando la Ley Nº 28626, se le expida el duplicado de su diploma de Titulo Profesional de Licenciado en Enfermeria; para lo cual adjunta los requisitos que dispone la Directiva Nº 007-2008-R "Directiva para la obtencion de duplicado de diplomas de MORDAZA academicos y titulos profesionales emitidos por la Universidad Nacional del Callao"; adjuntando asimismo MORDAZA certificada de la Denuncia por perdida expedida por la Comisaria MORDAZA Pumacahua de fecha 12 de MORDAZA de 2004, asi como la correspondiente MORDAZA de Inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos, expedida por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 12 de MORDAZA de 2010; Estando a lo expuesto, al Informe Nº 012-2010SMV-GyT recibido de la Unidad de MORDAZA y Titulos de la Oficina de Secretaria General el 25 de MORDAZA de 2010; al Informe Nº 406-2010-AL y Proveido Nº 720-2010-AL recibidos de la Oficina de Asesoria Legal el 18 de junio de 2010; a la documentacion sustentatoria en autos; a lo acordado por unanimidad por el Consejo Universitario en su sesion ordinaria del 10 de agosto de 2010; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 31º, 32º y 33º de la Ley Nº 23733 y los Arts. 143º, 158º y 161º del Estatuto de la Universidad; RESUELVE: 1º.- OTORGAR, el Duplicado del Diploma de Titulo Profesional de LICENCIADO EN ENFERMERIA, expedido por la Universidad Nacional del Callao en virtud de la Resolucion Nº 605-02-CU-TP de fecha 31 de octubre de 2002, por causa de perdida, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALLCA, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 2º.- DECLARAR, la nulidad del Diploma Nº A439324, de Titulo Profesional de Licenciado en Enfermeria registrado en el Libro XXX, Folio 071 de Titulos Profesionales, conferido a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALLCA el 31 de octubre de 2002, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores, Vicerrectores, Facultades, Escuela de Posgrado, Oficina de Asesoria Legal, Organo de Control Institucional, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Unidad de Registro Academico, Representacion Estudiantil, e interesada. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Rector y Presidente del Consejo Universitario 571674-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 052-2010-CU Callao, 11 de agosto de 2010 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Vista la Solicitud (Expediente Nº 145823) recibida el 03 de junio de 2010, mediante la cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA, Contador Publico de esta MORDAZA Superior de Estudios, solicita la expedicion de Duplicado del Diploma de su Titulo Profesional por causa de perdida del original. CONSIDERANDO: Que, el Art. 22º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, establece que solo las Universidades otorgan los MORDAZA academicos de Bachiller, Maestro y Doctor; ademas, otorgan en nombre de la Nacion, los titulos profesionales de Licenciado y sus equivalentes que tienen denominacion propia; asi como los de MORDAZA especialidad profesional; Que, mediante Ley Nº 28626 de fecha 18 de noviembre de 2005, se autoriza a las universidades publicas y privadas a expedir duplicado de diplomas de MORDAZA y titulos profesionales, a solicitud del interesado, por motivos de perdida, deterioro o mutilacion, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, con Resolucion Nº 1525-2006-ANR de fecha 17 de enero de 2006, la Asamblea Nacional de Rectores aprobo el Reglamento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales expedidos por las Universidades, modificado por Resolucion Nº 18952006-ANR, a traves de la cual se MORDAZA el procedimiento aplicable para dar cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, a traves de la Resolucion Nº 808-2008-R de fecha 21 de MORDAZA de 2008, se aprobo la Directiva Nº 0072008-R "Directiva para la obtencion de duplicados de diplomas de MORDAZA academicos y titulos profesionales emitidos por la Universidad Nacional del Callao"; por motivo de perdida, deterioro o mutilacion; estableciendose en su numeral IV. Requisitos para solicitar duplicado de diploma, los siguientes: Solicitud dirigida al senor Rector, MORDAZA certificada de la denuncia policial, MORDAZA expedida por el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, MORDAZA simple de la Resolucion de Consejo Universitario que confiere y otorga el Grado Academico o Titulo Profesional o de MORDAZA Especialidad, MORDAZA de la publicacion en un diario de mayor circulacion en la Region Callao (consignandose el aviso de perdida del diploma respectivo), 04 fotografias, fotocopia del DNI y recibos de pagos; concordante con lo senalado en el numeral 6.1. del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) para el Ano 2009, de la Universidad Nacional del Callao, aprobado por Resolucion Nº 149-09-R del 13 de febrero de 2009, el cual se encuentra vigente a la fecha; Que, mediante el escrito del visto, la recurrente manifiesta ser egresada de esta MORDAZA Superior de Estudios, habiendo obtenido el Titulo de Contador Publico, otorgado mediante Resolucion Nº 671-07-CUTP del 14 de junio de 2007, registrado en el Libro LI, Folio 130, debidamente refrendado por la Asamblea Nacional de Rectores (Diploma Nº A00832960); indicando haber extraviado su diploma correspondiente, por lo que solicita, invocando la Ley Nº 28626, se le expida el duplicado de su diploma de Titulo Profesional de Contador Publico; para lo cual adjunta los requisitos que dispone la Directiva Nº 007-2008-R "Directiva para la obtencion de duplicado de diplomas de MORDAZA academicos y titulos profesionales emitidos por la Universidad Nacional del Callao"; adjuntando asimismo MORDAZA certificada de la Denuncia por perdida expedida por la Comisaria de Maranga de fecha 28 de noviembre de 2008, asi como la correspondiente MORDAZA de Inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos, expedida por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 21 de agosto de 2009; Estando a lo expuesto, al Informe Nº 013-2010SMV-GyT recibido de la Unidad de MORDAZA y Titulos de la Oficina de Secretaria General el 05 de junio de 2010; al Informe Nº 402-2010-AL y Proveido Nº 719-2010-AL recibidos de la Oficina de Asesoria Legal el 18 de junio de 2010; a la documentacion sustentatoria en autos; a lo acordado por unanimidad por el Consejo Universitario en su sesion ordinaria del 10 de agosto de 2010; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 31º, 32º y 33º de la Ley Nº 23733 y los Arts. 143º, 158º y 161º del Estatuto de la Universidad;

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