Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2011 (27/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

Adenda N° 1 al Contrato de Concesion N° 035-94, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la Adenda N° 1 al Contrato de Concesion N° 035-94. Articulo 5°.La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 633000-10

Otorgan concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables a favor de Energia Eolica S.A., para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Talara
RESOLUCION SUPREMA N° 033-2011-EM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Expediente N° 17266310, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables, iniciado por Energia Eolica S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12061536 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Lima; CONSIDERANDO: Que, Energia Eolica S.A., ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar actividades de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la futura Central Eolica Talara, con una potencia instalada de 30 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la futura instalacion citada en el primer considerando estara ubicada en el distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, mediante Resolucion Directoral N° 0162011-MEM/AAE, de fecha 19 de enero de 2011, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Eolica Talara; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 084-2011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables a favor

de Energia Eolica S.A., que se identificara con el codigo N° 17266310, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Talara, con una potencia instalada de 30 MW, que estara ubicada en el distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion Suprema y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 367-2011 a suscribirse con Energia Eolica S.A., que consta de 19 clausulas y 5 anexos. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion N° 367-2011, referido en el articulo 2° de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 633000-11

Otorgan concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica en el departamento de La MORDAZA, a favor de Energia Eolica S.A.
RESOLUCION SUPREMA N° 034-2011-EM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Expediente N° 14267710, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Energia Eolica S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12061536 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 220 kV Central Eolica Cupisnique ­ S.E. MORDAZA, ubicada en los distritos de San MORDAZA de Lloc, San MORDAZA y MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 008-2011MEM/AAE de fecha 07 de enero de 2011, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto "Central Eolica Cupisnique y su Interconexion al SEIN"; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°

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