Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2011 (24/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de agosto de 2011

VISTO; En Sesion Ordinaria de fecha 25.07.2011, el Informe Nº 423-2011-GAF/MC de fecha 18.07.2011 emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Informe Nº 371-2011-SGL-GAF/MC de fecha 12.07.2011 emitido por la Subgerencia de Logistica, el Informe Nº 363-2011GDA/MC de fecha 15.06.2011 emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental, el Informe Nº 615-2011-GAJ-MDC de fecha 22-07.2011 emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada mediante Ley Nº 28607 que aprueba la reforma constitucional, establece que las Municipalidades son organos del gobierno local, que gozan de autonomia economica, politica, administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. Nº 1017, en su articulo 20º inciso c) establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen ante una situacion de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la entidad cumplir con sus actividades u operaciones, debiendo determinarse, de ser el caso, las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiera originado la configuracion de esta causal; asimismo en el articulo 22º de la ley acotada, especifica que se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la entidad tiene a su cargo; facultando a la entidad a la contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el, tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; en el articulo 21º de la ley se senala que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion deberan ser aprobadas mediante acuerdo de consejo, en funcion de los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse, debiendo realizarse esta contratacion de manera directa, regulado en el articulo 135º del reglamento de la Ley de contrataciones del estado D.S. Nº 184-2008-EF, asimismo en el articulo 134º del reglamento acotado, en concordancia con el articulo 21º de la Ley, exige que los acuerdos de concejo que aprueben las exoneraciones y los informes que los sustenten MORDAZA publicados a traves del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. En el mismo plazo la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA al Organo de Control Institucional de la Municipalidad; Que, mediante el Informe Nº 363-2011-GDA/MC de fecha 15.06.2011 emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental se comunica que la continuidad del servicio de Limpieza Publica se encuentra comprometido por la falta de recursos para su prestacion, debido a la demora en los procesos de seleccion, lo cual generaria una situacion critica en el distrito, toda vez que la produccion diaria aproximada es de 498 toneladas metricas, asimismo estaria dejandose de atender el riego a las areas verdes, ya que es insuficiente la capacidad de los vehiculos de propiedad municipal, por lo cual solicita con caracter de urgente se contrate el servicio de alquiler de 02 tractos para camion madrina y cisterna, por situacion de desabastecimiento inminente; Que, mediante el Informe Nº 423-2011-GAF/ MC de fecha 18.07.2011 emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas se establece que el MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de alquiler de 02 tracto camion para carreta madrina y cisterna, se efectuara recien a partir del 20 de MORDAZA hasta el 17 de Septiembre del presente, fecha en la cual posiblemente se firmaria el contrato resultante, de no existir observaciones y/o apelaciones por parte de los participantes; por lo cual seria necesario un plazo de 60 dias para cubrir una situacion de desabastecimiento inminente para poder contratar de forma directa, por un valor referencial de S/. 144,375.00 Nuevos Soles, de conformidad con el Informe Nº 371-2011-SGL-GAF/MC de fecha 12.07.2011 emitido por la Subgerencia de Logistica;

Que, del Informe Nº 363-2011-GDA/MC de fecha 15.06.2011 emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental, Informe Nº 423-2011-GAF/MC de fecha 18.07.2011 emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas y del Informe Nº 371-2011-SGL-GAF/MC de fecha 12.07.2011 emitido por la Subgerencia de Logistica, se puede concluir que debido a los desperfectos constantes de las unidades tracto de la Municipalidad se ha procedido a requerir el servicio de alquiler de dos (2) tracto camion para carreta madrina y cisterna, sin embargo en el plazo en que se ejecutara el concurso publico para la contratacion de dicho servicio, se dejaria sin transporte para atender el servicio publico de recojo de residuos solidos y riego de las areas verdes del distrito, por lo cual, y de conformidad con los argumentos vertidos por las areas tecnicas, se ha configurado la causal de desabastecimiento inminente, de acuerdo a lo establecido en los articulos 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y 129º de su Reglamento; Que, mediante Informe Nº 615-2011-GAJ-MDC de fecha 22.07.2011 emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos se opina por la procedencia de aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, por la causal de desabastecimiento inminente, para la contratacion del servicio del alquiler de dos (2) tracto camion para carreta madrina y cisterna, por un periodo de sesenta (60) dias calendario, y valor referencial de S/. 144,375.00 Nuevos Soles, de acuerdo al informe Nº 3712011-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logistica, por lo cual debera emitirse el acuerdo de concejo aprobatorio, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento; Con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con la dispensa del Dictamen de la Comision correspondiente, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Contratacion del Servicio de alquiler de dos (2) tracto camion para carreta madrina y Cisterna, por un periodo de sesenta (60) dias calendario y valor referencial de S/. 144,375.00 Nuevos Soles, de acuerdo al informe Nº 371-2011-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logistica o hasta la suscripcion del contrato del servicio de alquiler de dos (2) tracto camion para carreta madrina y cisterna, como resultado del MORDAZA de seleccion que se debera convocar inmediatamente, lo que ocurra primero. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logistica las acciones pertinentes para la contratacion del precitado servicio, conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Articulo Tercero.- DISPONER que a traves de los organos correspondientes se proceda a determinar la responsabilidad de funcionarios y servidores, asi como los miembros del Comite Especial que participaron en los procesos de contratacion del servicio, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal de desabastecimiento inminente. Articulo Cuarto.- INCLUIR en el Plan Anual de Contrataciones la contratacion del servicio de alquiler de dos (2) tracto camion para carreta madrina y Cisterna, por un periodo de sesenta (60) dias calendario y valor referencial de S/. 144,375.00 Nuevos Soles, de acuerdo al informe Nº 371-2011-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logistica. Articulo Quinto.- DISPONER que a traves de la Secretaria General se remita MORDAZA del presente Acuerdo y sus actuados a la Contraloria General de la Republica y al OSCE. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Logistica su publicacion en el SEACE. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Dado en el Palacio Municipal a los Veinticinco dias del mes de MORDAZA del dos mil Once. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 681316-1

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