Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2011 (24/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de agosto de 2011

Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Logistica de la Direccion General de Administracion del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 681616-2

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Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Colombia, Brasil, Uruguay y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 863-2011/DE/SG MORDAZA, 23 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 516, 517, 519 de fecha 4 de agosto de 2011 y Nº 535 del 10 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, Republica Federativa de Brasil, la Republica Oriental del Uruguay y la Republica de MORDAZA, respectivamente, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de los compromisos asumidos entre el Cuerpo de Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA con la Fuerza de Infanteria MORDAZA del Peru, se llevara a cabo en nuestro MORDAZA, la Conferencia de Jefes de Infanteria de MORDAZA de las Americas, contando con la participacion de personal militar de la Republica de Colombia, Republica Federativa de Brasil, Republica Oriental del Uruguay y Republica de Chile; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la Republica de Colombia, Republica Federativa de Brasil, Republica Oriental del Uruguay y Republica de MORDAZA, detallado a continuacion, para participar en la Conferencia de Lideres de Infanteria de MORDAZA de las Americas 2011, a realizarse entre el 27 de agosto al 3 de setiembre de 2011: Colombia: 1. Capitan de Navio 2. Capitan de Corbeta MORDAZA Poveda MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 160-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2011, orientadas a brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica; Que, los literales b) y c) del primer parrafo de la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, MORDAZA citada, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mencion, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones - DGPI (ex Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico - DGPM), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01 - Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, aplicable para el ano 2011 de acuerdo con la Resolucion Ministerial N° 040-2011-EF/15, senala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos MORDAZA senalados, asi como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado el INDECI, a traves de los Informes Tecnicos Nº 009-2011-INDECI/ DNPE/EPEFT y N° 009-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 639,00), los cuales seran transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Antaparco (Provincia de Angaraes, Departamento de Huancavelica) para el alquiler de maquinaria que permita la recuperacion de la plataforma de la trocha carrozable MORDAZA Laramate - Antaparco, afectada por las lluvias frecuentes ocurridas el 12 de febrero de 2011, ocasionando rotura de la plataforma y deslizamiento de tierra y lodo; Que, el INDECI, mediante los Informes Tecnicos Nº 0102011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 010-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y

Brasil: 1. MORDAZA (FN) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guimaraes 2. Capitan de Corbeta (FN) MORDAZA Capucci MORDAZA Uruguay: 1. Capitan de Navio (CG) MORDAZA Briguetti 2. Capitan de Corbeta (CG) MORDAZA MORDAZA Chile: 1. Contralmirante ( CH) 2. MORDAZA Primero (CH) MORDAZA Amigo MORDAZA MORDAZA Blazquez MORDAZA

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