Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2011 (26/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

434944
DPTO. / PROV. / DISTRITO JULIACA PUNO/SANDIA ALTO INAMBARI LIMBANI PHARA YANAHUAYA TACNA/CANDARAVE CAIRANI CAMILACA CANDARAVE CURIBAYA HUANUARA QUILAHUANI TACNA/JORGE BASADRE ILABAYA TACNA/TACNA ALTO DE LA ALIANZA MORDAZA NUEVA INCLAN PACHIA PALCA SAMA TACNA/TARATA CHUCATAMANI SITAJARA TICACO UCAYALI/ATALAYA SEPAHUA 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 S/. 0.00

NORMAS LEGALES
U.S. $ 70,912.50

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2011

2,100.00 225.00 1,575.00 900.00

REGION MORDAZA MORDAZA MORDAZA TACNA TOTAL GOBIERNOS REGIONALES Nº Gobiernos Regionales

S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 18

U.S. $ 262.50 400.00 150.00 557.50 12,149.53

593241-1
21,562.50 22,012.50 36,750.00 19,687.50 21,562.50 9,637.50

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de diciembre de 2010
RESOLUCION Nº 012-2011-OSCE/PRE MORDAZA MORDAZA, VISTO:

55,087.50

37.50 121.88 73,275.00 459.31 262.50 150.00

27,150.00 8,737.50 753.75

El Memorando Nº 034-2011/DS-MSH de la Direccion del SEACE, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO:

4,500.00

TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES Nº Distritos 349

25,285.50

2,912,294.49

ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y lo senalado en el literal "d" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Diciembre del 2010, a los Gobiernos Regionales es el siguiente:
REGION MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALLAO(LIMA) MORDAZA MORDAZA ICA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 U.S. $ 1,825.00 72.77 2,400.00 887.50 275.00 75.00 809.00 200.00 900.00 858.75 889.01 512.50 825.00 250.00

Que, de conformidad con el articulo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 281º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion del SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de diciembre del 2010, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de diciembre del 2010: 1. CORPORACION FARMACEUTICA DAJOZ S.A.C., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y literal b) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; segun Resolucion Nº 400-2010-TC-S3 del 23.02.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. GRAFICA MORDAZA E HIJOS S.C.R.LTDA., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato, causal tipificada en el numeral 1 del articulo

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