Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2016 (24/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de enero de 2016 /

El Peruano

realizada el 12 de enero del 2016, a efectos de que sea ratificado por el Concejo Municipal mediante ordenanza, conforme lo establece el reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, expresando que el documento así aprobado y ratificado, debe ser entregado antes del 15 de enero del 2016 tanto a la Secretaria Técnica del CORESEC de la Región Lima Provincias y a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior; Que. mediante el Proveído Nº 001-2016-STCDSM el Despacho de Alcaldía remite el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa María 2016, remitido por el Secretario Técnico del CODISEC a fin de que en modo y forma sea elevado a correspondiente sesión de concejo municipal de modo que se pronuncie de conformidad a sus atribuciones. Que, el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa María 2016, obedece a la necesidad de contar con instrumento de gestión interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una óptica integral, multisectorial, dentro del marco de las políticas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley Nº 27933 ­ Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Tiene por finalidad plantear una estrategia de lucha contra la inseguridad ciudadana en el distrito de Santa María, con la participación activa y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad, Policía Nacional del Perú y otras Instituciones Públicas y Privadas a través del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC). Que, por lo esbozado en concordancia con lo que establece la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933 y su Reglamento así como con las atribuciones que consagra la Ley, el pleno del Concejo Municipal del Distrito de Santa María deberá de proceder

a ratificar el Plan de Seguridad Ciudadana de Santa María 2016. ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SANTA MARÍA 2016 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa María 2016 aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC Santa María, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Asuntos Municipales y Desarrollo Humano, Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y demás Unidades Orgánicas de la entidad, el estricto cumplimiento y ejecución de la presente Ordenanza y del Plan aprobado mediante ella. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Oficina de Sistemas e Informática su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María (www. munisantamaria.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ CARLOS REYES SILVA Alcalde 1336970-1

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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