Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2019 (10/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 10 de abril de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas informa y propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la aceptación de renuncia de autoridades políticas a nivel nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Decreto Supremo Nº 0042017-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Eduardo Vásquez Toledo, en el cargo de Subprefecto Provincial de San Pablo, Región Cajamarca, con eficacia anticipada al 21 de febrero de 2019, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Aceptar la renuncia del señor Edgar Simeon Melgarejo Vidal, en el cargo de Subprefecto Provincial de Huacaybamba, Región Huánuco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Aceptar la renuncia de la señora Ventura Marisol Medina Silva, en el cargo de Subprefecta Distrital de Corrales, Provincia de Tumbes, Región Tumbes, con eficacia anticipada al 08 de marzo de 2019, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- Dar por concluida, por causal de fallecimiento, la designación del señor Telmo Maximino Pretel Saldaña, en el cargo de Subprefecto Distrital de Cupisnique, Provincia de Contumaza, Región Cajamarca, con eficacia anticipada al 10 de marzo de 2019. Artículo 5.- Dejar sin efecto, toda disposición administrativa que se oponga a la presente Resolución. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL VARGAS MALAGA Director General Dirección General de Gobierno Interior 1758771-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Eliminación y simplificación de requisitos de los procedimientos administrativos en el marco del Decreto Supremo Nº 046-2019PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0137-2019-JUS 5 de abril de 2019 VISTOS: el Oficio Nº 572-2019-JUS/DGDPAJ de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; el Oficio Nº 373-2019-JUS/CSF-ST del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, el Oficio Nº 20662019-JUS/DGDPAJ-DCMA de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos; el Oficio Nº 809-2019-JUS/DGDPAJ de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; el Informe Nº 044-2018-JUS-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización; el Oficio Nº 8702019-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 405-2019JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Que, el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria; asimismo, dispone que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis sobre los procedimientos administrativos establecidos en normas de alcance general; Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.12, incorporado por el Decreto Legislativo Nº 1448 al artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria las entidades del Poder Ejecutivo, cuando corresponda, quedan obligadas a emitir las disposiciones normativas para eliminar o simplificar requisitos; así como a adecuar y depurar las disposiciones normativas que establecían los procedimientos administrativos no ratificados; Que, según lo establecido en el artículo 15 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecidos en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2017-PCM, para la aplicación del análisis de calidad regulatoria de las disposiciones normativas vigentes, las entidades del Poder Ejecutivo deben remitir a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria el análisis de cada procedimiento administrativo a iniciativa de parte conforme al Cronograma aprobado en el Anexo del acotado Decreto Supremo, correspondiendo al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como plazo máximo, el 31 de enero de 2018; Que, en este contexto normativo, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 0101-2017-JUS, se conformó el Equipo Técnico encargado de la Elaboración del Análisis de Calidad Regulatoria, el mismo que cumplió, dentro del plazo previsto en la norma, con la remisión de 39 fichas para la evaluación de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, la misma que a través del Informe Nº 003-2019-CCR-ST, ha propuesto la ratificación de quince (15) procedimientos administrativos, de los cuales ocho (08) requieren de la emisión de una medida de simplificación; Que, asimismo, se ha declarado la improcedencia de ocho (08) procedimientos, por encontrarse dentro de los supuestos establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2017-PCM, de los cuales tres (03) corresponden ser retirados del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del MINJUSDH. Por otro lado, en el citado Informe Nº 003-2019-CCR-ST, la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria también propuso la eliminación de ocho (08) procedimientos administrativos, los cuales requieren ser retirados del TUPA de la entidad; Que, en ese sentido resulta necesario proceder con la eliminación y/o simplificación de requisitos en un total de ocho (08) procedimientos administrativos; así como, la adecuación del TUPA a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, en lo que corresponda; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0462019-PCM, que ratifica procedimientos administrativos de las entidades del Poder Ejecutivo como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, dispone que es obligación de las entidades del Poder Ejecutivo entre otras del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitir o gestionar la emisión de disposiciones normativas para eliminar y simplificar requisitos de los procedimientos administrativos señalados en el numeral 4 de la sección B del Anexo del citado Decreto Supremo; Que, conforme a lo establecido en el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos pueden aprobarse

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