Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2019 (10/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de abril de 2019 /

El Peruano

cumplan con remitir la información que se requiera, en atención a la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, BAJO RESPONSABILIDAD. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución, a la Gerencia Municipal y Subgerencia de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 1758620-1

Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: APRUEBAN EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2019 DEL DISTRITO DE MI PERÚ ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2019 DEL DISTRITO DE MI PERÚ, el mismo que regirá hasta el 31 de diciembre del 2019, que como Anexo forma parte de la presente. Artículo Segundo.- DEROGUESE toda norma que se oponga a la presente norma. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, su implementación y cumplimiento y a la Secretaria General su publicación respectiva y publicar el Anexo en el portal institucional. Artículo Cuarto.- REMÍTASE la presente Ordenanza al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y a los demás estamentos del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Publíquese, comuníquese y cúmplase. AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA Alcalde 1758753-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE MI PERU
Aprueban Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2019 del distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 029-MDMP Mi Perú, 29 de marzo del 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2019-MDMP/CMP/GSC de la Comisión de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, administrativa y económica, en los asuntos de su competencia; Que, el inciso e) del artículo 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en materia de seguridad ciudadana, competencias compartida entre los tres niveles de gobierno; Que, el numeral 2.1 del inciso 2 del artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 atribuye a las municipalidades distritales en materia de seguridad ciudadana, la función compartida con las municipalidades provinciales de coordinar con ésta y la Policía Nacional, el servicio interdistrital de Serenazgo y el Sistema de Seguridad Ciudadana; Que, el inciso e) del artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por el Decreto Supremo N" 011-2014-IN, establece que la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad con competencia distrital, asume las funciones de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo una de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº021-MDMP de fecha 30 de enero de 2019 se aprobó el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2019 aprobado por el CODISEC y teniendo en cuenta que mediante el Memorando Nº 293-2019/MDMP-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana ante la nueva propuesta de Plan realizada por el CODISEG se pide la ratificación respectiva, el cual cuenta con la opinión favorable de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 060-2019/ MDMP/GAJ; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA
Autorizan viaje de alcalde para participar en capacitación a realizarse en EE.UU.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 069-2019-CM/MDP Pangoa, 28 de marzo del 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 003-2019, realizada el 27 de marzo del 2019, bajo la presidencia del Alcalde Econ. Celso Sixto León Llallico. VISTO: La agenda, Respecto a Autorización de Viaje al Exterior del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, para Participar en la Escuela Internacional de Gobiernos Cumbre Latinoamericana de Miami; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que Corresponde al concejo municipal: Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Que, la Ley que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos- Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios;

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