Norma Legal Oficial del día 27 de Noviembre del año 2001 (27/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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acapite B.1 de la parte considerativa de la presente resolucion, e infundado en lo demas que contiene. Articulo 2º.- Incluyase la clasificacion de los siguientes sistemas de distribucion electrica en el Anexo Nº 1 de la Resolucion OSINERG Nº 1794-2001-OS/CD.
Empresa Sector MORDAZA de Sistema Sistema Descripcion 3 Interconectado MORDAZA Rural Otuzco, Charat, La MORDAZA Hidrandina 4 Interconectado Casma Rural Buena Vista Alta, Quillo, Yautan, Cochabamba, Pariacoto, Colcabamba.

Articulo 3º.- Fijese los factores de ponderacion de los Valores Agregados de Distribucion de la empresa de distribucion electrica Electronorte Medio Hidrandina S.A. para el periodo 1 de noviembre de 2001 al 30 de MORDAZA de 2002 de acuerdo a lo siguiente:
Valor Agregado de Distribucion (VAD) VADMT (Media Tension) VADBT (Baja Tension) Factor de Ponderacion por Sector Tipico (%) 1 2 3 4 0.00% 0.00% 95.75% 95.92% 4.05% 3.79% 0.20% 0.29% Total 100.00% 100.00%

MORDAZA como sector tipico 2 y otro sistema Huancavelica Rural como sector tipico 4, lo que efectivamente agrupa zonas de distribucion que tienen similitud y da lugar a la diferenciacion de zonas urbanas y rurales. Ademas, senala la recurrente a modo de referencia que la clasificacion de los sistemas de distribucion Huancayo (sector tipico 2), MORDAZA del Mantaro 1 (sector tipico 3), MORDAZA del Mantaro 2 (sector tipico 3), MORDAZA del Mantaro 3 (sector tipico 4) y MORDAZA del Mantaro 4 (sector tipico 4) se realizo de manera adecuada conforme a las caracteristicas de cada sistema. Finalmente, indica que clasificar zonas urbano-rurales y rurales como zonas urbanas significa exigir el cumplimiento de obligaciones establecidas por la MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos (en adelante NTCSE) que no estan en condiciones de cumplir para dichas zonas. B. ANALISIS DE OSINERG B.1 Zonas Rurales clasificadas como Zonas Urbanas ELECTROCENTRO hace mencion a que la clasificacion de los sistemas de distribucion electrica establecida mediante la Resolucion OSINERG Nº 1794-2001-OS/CD no ha tomado en cuenta las localidades aledanas a las zonas de MORDAZA, MORDAZA, Pasco y Tarma que por sus caracteristicas son zonas urbano-rurales (sector tipico 3) y rurales (sector tipico 4). Al respecto, el OSINERG clasifico los sistemas de distribucion electrica de acuerdo a las propuestas de sistemas presentadas por las empresas de distribucion electrica. En el caso de ELECTROCENTRO su propuesta considero la clasificacion de algunos de sus sistemas de distribucion electrica de acuerdo a la influencia de los centros de transformacion que alimentan a dichos sistemas. El pedido de ELECTROCENTRO indicado en su recurso de reconsideracion constituye una nueva propuesta de clasificacion que considera la separacion de sistemas en funcion a las caracteristicas tecnicas y de MORDAZA (zonas urbanas y zonas rurales). OSINERG ha visto por conveniente efectuar el analisis de la nueva propuesta en consideracion de las exigencias establecidas por la NTCSE, para lo cual se solicito a ELECTROCENTRO informacion adicional mediante el Oficio Nº 367-2001-OSINERG-GART. El analisis consistio en la verificacion de las caracteristicas tecnicas y de MORDAZA de los sistemas cuya clasificacion, ELECTROCENTRO, solicita reconsiderar en su recurso. Los resultados del analisis muestran que corresponde efectuar la reclasificacion segun el pedido de Electrocentro con excepcion del sistema Tarma Rural y Pasco Rural 2. Para el sistema Tarma Rural, Electrocentro solicito la clasificacion como sector tipico 3 de las zonas alimentadas por los alimentadores en media tension A4701, A4703 y A4704 del centro de transformacion de Ninatambo. Sin embargo, el analisis indica que las zonas alimentadas por el alimentador A4701 deben mantener la clasificacion como sector tipico 2 y las zonas alimentadas por los alimentadores A4703 y A4704 deben clasificarse como sector tipico 4 por ser zonas predominantemente rurales. En el caso de Pasco Rural 2 solo corresponde reclasificar como sector tipico 4 las localidades de Goyllarisquizga y Chaprin; la localidad de Yuncan se debe reclasificar como sector tipico 3. Por lo mencionado, el recurso de reconsideracion de ELECTROCENTRO debe declararse fundado en parte. De acuerdo a lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 005-2001-EM/DGE que establece los Sectores de Distribucion Tipicos y el procedimiento de clasificacion de los sistemas de distribucion electrica y calculo de los factores de ponderacion de los Valores Agregados de Distribucion; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00993-EM.

Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina web de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG: www.cte.org.pe. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 35152 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 2640-2001-OS/CD MORDAZA, 21 de noviembre de 2001 VISTOS: El Recurso de Reconsideracion interpuesto por Electrocentro S.A. (en adelante ELECTROCENTRO) contra la Resolucion OSINERG Nº 1794-2001-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia miercoles 3 de octubre de 2001, que fijo la clasificacion de los sistemas de distribucion electrica y los factores de ponderacion de los Valores Agregados de Distribucion; El Informe Tecnico OSINERG-GART-GDE-2001-020 elaborado por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART), el Informe emitido por la Asesoria Legal Interna OSINERG-GART-AL-2001-039 y el Informe emitido por la Asesoria Legal Externa ALDC-133-2001 con relacion al Recurso de Reconsideracion presentado, los mismos que se encuentran a disposicion del interesado en las oficinas de la GART; CONSIDERANDO: A. EL RECURSO DE RECONSIDERACION La empresa de distribucion electrica ELECTROCENTRO interpuso Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion OSINERG Nº 1794-2001-OS/CD que fijo la clasificacion de los sistemas de distribucion electrica y los factores de ponderacion de los Valores Agregados de Distribucion, por las consideraciones siguientes: A.1 Zonas Rurales clasificadas como Zonas Urbanas ELECTROCENTRO senala que se han clasificado como zonas urbanas (sector tipico 2) las zonas de MORDAZA, MORDAZA, Pasco y Tarma. Al respecto, senala que no se ha tomado en cuenta las localidades aledanas a dichas zonas que por sus caracteristicas son zonas urbanorurales (sector tipico 3) y rurales (sector tipico 4). Asimismo, senala que en el sistema de distribucion electrica de Huancavelica se ha realizado una adecuada clasificacion, estableciendose un sistema Huancavelica

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