Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2004 (16/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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y el Informe Nº 888-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 19 de agosto del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA HUTARRA MORDAZA DE MORDAZA, en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral solicito ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tramite de inscripcion, utilizando para tal fin sustentos que no le pertenece con la intencion de usurpar la identidad de la ciudadana fallecida MORDAZA MORDAZA HUTARRA MORDAZA, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion definitiva de la inscripcion fraudulenta, por disposicion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, mediante Resolucion Nº 124-2004-GP/SGDAC-RENIEC, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA HUTARRA MORDAZA DE MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA HUTARRA MORDAZA DE MORDAZA y los que resulten responsables por presuntos delitos Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 22727

viembre del 2004, emitido por la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion; el Informe Nº 1310-2004GAJ/RENIEC del 26 de noviembre del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y el Acta Nº 013 del 25 de noviembre del presente ano emitido por el Comite Tecnico Economico del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; CONSIDERANDO: Que, a traves del informe del visto emitido por la Presidenta de la Comision de Implementacion de Registro Civil, se recomendo a la Jefatura Nacional la necesidad de alquiler de un local para la primera mega agencia de Registros Civiles del RENIEC, asi como a la Subgerencia de Registros de Estado Civil, el que deberia contar con espacio suficiente para efectuar la digitalizacion y digitacion de la informacion registral de seis distritos de MORDAZA Metropolitana, sugiriendo el pronunciamiento de la Gerencia de Operaciones; Que, mediante el Informe Nº 063-2004-GO/RENIEC, la Gerencia de Operaciones ratifica la opinion efectuada por la Comision de Implementacion de Registro Civil y establece que el monto de los ingresos obtenidos en la atencion de expedicion de copias certificadas de Actas de Inscripcion y Certificados, inscripcion extemporaneas, anotaciones y otros actos registrales de los distritos que comprenderia la mega agencia de Registros Civiles, permitirian asumir el costo del alquiler que genere un local destinado para esos fines asi como el pago al personal, siendo necesario que dicho inmueble se encuentre en un distrito en que confluyan ciudadanos de San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Miraflores, Surquillo, Barranco y San MORDAZA, con un area no menor a los 800 metros cuadrados, que tenga un area minima construida de 3,500 m2, que cuente con diversas caracteristicas tecnicas que posibiliten su adecuado funcionamiento en la atencion registral de 6 distritos, el acondicionamiento de la Subgerencia de Registros de Estado Civil, la digitalizacion de las partidas y la conservacion y administracion del acervo documentario registral; Que, efectuada la gestion ante la Superintendencia de Bienes Nacionales, sobre la existencia de un predio estatal de libre disponibilidad, no se obtuvo respuesta positiva; Que efectuada la publicacion solicitando el alquiler de un local, en el Diario El Comercio, unicamente respondio al aviso el propietario del inmueble ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Este Nº 2383-2388-2392 del distrito de San MORDAZA, cumpliendo dicho local con las caracteristicas tecnicas requeridas, habiendo efectuado personal de la Subgerencia de Logistica, la busqueda en los distritos senalados de otro local que reuna dichas caracteristicas sin resultado positivo; Que, por Resolucion Jefatural Nº 775-2004-JEF/RENIEC de 24 de noviembre del 2004, se aprueba la inclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el ejercicio presupuestal 2004, del Concurso Publico para el Alquiler de un Local para la Sede de los Registros Civiles de la MORDAZA de Lima; Que, mediante Informe Nº 1383 -2004-GAD/SGLG de 5 de noviembre del 2004, la Subgerencia de Logistica informa que el valor referencial respectivo por un ano asciende a la suma de US$ 249,900.00 (Doscientos cuarenta y nueve mil novecientos y 00/100 Dolares Americanos), suma que conforme a lo dispuesto por la Resolucion Jefatural Nº 765-2004-JEF/RENIEC se incluyo bajo la actividad 00640 Conduccion y Manejo de los Registros Civiles, categoria de gasto 3 Bienes y Servicios, la suma de S/. 874,650 que corresponden a los US$ 249,900.00, que incluyen el alquiler de un ano, mas dos meses de garantia; Que, por Informe Nº 1310 -2004-GAJ/RENIEC del 26 de noviembre del 2004, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo por la causal de bien que no admite sustituto para la Contratacion del Alquiler de un Local para la primera mega agencia de Registros Civiles y para la Subgerencia del Registro de Estado Civil. Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos, debiendo llevarse a cabo, en atencion a lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 20º del referido Reglamento, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia;

Exoneran de MORDAZA de seleccion el arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 823-2004-JEF/RENIEC
MORDAZA, 10 de diciembre del 2004 VISTOS: El Informe Nº 01-2004/CIR/RENIEC del 11 de octubre del ano 2004, emitido por la Presidenta de la Comision de Implementacion de Registro Civil; el Informe Nº 063-2004-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones; el Informe Nº 1383-2004-GAD-SGLG del 5 de no-

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