Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2004 (16/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

Articulo 6º.- Crear el Fondo de Asistencia Tecnica, con el objeto de sustentar economicamente las acciones establecidas en el articulo 2. El Fondo de Asistencia Tecnica provendra de recursos propios y/o externos, u otros establecidos como rentas municipales de acuerdo al Art. 69 de la Ley Nº 27972, y sera definido anualmente en el presupuesto participativo de acuerdo a la demanda generada por el Programa. El Fondo de Asistencia Tecnica se crea con un monto inicial de $ 55,000.00 U.S. dolares americanos provenientes del aporte de la Cooperativa Woongroep Holland y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Se encarga a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la gestion del Programa Municipal de Vivienda a la que se le faculta a planificar y aplicar el desarrollo progresivo del mismo y se encarga a la Gerencia Municipal la gestion para la instalacion de la Entidad administrativa a cargo del Fondo de Asistencia Tecnica. Articulo 8º.- Podran acogerse a este Programa los contribuyentes propietarios de vivienda y los inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento del MORDAZA FAMILIAR HABITACIONAL y para el PROGRAMA TECHO PROPIO respectivamente, que hayan sido calificados favorablemente por la Oficina de Asesoria Tecnica de la Municipalidad. Articulo 9º.- Ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 088-2004-MVES hasta el 31 de diciembre del 2005 exclusivamente para las edificaciones confines de vivienda, y ampliando los alcances del Articulo 4º de acuerdo con la siguiente modificacion: E) PARA CONSTRUCCION Y AMPLIACION DE VIVIENDAS Exoneracion de multas para aquellos que inicien tramite de licencia de obra a partir de la vigencia de la presente ordenanza siempre y cuando se acojan al Articulo 1 de la misma. Reduccion derechos por regularizacion hasta el 25% del valor establecido en el TUPA. Articulo 10º.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y demas dependencias el cumplimiento de la presente Ordenanza, disponiendose los recursos necesarios, a fin de difundir e implementar el Programa. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22598

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de fiscalizacion de deudas tributarias y no tributarias, asi como gestion de apoyo para cobranza en via ordinaria o coactiva
ACUERDO DE CONCEJO Nº 050-2004/MVES MORDAZA El MORDAZA, 19 de noviembre del 2004 Visto: El Informe Tecnico Nº 0227-2004-GAF/MVES de fecha 27.10.2004 y el Informe Legal Nº 135-2004-OAJ/ MVES del 9.12.2004, emitidos por la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Municipalidad respectivamente, en relacion a la necesidad de contratar bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, una entidad especializada y debidamente acreditada para efectos de realizar labores de fiscalizacion en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El Salvador; CONSIDERANDO: Que, la complejidad de ejecutar trabajos de fiscalizacion en contribuyentes potenciales, no conocidos o registrados previamente ante la administracion tributaria local y la necesidad de una accion eficaz y eficiente en la consecucion de los objetivos fiscales, ha determinado que es imperativo contratar los servicios de una entidad altamente especializada en trabajos de fiscalizacion en Gobiernos Locales, que ademas acredite antecedentes laborales, asi

como referencias municipales sobre la calidad y efectividad de sus servicios; Que, el Director de Rentas, mediante Informe Nº 1072004-GR/MVES del 21.6.2004, plantea la contratacion de un servicio externo para la Fiscalizacion Tributaria y no Tributaria de principales contribuyentes del distrito, la cual se encargue de la gestion de cobranza de las Deudas Tributarias y No Tributarias de la Cartera morosa en cobranza de la Municipalidad; Que, el Director de Servicios Comunales, mediante Informe Nº 203-04-GERSEC/MVES del 22.9.2004, ha senalado que en la jurisdiccion de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, es posible constatar la existencia de una serie de trabajos de infraestructura para el soporte y apoyo de los servicios publicos desarrollados por las empresas privadas prestadoras de servicios publicos en fechas recientes de modo directo a traves de empresas contratistas que operan a su servicio, dentro del MORDAZA de expansion de sus actividades y que las mismas no cuentan con las autorizaciones o licencias municipales, menos aun con las conformidades de obra, necesarias en toda obra ejecutada en via publica por ser de competencia municipal, adicionalmente la fiscalizacion selectiva de otros principales contribuyentes que determine la entidad de apoyo y asesoria tecnica legal para la cobranza en via ordinaria y/o coactiva de los deudores determinados; Que, de las indagaciones efectuadas en el MORDAZA sobre las entidades especializadas en fiscalizacion tributaria, a nivel municipal y las propuestas presentadas por las empresas FINOBRA S.A., FASTER SERVICE S.R.L, SCANNER Asesores Municipales. PRODEMUSAC, Y GESTIONES Y SERVICIOS DE INTEGRACION AVANZADA MILACRON S.RL, los organos competentes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA han evaluado y verificado el cumplimiento de las condiciones referidas en los considerandos precedentes, en la empresa GESTIONES Y SERVICIOS DE INTEGRACION AVANZADA MILACRON SRL, la cual acredita con suficiencia la prestacion de servicios similares en otras municipalidades, asi como en resultado eficaz de su gestion en lo referido a la recuperacion de ingresos no tributarios, cuya percepcion no se produjo oportunamente, con lo que se ha configurado su idoneidad y calidades especiales en relacion al servicio a prestar; Que, el articulo 93º del D. Leg. Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las municipalidades pueden celebrar contratos de prestacion de servicios en materia de fiscalizacion con particulares; Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso g) del articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM, "Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", establece que se encuentra exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, tal como lo establece el inciso c) del articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, las contrataciones no sujetas al procedimiento de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa se aprobaran por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos locales; En ejercicio de las competencias y facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972, y por el articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, contando con el MORDAZA Mayoritario del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion del Concurso Publico para la contratacion del servicio de Fiscalizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias, asi como a la Gestion de Apoyo, Asesoria Tecnica Legal para la cobranza en via ordinaria y/o coactiva, destinada a la recuperacion de rentas de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. Articulo 2º.- APROBAR la contratacion del servicio mencionado en el Articulo 1º, bajo la modalidad de servicios personalisimos de conformidad con los dispositivos legales vigentes en la materia, con la empresa MILACRON

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