Norma Legal Oficial del día 13 de Noviembre del año 2004 (13/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 2004
DO

NORMAS LEGALES

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Articulo 7º.- PREDIOS CUYA POSESION SE HA CEDILos propietarios y los poseedores en virtud de cualquier titulo, de los predios a que se refiere el Articulo 4º de la presente Ordenanza, podran gozar de los beneficios otorgados, sin condicionarlo al pago de los tributos respecto a los cuales no tuviera la condicion de contribuyente. Articulo 8º.- REVOCACION DE VALORES Solamente una vez realizado el acogimiento a los beneficios tributarios, se revocaran las Ordenes de Pago y/o Resoluciones de Determinacion que contengan deuda tributaria, sobre la que se hubiera aplicado los beneficios otorgados en la presente Ordenanza. Articulo 9º.- EXONERACION DE COSTAS Y GASTOS Exonerese a los deudores tributarios, de las costas y gastos administrativos generados en el MORDAZA de cobranza coactiva de las deudas senaladas en el Articulo 1º, siempre que se hubieran acogido los beneficios tributarios indicados en los Articulos 5º y 6º de la presente Ordenanza, con excepcion de aquellos casos en que dictada medida cautelar distinta a la de embargo en forma de retencion, esta se hubiera ejecutado. Articulo 10º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD Los pagos efectuados al contado, por canje de deuda y los realizados dentro de los fraccionamientos cancelados, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, por concepto de las deudas comprendidas dentro de los beneficios tributarios, son validos y no generan derecho a devolucion ni compensacion. Articulo 11º.- DE LAS IMPUGNACIONES El acogimiento a los beneficios tributarios respecto de las deudas tributarias que se encuentren impugnadas, producira los efectos del desistimiento. Las impugnaciones que se interpongan con posterioridad al acogimiento de los beneficios tributarios, por las deudas senaladas en el Articulo 4º, 5º y 6º de la presente MORDAZA, generaran la perdida de los beneficios concedidos, salvo que la controversia este referida unicamente a la aplicacion debida de los mismos. Articulo 12º.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para disponer la ampliacion de los plazos establecidos en la misma. DISPOSICIONES FINALES Primera.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el 15 de noviembre del 2004 y los beneficios contemplados para los predios dedicados a MORDAZA habitacion se aplicaran hasta el 22 de diciembre del 2004, y los beneficios contemplados para usos distintos a MORDAZA habitacion se aplicaran hasta el 03 de diciembre del 2004. Respecto a los beneficios contemplados en el Articulo 6º, estos tienen vigencia hasta el 22 de diciembre del 2004. Segunda.- SUSPENSION DE LA VIGENCIA DE ORDENANZAS Suspendase la vigencia de las Ordenanzas Nº 007-2003MPC, 017-2003 y demas Ordenanzas que modifiquen a las mismas, durante la vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 20459

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el proyecto de Directiva que MORDAZA la atencion al publico durante el horario extraordinario del Servicio de Recepcion Documental en la Municipalidad Provincial del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, el publico usuario acude a esta Corporacion Edilicia para la atencion de sus requerimientos y pedidos de conformidad con el T.U.P.A. Institucional ante la Gerencia de Recepcion Documental y Mesas de Parte de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 118º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, la entidades deben tomar las acciones para facilitar la recepcion personal de los escritos de los administrados y evitar su aglomeracion, a traves de la racionalizacion del tiempo de atencion por usuario y la mayor provision simultanea de servidores dedicados exclusivamente a la atencion de los usuarios; Que, para los efectos anteriores es conveniente dictar las disposiciones para la atencion al publico durante el horario extraordinario del Servicio de Recepcion Documental en la Municipalidad Provincial del Callao, mediante la correspondiente Directiva; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y de la Gerencia de Recepcion Documental y Archivo General, en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 0032004-MPC-SG-GRDAG, que establece las Disposiciones para la atencion al publico durante el horario extraordinario del Servicio de Recepcion Documental en la Municipalidad Provincial del Callao, las cuales debidamente visadas forman parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Disponer el obligatorio cumplimiento de la presente Directiva en los diferentes organos de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Personal el control y cumplimiento de los turnos respectivos que se implementen para tal fin. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 20372

Autorizan realizacion del IV Matrimonio Civil Comunitario 2004
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000031 Callao, 8 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Memorando Nº 962-2004-MPC/GGSSC de fecha 25 de octubre de 2004, mediante el cual la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales solicita la aprobacion para la realizacion del Programa IV MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2004, a celebrarse el dia 17 de diciembre del presente ano, en la Plaza MORDAZA Grau Muelle Darsena, Callao; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de la Municipalidad Provincial del Callao, promover la regularizacion de la situacion de aquellas

Aprueban Directiva que establece disposiciones para la atencion al publico durante el horario extraordinario del Servicio de Recepcion Documental de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000030
Callao, 8 de noviembre de 2004

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