Norma Legal Oficial del día 12 de Diciembre del año 2008 (12/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2008

publicacion en el diario oficial, salvo disposicion contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte; Que, el numeral 131.1 del articulo 131º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los plazos y terminos son entendidos como maximos, se computan independientemente de cualquier formalidad, y obligan por igual a la administracion y a los administrados, sin necesidad de apremio, en aquello que respectivamente les concierna; Que, sobre el particular, el Decreto Supremo Nº 0122008-PRODUCE entro en vigencia a partir el 31 de MORDAZA de 2008, momento a partir del cual los titulares de permisos de pesca de mayor escala se encontraban obligados a cumplir con presentar la declaracion jurada indicando si existe alguna diferencia entre la capacidad de bodega real de la embarcacion y la capacidad de bodega consignada en el permiso de pesca otorgado, el mismo que vencio el 20 de MORDAZA de 2008; de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE; Que, en el presente caso, el Administrado ha presentado la declaracion jurada el 20 de agosto de 2008, es decir, fuera del plazo senalado en el citado Decreto Supremo; asimismo, aduce como causal de incumplimiento el desconocimiento de las normas y la falta de medios economicos, lo cual resulta contrario al MORDAZA constitucional y legal senalado, por cuanto la MORDAZA se reputa de conocimiento de la ciudadania desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y porque la falta de medios economicos no exime a la administracion ni a los administrados del cumplimiento de los plazos establecidos en las normas; Que, en consecuencia, el descargo presentado por el administrado resulta improcedente por extemporaneo, por lo que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE, se debe proceder a declarar la caducidad del permiso de pesca otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL18664-CM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 5832008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y el Informe Legal Nº 850 - 2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi-RZB; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE, el Memorando Nº 0412008-PRODUCE/DGEPP "Lineamientos Generales sobre el Procedimiento Administrativo de Caducidad de los Permisos de Pesca", y en uso de la facultades atribuidas mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE "Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente el escrito presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, por extemporaneo, de conformidad con lo establecido en el en el Decreto Supremo Nº 012-2008PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 0142008-PRODUCE en concordancia con lo dispuesto en el articulo 131º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 2º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 028-99-CTAR.LAM/DRPE a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL18664-CM, por incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE, de acuerdo a las consideraciones de hecho y derecho expuestas en la presente resolucion. Articulo 3º.- Excluir a la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, del listado de embarcaciones pesqueras con permiso vigente y consignar la presente resolucion en la pagina web del Ministerio de la Produccion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y

Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 289085-7

RELACIONES EXTERIORES

En via de regularizacion, delegan facultades a funcionario diplomatico para suscribir la "Convencion sobre Municiones de Racimo"
RESOLUCION SUPREMA Nº 309-2008-RE MORDAZA, 11 de diciembre de 2008

Vista la Hoja de Tramite (GAC) Nº 6138 del 26 de noviembre de 2008 del Gabinete de Coordinacion del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Habiendose suscrito el 3 de diciembre de 2008, en la MORDAZA de Oslo, Reino de Noruega la "Convencion sobre Municiones de Racimo" hecha el 30 de MORDAZA de 2008, en la MORDAZA de Dublin, Irlanda; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de MORDAZA de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En via de regularizacion delegar en la persona del senor Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subsecretario para Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores para que suscriba la "Convencion sobre Municiones de Racimo" hecha el 30 de MORDAZA de 2008, en la MORDAZA de Dublin, Irlanda. Articulo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes en via de regularizacion al senor Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subsecretario para Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 289878-7

Remiten al Congreso de la Republica documentacion relativa al "Convenio Internacional para la Proteccion de las Obtenciones Vegetales"
RESOLUCION SUPREMA Nº 310-2008-RE MORDAZA, 11 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el "Convenio Internacional para la Proteccion de las Obtenciones Vegetales", fue adoptado el 2 de

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