Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2013 (27/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

488655

Corte Superior de Justicia de MORDAZA, los mismos que deben ser concordantes con el Plan Operativo Institucional y la Evaluacion Programatica de Metas; Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de MORDAZA del 2002 es el conjunto de politicas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del dialogo y del consenso a nivel nacional, que tiene por finalidad definir un rumbo para el desarrollo sostenible del MORDAZA y afirmar su gobernabilidad democratica hacia el ano 2021; Que, con Decreto Legislativo Nº 1088 se crea y regula la organizacion y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico ­ CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificacion estrategica como instrumento tecnico de gobierno y gestion para el desarrollo armonico y sostenido del MORDAZA y el fortalecimiento de la gobernabilidad democratico en el MORDAZA del Estado constitucional de derecho; Que, con Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM se aprobo el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN) denominado Plan Bicentenario: El Peru hacia el 2021, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN); Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA comunica a la Presidencia de la presente Corte la necesidad de establecer un Plan de Trabajo a nivel de la Unidad Ejecutora Nº 003, proponiendo para su formulacion la colaboracion tecnica del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN); de este manera se enmarca dentro de los lineamientos del Plan Bicentenario: Peru hacia el 2021. Que, dicho Plan Institucional tendra por finalidad elaborar un diagnostico situacional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, escenarios tendenciales, alternativas y concertacion, vision judicial dentro de las competencias de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, estrategias de inversion para la gestion de desarrollo en funcion al Plan de Desarrollo Institucional, programacion de inversiones prioritarias y el MORDAZA institucional y financiero para la gestion institucional; Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicacion del Articulo 90° incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero: APROBAR el inicio del MORDAZA de Formulacion del Plan de Trabajo de la Corte Superior de Justicia elaborado en el MORDAZA del Plan Bicentenario: El Peru hacia el 2021. Articulo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion Administrativa a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la cual debera emitir las resoluciones y directivas correspondientes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 905305-1

Que, el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0182008-JUS, dispone que el Ejecutor Coactivo es el titular del Procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coercion para el cumplimiento de la Obligacion, de acuerdo a lo establecido en dicha Ley. Que, el articulo 33º de la MORDAZA MORDAZA glosada, establece las formas de embargo que podra trabar el Ejecutor Coactivo, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las acreencias impagas a favor de la Institucion; asimismo, el numeral 16.1 del articulo 16º de la MORDAZA precitada, dispone que ninguna autoridad administrativa o politica podra suspender el procedimiento de ejecucion coactiva, con excepcion del ejecutor que debera hacerlo, bajo responsabilidad. Que, no se advierte en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0182008-JUS, ningun impedimento para que el cargo de Ejecutor Coactivo, pueda ser encargado temporalmente a un trabajador, siempre que este MORDAZA ingresado mediante concurso publico y en la medida que cumpla con los requisitos que la ley exige para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo. Que, teniendo en consideracion que se encuentra vacante el cargo de Ejecutor Coactivo del MORDAZA Nacional de Elecciones, y que se han trabado una serie de medidas cautelares que deben ser levantadas, por cuanto existen ciudadanos que ya han cancelado sus deudas y no pueden verse perjudicados con el mantenimiento de dichas medidas cautelares por no existir Ejecutor Coactivo, es necesario encargar dicho cargo a un funcionario que cumpla con los requisitos que debe reunir el Ejecutor Coactivo, y que se encuentran taxativamente senalados en el articulo 4º de la MORDAZA referida en los considerandos precedentes. Que, segun lo establecido en el inciso c) del articulo 4º del Reglamento Interno de Trabajo del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado mediante Resolucion Nº 232-2008P/JNE, de fecha 14 de noviembre de 2008, son facultades del MORDAZA Nacional de Elecciones, asignar funciones y responsabilidades al trabajador de acuerdo con las necesidades institucionales. Que, de acuerdo a lo prescrito en el numeral 8) del articulo 16º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, modificado por la Resolucion Nº 0738-2011-JNE de fecha 13 de octubre de 2011, son funciones de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, entre otras, delegar a sus funcionarios total o parcialmente las facultades, funciones y atribuciones administrativas cuando sea procedente de acuerdo a ley. De conformidad con lo previsto en el inciso c) del articulo 4º del Reglamento Interno de Trabajo del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado mediante Resolucion Nº 232-2008-P/JNE, los incisos 8) y 9) del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, modificado por Resolucion Nº 0738-2011JNE, de fecha 13 de octubre de 2011; y, En uso de las facultades de que esta investida esta Presidencia. RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar a partir de la fecha de aprobacion de la presente Resolucion, las funciones y responsabilidades del cargo de Ejecutor Coactivo del MORDAZA Nacional de Elecciones, referidas al levantamiento de las medidas cautelares que se hayan trabado, al doctor Dany MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con retencion de su cargo de Jefe de la Unidad de Cobranza, hasta la designacion del Ejecutor Coactivo de la Institucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al interesado, a la Direccion Central de Gestion Institucional, Direccion General de Recursos y Servicios, asi como a la Unidad Organica de Recursos Humanos, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 904632-1

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Encargan funciones y responsabilidades de los cargos de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo del MORDAZA Nacional de Elecciones
RESOLUCION Nº 036-2013-P/JNE MORDAZA, 20 de febrero de 2013

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