Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2013 (27/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2013

caso para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y es de aplicacion en el ambito territorial de la Region Moquegua. DISPOSICION FINAL COMPLEMENTARIA Primera.- Facultese al Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA a realizar las acciones necesarias para efectos de implementar la presente ordenanza. Comuniquese al Sr. Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre del dos mil doce. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 904975-1

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal Consolidado de la Unidad Ejecutora Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 31-2012-CR/GRM Fecha: 22 de diciembre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion de fecha 22 de Diciembre del 2012, debate la consolidacion y aprobacion del (CAP) a nivel de Unidad Ejecutora Sede Central del Gobierno Regional Moquegua. CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformada por la Ley Nº 28607, en concordancia con Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 28926, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuesta!; cuyos funcionarios y servidores se sujetan al regimen laboral general aplicable a la administracion publica, conforme a ley; Que, mediante Ley Nº 27803, se instituyo un programa extraordinario de acceso al beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral para los ex trabajadores cesados mediante el procedimiento de ceses colectivos llevados a cabo en el MORDAZA del MORDAZA de la inversion privada, considerados irregulares; a cuyo beneficio se acogieron los ex trabajadores de la Sede Central y de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo; al encontrarse inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente. La Ley en mencion, en su Articulo 11º, modificado por la Ley Nº 28299, claramente establece que la reincorporacion laboral se produce en plazas presupuestadas vacantes que se hubiesen generado a partir del 2002, hasta la conclusion efectiva del programa extraordinario de acceso a beneficio. De acuerdo a lo

dispuesto en la cuarta disposicion complementaria, transitoria y final de la Ley Nº29059, el acceso y goce de los beneficios del Programa Extraordinario no puede ser restringidos ni limitados por el cumplimiento de requisitos o supuestos similares, siendo unicamente indispensable encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; y esta misma MORDAZA enfatiza que el incumplimiento es causal de las sanciones y penalidades establecidas en el articulo 21º de la Ley Nº 27803 y su modificatoria. Razones por las que, durante el ejercicio 2011 el Gobierno Regional MORDAZA solicito al Ministerio de Economia y Finanzas una ampliacion de credito presupuestario para el pago de remuneraciones de los ex trabajadores que venian solicitando su reincorporacion, asi como la autorizacion para la modificacion presupuestaria, obteniendo respuesta favorable con el Oficio Nº 100-2012-MEF/50.07, de la Direccion General de Presupuesto Publico; razones por las cuales mediante Ordenanza Regional Nº 26-2012CR/GRM y Ordenanza Regional Nº 19-2012-CR/GRM se han aprobado las modificaciones de los CAP de dichas entidades. Que, por necesidad institucional en la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo ha visto por conveniente el reordenamiento de cargos previstos en su CAP que conlleva a una afectacion de su Presupuesto Analitico de Personal; por lo que la modificacion de dicho CAP fue aprobada con Ordenanza Regional Nº 28-2012CR/GRM. Que, por las modificaciones sufridas en su ROF que conllevan cambios en sus funciones y en su estructura organica, la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento tuvo la necesidad de modificar su Cuadro para Asignacion de Personal; Que, el Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Archivo, sin sufrir modificacion alguna, fue actualizado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 693-2012-GR/MOQ, en tanto que la Direccion Regional de Energia y Minas mantiene su Cuadro para Asignacion de Personal aprobado con Resolucion Suprema Nº 006-2002-PRES, del 10 de enero del 2012. Que, segun Memorandum Nº 1820-2012-GGR/ GR.MOQ, la Gerencia General Regional dispone la elaboracion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) Consolidado de la Unidad Ejecutora Sede Central, incluyendo a las Direcciones Regionales de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Trabajo y Promocion del Empleo; Archivo; Energia y Minas; Comercio Exterior y Turismo y la Sede Central del Gobierno Regional Moquegua. Que, contando con el financiamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo Generico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, asi como con el sustento tecnico contenido en el Informe Nº 0303-2012ODI-GRPPAT/GR.MOQ de la Oficina de Desarrollo Institucional, el Informe Nº 802-2012-GRPPAT/ GR.MOQ de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el Informe Legal Nº 300-2012-DRAJ/GR.MOQ de la Direccion Regional de Asesoria Juridica; debe ser aprobado conforme a lo que establecen los articulos 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; y de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 17º del acotado Decreto Supremo en mencion, el aludido CAP debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Entidad. Por lo que, en uso de las atribuciones Conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; el Consejo Regional con el MORDAZA por Mayoria de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CAP CONSOLIDADO DE LA UNIDAD EJECUTORA SEDE CENTRAL DEL GRM Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) Consolidado de la Unidad Ejecutora Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA, el mismo que en trece (13) folios forman parte integrante de la presente Ordenanza

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