Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2013 (27/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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Etapa, encontrandose esta registralmente calificada como MORDAZA y situado en una MORDAZA consolidada, conforme la inspeccion ocular y las fotografias correspondientes, existiendo en el edificaciones, contando con los servicios basicos de agua, desague, energia electrica domiciliaria y publica, pistas y veredas; empero no obstante su situacion consolidada desde hace varios anos, no cuenta con habilitacion urbana. Recomendandose que a fin de sanear esta situacion se proceda a dictar el acto administrativo que determine que dicha area sea declarada habilitada de oficio al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 24º de la Ley Nº 29090, y en conformidad con la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones que establece el procedimiento de Habilitaciones Urbanas de Oficio; Que, mediante Informe Nº 406-2012-SGHUE-GDU/ MDA, de fecha 13 de Diciembre del 2012, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, senala que cumple con los requisitos tecnicos y los Planos Urbanos del Sector; Que, mediante Memorando Nº 642-2012-MDA/GDU de fecha 26 de Diciembre del 2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA concordado con el Memorando Nº 630-2012-MDA/ GDU, el Informe Tecnico Nº 2794-2012-SGHUE-GDU/ MDA/HBHR y el Informe Nº 353-2012-SGHUE-GDU/ MDA, determina la procedencia tecnica y administrativa siendo factible la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio mediante Resolucion de Alcaldia; Que, mediante Informe Nº 001-2013-MDA/GAJ de fecha 02 de Enero del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica senala se emita la Resolucion de Alcaldia aprobando la Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno de propiedad de la Asociacion de Propietarios de la Urbanizacion "27 de Abril" del Distrito Ate Vitarte APROABRIL; Que, Mediante Proveido Nº 033-2013/MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolucion de Alcaldia respectiva, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el articulo 4º de la Ordenanza Nº 223-MDA modificada por Ordenanza Nº 292-MDA y la Ley Nº 29898 ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR HABILITADO MORDAZA DE OFICIO el terreno con un area de 64,687.25 m2, correspondiente a la I ETAPA, que forma parte de un lote matriz de 70,421.95 m2, denominado SUB LOTE "E" que formo parte del Ex - Fundo Inquisidor y MORDAZA, lote 2, MORDAZA Alta Sector "B" en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, el mismo que figura inscrito en la Partida Electronica Nº 1107473 del Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente Resolucion y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. La distribucion del area del terreno cuya habilitacion MORDAZA de oficio que se aprueba es la siguiente: · · · · · · · · AREA BRUTA TOTAL: AREA BRUTA (I ETAPA) AREA UTIL TOTAL: AREA DE VIVIENDA: AREA INDUSTRIA: AREA DE VIAS: AREA DE COMPENSACION: AREA BRUTA II ETAPA: (Area en Litigio Judicial pendiente de Habilitacion Urbana) 70,421.95 m2 64,687.25 m2 35,242.32 m2 31,943.32 m2 3,299.00 m2 29,024.33 m2 420.60 m2 5,734.98 m2

Nº 038-2012-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 4º.- DISPONER la inscripcion en el Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA el cambio de uso de MORDAZA a MORDAZA del inmueble de 64,687.25 m2, correspondiente a la I ETAPA, que forma parte de un area mayor de 70,421.95 m2 ubicado en el Distrito de Ate, el cual esta inscrito en la Partida Registral Nº 11107473, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, por cuenta y costo del propietario del inmueble. Articulo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 904609-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Autorizan Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2013/MDLCH Chosica, 31 de enero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 02-2013/GDS/MDLCH, elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Desarrollo Social expresa que verificado el Informe Nº 001-13-SGRC-MDLCH, de la Sub Gerencia de Registro Civil donde comunica que en cumplimiento del Plan de Accion para el ejercicio 2013, se ha considerado la realizacion de MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS con la finalidad de contribuir y dar facilidades para que muchas parejas regularicen su union, reforzando asi la consolidacion y fortalecimiento del nucleo familiar al MORDAZA de lo preceptuado por los articulos 233 y 234 del Codigo Civil, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, proponiendo como fechas para la ejecucion de dichos eventos las siguientes: sabado 16 de febrero por el "Dia de la Amistad", sabado 18 de MORDAZA, sabado 24 de agosto (en la MORDAZA de Huachipa) y sabado 19 de octubre (con motivo del aniversario del distrito). Que, mediante Informe Nº 024-2013-GM/MDLCH, del Gerente Municipal elevado al despacho de Alcaldia, expresa que es necesario elaborar un Decreto de Alcaldia en el cual se autorice el Programa de Matrimonio Civil Comunitario para el ano 2013, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Social, precisandose el cronograma de fechas en los meses senalados en el Informe Nº 001SGRC/MDLCH, senalando que los montos de pago para la celebracion de matrimonios comunitarios ya se encuentran establecidos en la Resolucion de Alcaldia Nº 064/2012-MDLCH, de fecha 09 de febrero de 2012, vigente a la fecha, indicando que debe cumplirse con el cobro de dichos montos. Por los fundamentos expuestos y en atribucion de los articulos 84º y 20º, Inciso 6) y 16) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- Autorizar el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Lurigancho - Chosica, para el ano 2013, de acuerdo al siguiente cronograma:

Articulo 2º.- PRECISAR que el terreno de la habilitacion MORDAZA de oficio correspondiente a la I ETAPA, tiene asignada la zonificacion de Uso Residencial de Densidad Media "RDM" e Industria Liviana "12" , de conformidad con el Plano de Reajuste de Zonificacion y Usos de Suelo para el Distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML. Articulo 3º.- DETERMINAR que como resultado de la habilitacion MORDAZA que en este acto se declara, se obtiene doscientos cuarenta y seis (246) lotes, cuyas areas, linderos y medidas perimetricas se detallan en el Plano

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