Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 1998 (12/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 12 de agosto de 1998

Visto, el recurso impugnativo de apelacion interpuesto por el ECC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Migraciones IV-SPA, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, contra la R.M. Nº 0232-98-IN-011300000000, del 23.MAR.98. CONSIDERANDO: Que, mediante la R.M. Nº 0232-98-IN-0113000, del 23.MAR.98, se resuelve sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por el termino de doce (12) meses al ECC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del Decreto Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, con escrito de Reg. Nº 1622, del 22.ABR.98, el peticionario en tiempo y forma oportuna, interpone recurso impugnativo de apelacion contra el acto administrativo que dispuso su cese temporal; cuyos fundamentos de hechos y de derecho, constan de su solicitud, en el que ademas, pide ser sancionado unicamente con una suspension de treinta (30) dias; Que, el recurso de apelacion se interpone cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidio la resolucion para que se eleve al Superior Jerarquico, conforme lo establece el Art. 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 002-94-JUS, del 28.ENE.94; Que, de la revision de los actuados que contiene el MORDAZA Administrativo Disciplinario del que fue objeto el mencionado servidor, se advierte que se ha incurrido en diferente interpretacion de las pruebas producidas, al haberse malinterpretado una orden verbal conforme es de verse de la aclaracion contenida en el Memorandum Nº 020-5100000 del 26.FEB.97, y otros puntos que contiene el informe de la Asesoria Juridica del MININTER contenido en el Oficio Nº 264-98-ON-0202 del 16.JUN.98; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por D.S. Nº 002-94-JUS, del 28.ENE.94; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; e informado por la Oficina de Personal del MIN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar FUNDADO en parte el recurso impugnativo de apelacion, interpuesto por el ECC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Migraciones IV - SPA, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, contra la R.M. Nº 0232-98-IN-0113000, del 23.MAR.98. Articulo 2º.- Modificase el Art. 1º de la parte resolutiva de la R.M. Nº 0232-98-IN-0113000, del 23.MAR.98, en la parte que se sanciona con cese temporal por el termino de doce (12) meses, por la de cese temporal sin goce de remuneraciones por el termino de ocho (8) meses, quedando subsistente lo demas que contiene. Registrese, comuniquese y archivese. Rubrica del Senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 8937

Que, se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Supervisor de Programa Sectorial I, F-1, de la Jefatura de Control de Servicios de Seguridad, de Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - MORDAZA de la DICSCAMEC del Ministerio del Interior; Que, es necesario que dicho cargo sea cubierto, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento funcional de la indicada unidad organica; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, y el Articulo 50º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por el Art. 1º del Decreto Legislativo Nº 563 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA GARRIDO MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Supervisor de Programa Sectorial I, F1, de la Jefatura de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - MORDAZA de la DICSCAMEC del Ministerio del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 8938

Declaran improcedente solicitud de nulidad de acto administrativo interpuesta contra resolucion que destituyo a ex servidor del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 0478-98-IN/0901 MORDAZA, 10 de agosto de 1998 Visto, la solicitud de nulidad interpuesta por el ex ECC. MORDAZA MORDAZA JUNCHAYA MORDAZA, chofer III - STB, de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, contra la R.M. Nº 0496-96-IN/ 011300000000 del 8.MAY.96; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0496-96IN/011300000000 del 8.MAY.96, se resolvio destituir al ex ECC. MORDAZA MORDAZA JUNCHAYA MORDAZA, por las causales expuestas en la parte considerativa de la acotada resolucion; Que, con R.S. Nº 0440-96-IN-010900000000 del 25.JUN.96, se declaro INFUNDADO el recurso de apelacion, formulado por el referido ex servidor, contra la R.M. Nº 0496-96-IN/011300000000 del 8.MAY.96, por carecer de sustento legal dandose por agotada la via administrativa; Que, con escrito de Reg. Nº 0597, del 12.FEB.98, el recurrente solicita la nulidad de la citada Resolucion Ministerial, fundamentando su pedido en hechos que desde un punto de vista juridico legal, no enervan el acto administrativo; Que, del estudio y analisis efectuado al expediente administrativo, se establece que los fundamentos de hecho y de derecho, alegados por el recurrente resultan inconsistentes; en razon de que el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al nombrado ex servidor, fue tramitado y resuelto en estricta observancia de las normas legales establecidas para casos de su naturaleza; por lo tanto, dicho acto administrativo, no se encuentra incurso en ninguna de las causales de nulidad preceptuadas por el Art. 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 002-94-JUS, del 28.ENE.94;

Designan funcionario de la Jefatura de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 0391-98-IN/0901 MORDAZA, 10 de agosto de 1998

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