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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (12/08/1998)

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Pág. 162960 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de agosto de 1998 De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo Nº 037-91-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora Lorena Borgo Hannach, coordinadora de eventos y misiones co- merciales internacionales del Proyecto de Apoyo a la Promoción de Exportaciones de las Pequeñas y Medianas Empresas - Unión Europea - PROMPEX ALA/93/57, a la ciudad de Sao Paulo - Brasil, del 9 al 14 de agosto de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto del Proyecto de Apoyo a la Promoción de Exportaciones de las Pequeñas y Medianas Empresas -Unión Europea- PROMPEX ALA/93/57, Pliego 008 Comisión para la Pro- moción de Exportaciones, del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11 Indus- tria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subpro- grama 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos : US$ 1,200.00 - Pasajes : US$ 672.70 - Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Artículo 3º.- La representante del referido Proyecto, en el término de diez (10) días útiles, contados a partir de su retorno al país, deberá elaborar y presentar un infor- me, a la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirá las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el citado evento. Artículo 4º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros 8945 Autorizan viaje de redactora de la Agen- cia de Noticias "Andina" a la República del Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 418-98-PCM Lima, 7 de agosto de 1998 Vista la Carta Nº 052-PD-EP-98 de fecha 4 de agosto de 1998, de la Presidencia del Directorio de EDITORA PERU solicitando autorización, para el viaje a la República del Ecuador de una redactora de la Agencia Peruana de Noticias Andina; CONSIDERANDO: Que, resulta necesaria la presencia de un periodista de la Agencia Peruana de Noticias Andina en la República del Ecuador, para la cobertura informativa de la transmi- sión del Mando Presidencial en dicho país, del 9 al 10 de agosto de 1998; Que la señorita Carmen Mariela Mendoza Arana, redactora de la Agencia Peruana de Noticias Andina ha sido designada para cubrir la referida información; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 135-96-PCM, y la Directiva Nº 009-96-OIOE apro- bada por Resolución Ministerial Nº 165-96-EF/15 y la Resolución Ministerial Nº 019-97-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de la señorita Carmen Mariela Mendoza Arana, redactora de la Agencia Perua- na de Noticias Andina, a la República del Ecuador, del 9 al 10 de agosto de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución estarán a cargo del Presupuesto de EDITORA PERU, por concepto de viáticos US$ 400.00. Artículo 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros cual- quiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros 8946 Aprueban desagregado de recursos transferidos mediante el D.U. Nº 041-98 a favor del INFES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 100-98-PCM Lima, 7 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría Ejecutiva Nº 002-98-PCM de fecha 6 de enero de 1998, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 1998, de conformidad con la Ley Nº 26894 "Ley de Presupuesto del Sector Públi- co para 1998"; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 041-98 se autoriza una operación de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para 1998, destinada a transferirle los recursos presupuestales necesarios al Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, que permitirá la construcción de una posta médica en el distrito de Picsi, provincia de Chiclayo, zona afectada por el fenómeno El Niño, financiada con los recursos provenientes de donaciones en el presente ejer- cicio presupuestario; Que, la Transferencia de Partidas a que se refiere el considerando precedente, señala como Pliego habilitador a la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 281,000.00), siendo necesario apro- bar y desagregar los recursos transferidos a nivel de Sección, Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, fuente de financiamiento, cate- goría y grupo genérico de gasto, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 041-98; Estando a lo informado por la Oficina de Asuntos Financieros del Pliego, y con las visaciones de los Directo- res Generales de Administración y de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 041-98, la Ley Nº 26703 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado" modificada por Ley Nº 26884, la Ley Nº 26894 "Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998" y la Directiva Nº 001-98-EF/76.01 "Directiva para la Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación del Proceso Presupuestario del Sector Público - Año 1998", modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 004-98- EF/76.01 y 030-98-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el desagregado a nivel funcio- nal programático de los recursos transferidos mediante el Decreto de Urgencia Nº 041-98, hasta por el monto de DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL Y 00/100 NUEVOS