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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (19/08/1998)

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NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Iiernani http://www.editoraperu.com.pe Lima, miércoles 19 de agosto de 1998 4ÑO XVI - N” 6629 Pág. 163187 l?CM Determinan que el CONAM es la instan- cia de coordinación intersectorial so- bre conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica DECRETO SUPREMO W 038-9%PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 68” de la Constitución Política del Estado, establece que es deber del Estado conservar la diversidad biológica y de las áreas naturales; Que, el Perú es signatario de la Declaración de Río y del Convenio sobre la Diversidad Biológica firmado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Am- biente y el Desarrollo (CNUDMAD-92), ratificado me- diante Resolución Legislativa N” 26181 del 11 de mayo de 1993; Que, por Resolución Suprema N” 227-93/RE, se con- forma la Comisión Nacional de Diversidad Biológica encargada de realizar las coordinaciones pertinentes con los diversos sectores públicos y privados en la materia de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Convenio sobre Diversidad Biológica: Que, por la Ley N” 26410 del 22 de diciembre de 1994. se crea el Consejo Nacional del Ambiente ICONAM), como organismo rector de la politica nacional ambiental, con la finalidad de planificar: promover, coordinar, con- trolar y velar por el ambiente y el Patrimonio natural de la Nación; Que, el Artículo 32” de la Ley N” 26839, establece que el Poder Ejecutivo determina la instancia de coordina- ción intersectorial en materia de diversidad biológica y realiza el seguimiento de los compromisos asumidos en el Convenio de la Diversidad Biolóeica Y la Lev sobre la Conservación v Anrovechamiento 3ost&ible de la Diver- sidad Biológica; _ Que, por Resolución Suprema N” 08%96/RE, y de acuerdo a las funciones establecidas por su ley de creación. se encarga la Presidencia de la Comisión Nacional de Diversidad Bioló- gica al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM): DECRETA: Artículo l”.-Determinar que el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM). es la instancia de coordinación intersecto- gala que hac! refer&xia el &tículo 32lde la e-y N” 26839 sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversl- dad Biológica, promulgada el 17 de junio de 1997.ri nn~= Cnmerri al~q Internacionales, de acuerdo ãl sigÜiente detalle: Artículo 29- Ampliar las funciones de la Comisión Nacio- nal de Diversidad Biológica para que realice las coordinacio- nes pertinentes con los diversos sectores públicos y privados concernidos en la materia a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Convenio sobre la Diversi¿lad Biológica, encargándole realizar el seguimiento de los compromisos asumidos en dicho Convenio, así como de la Ley N” 26839 sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.- Pasajes - Viáticos wt l 867gg4 - Tarifa Corpac US$400,oo 25,00 Artículo 3”.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la RepúblicaArtículo 3”.- Encargar al Consejo Nacional del Ambiente (CONAMI, con el apoyo de la C!omisión Nacional de Diversi- dad Biológica y de acuerdo a la Segunda Disposición Transi- toria y Final, proponer el Reglamento de la Ley antes señalada. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima. a los dieciocho días del mes de agosto de mil noveaentos noventa y ocho.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros 9215 Autorizan viaje del titular del MITINCI para que participe en instalación del Consejo Empresarial Peruano-Brasile- ño, a realizarse en Brasil RESOLUCION SUPREikA W 438-98-PCM Lima, 17 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, ingeniero Gus- tavo Caillaux Zazzali, ha sido invitado a participar en la instalación del Consejo Empresarial Peruano-Brasileño, a llevarse acabo los días 18 y 19 de agosto de 1998 en la ciudad de San Pablo,, Brasil; Que? asimwmo, la Asociación de Dirigentes de Ventas y Marketmg del Brasil le ha cursado invitación para ue participe como expositor en el Panel “Ampliación de 7as Transacciones Comerciales entre Perú y Brasil” en el marco del Primer Encuentro Empresarial Perú-Brasil, el 18 de agosto de 1995 en San Pablo, Brasil; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, ingeniero Gustavo Caillaux Zazzali, los días 18 y 19 de agosto de 1998; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Supremos W 053~WPCM, N” 074-85-PCM, N” 031-89-EF y N” 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo l”.-Autorizar al ingeniero Gustavo Caillaux Zazzali, Ministro de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales, a viajar a la ciudad de San Pablo, Brasil, los días 18 y 19 de agosto de 1998, en misión oficial, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolución. Artículo 2”.-Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo. Integración v Neeocia- i JAVIER VALLE-RIESTRA 1 Presidente del Consejo de Ministros 1 9218