Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 1998 (19/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Visto el Expediente W 24086298 que incluye los documentos con Registros N"s. 1187381 y 1193631, sohre otorgamiento de Concesion Temporal, para desarrollar estudios relacionados con transmision de energia electrica, de acuerdo con la Ley de Concesiones Electricas Decreto Ley N" 25844, presentado por COMPANIA MINERA SIPANS.A., persona juridica inscrita en el asiento1, ficha040104 del Libro de Sociedades Contractuales y,y;;as Personas Juridicas del Registro Publico de Mineria de `7 CONSIDERANDO: Que, el peticionario ha solicitado, conforme a las normas sobre la materia, se le otorgue Concesion Temporal para realizar estudios sobre transmision de energia electricaen laDerivacion Estructura N" 147 de la L.T. "Chilete-San Miguel" - S.E. Sipan de 22.9 kV de tension. en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas que figuran en el expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos esti ulados en el Decreto Ley N" 25844 y su reglamentoaproba Bo por Decreto Supremo N°|009-93-EM. ha emitido el Informe favorable N" ll 7.98-EM/DGE; Estandoalodispuestoporel Articulo 23°|del Decreto Ley N° 25844; Con la opinion favorable del Director General d e Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE:

Lima. miercoles 19 de agosto de 199X

sustitucion dc igual capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada denominada MORDAZA, fundamentandose en que la recurrente presento su solicitud despues de (23) veintitres meses de ocurrido el siniestro de la embarcacion materia de la sustitucion incumpliendo con lo dispuesto en el Articulo 24° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE; Que por medio de los escritos del visto PESQUERA MORDAZA E.I.R.L. interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral MORDAZA citada y solicita la incorporacion de la embarcacion Siniestrada MORDAZA en el Anexo III del Decreto Supremo N°08-97PE, sustentando su recurso en que de conformidad con lo establecido en el Articulo A-080414 del Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo N°002-87-MA, solicitoda busqueda y locazacion de la citada embarcacion pesquera teniendo como plazo un ano a partir de la expedicion de la Resolucion de Capitania N°002-94 del 11 de marzo de 1994 a traves de la cual se declaro el siniestro (hundimiento) ocurrido el 8 de diciembre de 1993, para reflotarla y/o destruirla si ofreciera riesgo a la navegacion, resolviendose mediante la Resolucion de Capitania N" 021-94 de fecha 12 de diciembrede 1994, declarar el simestro (hundimiento) conperdida total ante la imposibilidad de reflotarla, debiendo considerarse, en consecuencia, estaultimafechacomoladel siniestro, por lo que la Administracion al expedir la resolucion impugnada ha efectuado General de Pesca; Que el precitado Articulo 24" del Reglamento de la Ley General de Pesca establece en forma MORDAZA y precisa que podra solicitarse nueva autorizacion de incremento de flota para embarcaciones siniestradas con perdida total dentro del plazo de un ano emergente de ocurrido el siniestro y no desde la fecha en que la Capitania dePuertolodeclara con perdidatotal,locual unicamente tiene efectos declarativos, no existiendo impedimentodeobtenerlaresoluciondeCauitaniadePuertodeclarandoelsiniestroconperdidatotaldentrodel anodeocurridodicho siniestro. requisitoaque se hacereferenciaenel TextoUnicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, por lo que deviene infundado el medio impugnativo interpuesto yen consecuencia, improcedente la solicitud de incorporacion de la embarcacion siniestrada MORDAZA en el Anexo III del Decreto Supremo N" 0%97-PE al no constituirse como embarcacion materia de sustitucion; De conformidad con lo establecido en el Articulo 99" del Texto Llnico Ordenado de la Ley de Normas Generales de ProcedimientosAdministrativos,aprobadoporDecretoSupr~~mo N" 0294-JUS, modificado por la Ley N" 26810; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N" OlO-97.PE, > . SE RESUELVE: cion interpuesto por PESQUERA MORDAZA E.I.R.L. contra la Resoluciim Directoral N" 135-97.PE/DNE por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. dandose por agotada la via administrativa. Articulo 2".- Declarar improcedente la solicitud de incorporacion de la embarcacion siniestrada denominada MORDAZA, en el Anexo III del Decreto Supremo N" OR-97-PE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese,comuniqueseypubliquese.

Articulo lo.- Otorgar Concesion Temporal a COMPANIA MINERA SIPAN S.A., que se identificara con Codigo N 24086298 para desarrollar estudios relacionados con las actividades de transmision de energia electrica, por un plazo de seis (6) meses a partir de la vigencia de la presento resolucion. Articulo 2".- La Concesion Temporal que se otorga conforme al articulo anterior. esta ubicada en el departamento de MORDAZA, identificada de acuerdo al cuadro siguiente:

DERIVACION Estructura N° 147 L.T Chilete-San Miguel. S.E SIPAN

Articulo 3".- El Concesionario esta obligado a desarrollar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto Ley N" 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 4'.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion.
Rcgistrese, comuniquese y publiquese DANIELHOKAMA Ministro de Energia y Minas

Articulo lo.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apela-

PESQUERIA

MORDAZA MORDAZA ARRUS ROKOVICH Viceministro

9136 Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion que denego COMISIQN EJECUTIVA autorizacion de incremento de flota

RESOLUCIONVICEMINISTERL4L W 055-9%PE
MORDAZA, 14 de agosto de 1998 Vistolos escritos de Registros N"s. 14055 y 16554 de fechas 24 de octubre y 2 de diciembre de 1997 a traves de los cuales PESQIJERAFATIMA E.I.R.L. interpone recurso de apelacion contrala Resolucion Directoral N" 135-97.PE/DNE,v solicitala incorporacion de la embarcacion siniestrada MORDAZA c n el Anexo III del Decreto Supremo N" 08.97.PE. CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Directoral N" J :35-97-PE/ DNI? de II de setiembre de 1997, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de Rota con una embarcacion pesquera de cerco para la extraccion oc recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano ind Irecto, via

Autorizan participacion de fiscales en seminario"Administracion de Justicia y Solucion de Conflictos en materias relevantes a la Mujer y el Nino"
RESOLUCIONDELACOMISIONEJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO W 545-98-MP-CEMP
MORDAZA, 18 de agosto de 199P

DEL MINISTERICi PIJBLICQ __ _

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