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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (19/08/1998)

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Pág. 163192 el- (;rll:4ilmflqfl:jfle Lima, miércoles 19 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que con Oficio N” 5224-98, la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se autorice el viaje de dos de sus trabajadoras; Que en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos fueron cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva N” 009- 96-OIOE, “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolución Ministerial N” 16596-EF/15, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar en vía de regularización el viaje de las señoritas Jessica Bellido Luglio, Inspector de Institu- ciones Financieras y Eliana León Calderón, Analista de Instituciones Financieras de la Superintendencia de Banca y Seguros, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 26 al 31 de julio de 1998, quienes participa- ron en el curso “Payment Systems Risk Conference” orgam- zado por el Federal Financia1 Institutions Examination Council -FFIEC-. Artículo !X’.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cub?ertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros: Pasajes Viáticos Tarifa de CORPACUS$1 527,60 2 640,OO 50,oo Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de las servidoras cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 9230 :. -!J~@$@$~ .: Aceptan renuncia de Subprefecto de la provincia de Canta del departamento de Lima RESOLUCION SUPREMA IV 0498-98-IN11501 Lima, 12 de agosto de 1998 Vista, la renuncia que al cargo de Subprefecto de la provincia de Canta del departamento de Lima formula el señor Julio César JAQUE CUBA, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N” 0821-97-IN- 030100000000, se nombró al señor Julio César JAQUE CUBA como Subprefecto de la provincia de Canta del depar- tamento de Lima, desde el 24 de setiembre de 1997; De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25” del Decreto Legislativo N” 370, el inciso b) del Artículo 2” del Decreto Supremo N” 036-83-JUS del 22 de julio de 1983, el Artículo 1” del Decreto Ley N” 25515 y el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo; y. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que al cargo de Subprefecto de la provincia de Canta del departamento de Lima formula el señor Julio César JAQUE CUBA, dándosele las gracias por los servicios prestados.Registrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 9239 Aprueban el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Oficina Nacio- nal de Cooperación Popular DECRETO SUPREMO W 999-SB-PRO-EH EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N” 866, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por Decreto Legislativo N” 893 se incorpora a la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, al citado Ministerio como Organismo Público Descentra- lizado; Que, en el marco de la política de Lucha Contra la Pobreza y promoción del Desarrollo Humano, COOPOP asume la misión de promover la creación y fortalecimiento de las Organizaciones Sociales de Base para aunar esfuerzos en la lucha contra la pobreza e impulsar el desarrollo de los sectores de menores recursos; Que, dentro del contexto señalado en el Parrafo preceden- te resulta necesario aprobar un nuevo Reg amento de Orga- nización y Funciones de COOPOP, que contenga la nueva estructura orgánica y las nuevas funciones que realizará dicha institución, para el cumplimiento de los fines y objeti- vos encargaaos; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118” de la Constitución Política del Estado y 10 dispuesto por el Decreto Ley N” 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo lo.- Aprobar el Reglamento de Organización y ‘unciones - R.O.F.- de la Oficina Nacional de Cooperación ?opular _ COOPOP, el mismo que consta de 6 Títulos, 8 Capítulos, 39 articulos y 2 Disposiciones Transn.onas y Finales, y que forma parte integrante del presente Decreto %ipremo. Artículo 2”.- Autorizar ala Oficina Nacional de Coopera- :ión Popular - COOPOP - a modificar y aprobar, mediante Resolución Presidencial, su nuevo Cuadro de Asrgnación de Personal (CAP) a fin de adecuarlo al presente Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F), sin exceder los límkespresxz;;s; establecidos. O.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarro- llo Humano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República MIRJAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA OFICINA NACIONAL DE COOPERACION POPULAR TITULO 1 DEL CONTENIDO Y ALCANCES Artículo lo.- El presente Reglamento establece la natu- raleza, finalidad, objetivos, funciones generales y la estruc- tura orgánica, así como el régimen económico ,i laboral de la Oficina Nacional de Cooperación Popular, i entnicada en adelante como COOPOP.