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Pág. 163196 t@@t@ntbI:LI]IlW:!fl~ lima, miércoles 19 de agosto de 1998 0 Coordinar y ejecutar acciones de promoción y apoyo al Programa Nacional de Alfabetización y al Programa Nacio- nal de Atención al Menor de Tres Anos (Wawa-Wasi), en concordancia con los lineamientos sectoriales. g) Propiciar la promoción e integración social y participa- ción cultural a través de la realización y participación en ferias artesanales y agropecuarias a nivel local. regional y nacional, así como, jornadas cívicas y culturales. h) Potenciar la organización y estruct.uras operativas de las agrupaciones sociales de base para favorecer su creativi- dad y desarrollo de sus iniciativas. i) Propiciar, coordinar y desarrollar eventos y foros sociales, educativos y culturales en donde se promueva el rol de la mujer y la familia en el desarrollo socio-económico del país. j) Mantener actualizada la información sobre las necesi- dades socio-económicas de la población y de las Organizacio- nes Sociales de Base que perneta orientar las acciones de la institución. k) Organizar y mantener actualizado el registro de las organizaciones comunales y sociales de base. li Orientar v asistir tecnicamente el funcionamiento de las organizaciones comunales y sociales de base m, Las demás que le asigne la Gerencia General en el área de su competencia. Artículo 32”.- En la estructura orgánica de la Gerencia de Promoción y Desarrollo Social están comprendidas las Subgerencias de Desarrollo Humano y de Promoción Social. DE LA GERENCIA DE PROYECTOS PRODUCTIVOS Artículo 33”.- La Gerencia de Proyectos Productivos es el órgano de línea encargado de diseñar, formular y realizar estudios técnicos. perfiles y proyectos de inversión social, así como de promover. coordinar. supervisar y evaluar la ejecu- ción de los Programas y Proyectos de Desarrollo Productivo en favor de la población de menores recursos especialmente de mujeres y jóvenes organizados. Asimismo, organiza y conduce el Banco de Proyectos Productivos fortaleciendo las Organizaciones Sociales de Base. Está a cargo de un funcio- nario con nivel de Gerente y depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 34”.- Son funciones de la Gerencia de Proyectos Productivos, las siguientes: a) Promover, formular y diseñar estudios, proyectos y perfiles técnicos orientados a la creación c implementación de unidades productivas, generación de ingresos y mejora- miento de los servicios en los sectores de menores recursos para promover su desarrollo. b) Proponer a la Alta Dirección en coordinación con la Gerencia de Planificación y Presupuesto. la priorización de los programas y proyectos productivos que se ejecuten en el marco de la Lucha contra la Pobreza. c) Coordinar, formular y supervisar la ejecucrón de acti- vidades y proyectos que promuevan la participación de la mujer en actividades económico-productivas en condiciones de equidad social y de género. d) Promover, coordinar y supervisar la ejecución de proyectos integrales de desarrollo productivo en favor de la mujer y de las Organizaclones Sociales de Base. dotándoles de los recursos necesarios para viabdizar su implementación y desarrollo. e) Formular estrategias, proponer accione-. y ejecutar programas orientados al fortalecinuento de la base pro- ductiva y al mejoramiento del medio ambiente en las áreas rurales y urbano-marginales, para generar las condicio- nes del desarrollo sostemhlr v disminuir los índices de pobreza. D Promover, coordinar y ejecutar programas de capacita- ción técnica y formación laboral juvenil que contribuyan a la generación de ingresos y empleo productivo, en el marco de la lucha contra la pobreza extrema. g) Apoyar el funcionamiento de pequeños proyectos de.DEL REGIMEN ECONOMICO Artículo 3%‘. Son recursos económicos y financieros de COOPOP: a) Los montos aprobados según la Ley del Presupuesto que se le asigne en cada Ejercicio Fiscal. iniciativa local y actwldades comunales mediante accrones b) Los recursos propios que genere, así como las donacio- de asesoramiento y asistencia técnica. nes internas y externas que se le efectúe. hi Posibilitar a las organizaciones sociales de base el ~ 1c) Los créditos internos y externos, públicos o privados acceso al crédito y financiamiento para pequeños proyectos de inversión destinados al desarrollo de actividades econó- /que se concerten! de acuerdo a la no-atividad vigente. d) Los provementes de contratos, convenios y otros que se micas, a tin de generar pequeñas y microempresas comuna- les, artesanales, talleres productivos, etc., coadyuvando algeneren para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos desarrollo y la ampliación del mercado. ii Generar y mejorar la capacidad de gestion microem-1 institucionales. TITULO VI presorial en las empresas asociativas de mujeres del ámbito DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES rural y urbano-marginal a través de la capacitación en gestión. Primera.- La estructura y funciones específicas de las j) Establecer los critenos tecnicos y procedimientos admi- dependencias de COOPOP a que se hace mención en el nistrativos de las Unidades Operativas para la ejecución depresente Reglamento, serán descritas en el Manual de Orga- los programas y proyectos de desarrollo productivo.nización y Funciones respectivo. k) Supervisar, monitorear y, evaluar la ejecución de las Segunda.- La creación, fusión y/o supresión de Unidades acciones rogramadas mediante mdicadores técmcos, económi-Operativas se aprobarán mediante Resoluciones de Presi- coe, de e%,crencra y eficacia en los proyectos que sc* eJecuten.dencia Ejecutiva, previa evaluación técnica.,1) Las demás funciones que le asigne la Gerencia General dentro del Area de su competencia. CAPITULO VIII DELOSORGANOSDESCONCENTRADOS DE LAS UNIDADES OPERATIVAS Artículo 35”.- Las Unidades Operativas son los Organos Desconcentrados encargados de ejecutar las acciones técni- co-operativas de COOPOP en su jurisdicción, coordinando permanentemente con las Organizaciones Sociales de Base y las dependencias de la Sede Central. Cada Unidad está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente y depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 36”.- Las Unidades Operativas tienen las si- guientes funciones: al Formular y proponer los programas y proyectos de promoción social y desarrollo productivo de sus ámbitos de competencia regional, zonal y local, en armonía con los objetivos institucionales y sectoriales. b) Concertar con los organismos públicos, privados y las organizaciones sociales de base la ejecución de las activida- $e;~;xpomoción y desarrollo de los proyectos del ámbito de c) Ejecutar en el ámbito de su jurisdicción las acciones, programas y proyectos contenidos en los Planes Operativos de la institución. 1 , / ’d) Supervisar la correcta ejecución de los proyectos en el ámbito de su competencia, en coordinación con los órganos de línea correspondientes. e! Apoyar acciones de iniciativa local promoviendo los mecanismos y brindando la asistencia técnica y los recursos necesarios para su ejecución. tJ Suscribir y ejecutar por delegación, los Convenios y Contratos que se concerten con las Organizaciones Sociales le Base y Organismos Públicos y Privados en los ámbitos de su competencia. g) Elaborar los informes de avance de actividades y ejecución de proyectos de acuerdo a la normatividad y directivas internas. h) Efectuar la liquidación técnica, económica y legal de los proyectos que se ejecuten en su ámbito, bajo cualquier modalidad. i) Cautelar el patrimonio de la dependencia a su cargo y mantener actualizado el inventario físico valorizado. j> Las demás funciones que le asigne la Gerencia General. TITULO IV DEL REGIMEN LARORAL Artículo 37“.- Los trabajadores de COOPOP están com- prendidos en el Régimen Laboral de la actividad privada normado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legisla- tivo N” 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N” 003-97-TR y su Regla- mento. El Régimen de Pensiones corresponde al Decreto Ley N” 19990 y/o al Sistema Privado de Pensiones. Artículo 38”.- La política remunerativa del personal de COOPOP se rige por la escala aprobada por Decreto Supre- mo del Ministerio de Economía y Finanzas, refrendado por el Titular del Sector PROMCDEH. TITULO V