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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (23/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 163334 c[?&!l@no ~~M’J~~~~W:~~~ Lima, domingo 23 de agosto dc I 99X Que se van a realizar demoliciones y construcciones de las pistas, veredas y bermas en el cercado de Ancón y otras vías colectoras. En uso de las atribuciones que confieren los Arts. 47 y 68” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853. ORDENA: Artículo lo.- Declarar Zonas Rígidas para el ejercicio del Comercio Ambulatorio de cualquier modalidad, en las vías públicas de las siguientes calles, jirones y avenidas: CALLEIAVENIDA 1: Av. José C. Mariátegui 2: Av. Julio C. Tello 3.- Av. La Florida 4.- Carretera Panamericana Ovalo San José, Carre- Norte km. 44 tera PN. km. 44.050. 5.- Calle 2 de Mayo Calle 2 de Mayo (Cercado) Cuadra 5 hasta la 6. 6.- Calle Abtao 7.- Calle Loreto 8.- Jr. Edilberto Paredes Roncal 9.- Calle Amazonas lO.-Pasaje Curdell ll .-Calle Rimac 12:Calle Apurímac 13.-Autopista a Las Colinas 14.~Calle Ancash 15.~Ovalo San JoséINICIO-TERMINO N” DE CUADRAS Cercado (Mal. Ferrreyros), Urb. San José. Cuadra 1 hasta la 15. Ovalo FAP, Ovalo Miramar. Ovalo San José. Cuadra 1 hasta la ll. Ovalo Miramar, Urb. Miramar. Cuadra 1 hasta la 12. Calle Abtao (Cercado). Cuadra 5 hasta la 8. Cercado. Cuadra 5 hasta la 7. Jr. Edilberto Paredes Roncal (Cercado) Club de Tiro Ancón. Cuadra 7 hasta la 10. Amazonas (Cuadra única). Cuadra 6. Curdell (Cuadra única). Cuadra 6. Cercado Urb. Garcilaso de la Vega. Cuadra 3 hasta la 5. Apurimac (Cuadra única). Cuadra 6. EDELNOR - Malecón Las Colinas. Cuadra 8. Carretera Panamericana Norte km. 44 - Urb. Virgen del Rosario. Perimetro del Ovalo de San José. Artículo 2”.- Encargara todas las Direcciones yAreas, el cumplimiento de la presente ordenanza, particular- mente a la Unidad de Policía Municipal y Serenazgo. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSE ME JIA TARAZONA Alcalde 9412Autorizan la realización de matrimonio civil comunitario en el distrito CAPITAL ARQUJZOLOGICA DE LIMA PRIMER DISTRITO TURISTICO Y ECOLOGICO DECRETO DE ALCALDIA N”024-BS-ALUMDSPL San Pedro de Lurín, 10 de agosto de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: Que, como aplicación del Plan de Trabajo del Departa- mento de Servicios Sociales del presente año, se encuen- tra la programación del Matrimonio Civil Comunitario, con motivo de las Fiestas Patronales del asentamiento humano Julio C. Tello, con la finalidad de lograr la regu- larización del estado civil de los convivientes, así como de aquellas parejas que deseen contraer Matrimonio Civil; Que, al respecto se programa el desarrollo de esta actividad para el día 29 de agosto del año en curso; para lo cual debe contarse con la participación de las diferentes oficinas de la Municipalidad para lograr el objetivo; Estando a lo expuesto lo peticionado, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipali- dades N” 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del Matrimonio Civil Comunitario 1998 a realizarse el día 29 de agosto del año en curso, con motivo de las Fiestas Patronales del asentamiento humano Julio C. Tello, para cuyo caso las inscripciones se darán a partir del 1 de agosto hasta el 25 de agosto de 1998, en cuyo término se remitirá la relación de contrayentes para la aprobación, vía Resolución de Alcaldía, y posteriormente su publica- ción por la Oficina de Relaciones Públicas. Artículo Segundo.- CONSIDERESE como requisi- tos para los contrayentes que se acojan a este beneficio, lo que a continuación se detalla: REQUISITOS: - Partida de Nacimiento original y/o autenticada de ambos. - Libretas Electorales en copias autenticadas por la autoridad administrativa. - Certificado Domiciliario. - Certificado de Salud. - Pago por Derecho de Matrimonio S/. Soles.11.00 Nuevos Ex0NERAc10NEs Certificado de Soltería de cada uno. - Publicación de Edicto Matrimonial, Artículo Tercero.- La Oficina de Registro Civil que- da encargada del cumplimiento del presente decreto. Artículo Cuarto.- La Administración de la Agencia Municipal de la Zona Norte “D”, y a quienes competan deben de brindar el apoyo que el caso reviste, para el adecuado cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFERVILDOSO Alcalde 9413