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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (23/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 28DENOMINACION DE PROCEDIMIENTOREQUISITOS 2.No ser objeto de tachas u objeciones válidas en las publicaciones efectuadas con dicho fin. 3. Aprobar satisfactoriamente los sistemas de calificación vigentes al momento de solicitud de inscripción Una vez inscrito el interesado, deber á abonar una contribución anual al correspondiente registro. Corredores Nacionales : 1. Presentar la sociedad de inscripción en el formato proporcionado por la Superintendencia de Banca y Seguros cuyo contenido tendrá el carácter de declarac ión jurada. 2. Proyecto de Minuta de Constitución Social, que debe ser aprobado previamente por fa Superintendencia de Banca y Seguros, para su posterior inscripción en los Registros Públicos y presentar luegola Copia de la Esctructura Pública de Constitución de la Sociedad, en donde se esteblezca que el único objeto social sea la intermediación de reaseguros. 3.Acreditar un patrimon io equivalente a 25,000 dólares americanos. 4. Acreditar a su Representante Legal ante el Registro Oficial, debiendo éste presentar una declaración comprometiendo al corredor a ejercer sus actividades en la forma y con las obligaciones que la práctica internacional establece y a colocar los reaseguros de las compañiass nacionales exclusivamente con empresas que de acuerdo a su análisis, sean de máxima solvencia y que puedan pagar los reaseguro5 que contraten en el extranjero en moneda de libre convertibilidad 5.Certificados de formaci ón y currículum documentado de idoneidad profesional del Representan- te Legal. 6.En caso de ser Corresponsal o Representante d e un Corredor Extranjero de Reaseguros, un Certificado de éste garantizado las actividades del solicitante dentro del marco de solvencia técnica y personal del Representante Legal. 7.Acreditar la contratación de una póliza de seguro de errores u omisiones por un monto no menor a 100,000 dólares americanos, la cual deberá permanecer vigente hasta la extinción de las obligaciones contraídas como corredor. La póliza deberá ser contratada en una empresa de seguros nacional o extranjera de reconocida calidad. 8.Constancia de antecedentes de la Sociedad o de sus gestores y/o socios y/o representante legal, emitida por dos empresas de seguros o de reaseguros establecidas en el Perú. 1. Presentar la solicitud de inscripción en el formato proporcionado por la Superintendencia de Banca y Seguros, cuyo contenido tendrá el carácter de declaración jurada. 2.Copia legalizada de ta escritura de constitución de la sociedad y de su estatuto, con certificado de vigencia expedido por autoridad competente de su país de origen. 3.Ultima memo ria anual con los estados financieros de la entidad solicitante, con dictamen de auditores independientes, entendiendose por aquellos el balance general, el estado de ganancias y perdidas y notas explicativas de los mismos. 4. Certificado que acredite que la entidad se encuentra constituida legalmente y que puede intermediar la colocación de riesgos cedidos desde el extranjero, con indicación de la fecha desde y hasta la cual se encuentra autorizada para operar y de ramos o riesgos en los cuajes está facultada para actuar. Dicho certificado deber á ser emitido dentro de los 60 días anteriores a su presentac ión por la autoridad competente del pais d e origen de la entidad solicitante, debidamente legalizado por el correspondiente Consulado del Perú. 5. Copia legalizada del poder otorgad o a persona natural residente en el Perú, debidamente inscrito en los Registros Públicos, para que, en calidad de Representante Legal , ejerza la representa& con las facultades generales y especiales del mandato. 6.Declaración del representante legal en la cual comprometa al corredora ejercer sus actividades en la forma y con las obligaciones que la práctica internacional establece, y a colocar los reaseguros de las compa ñías nacionales exclusivamente con empresas que, de acuerdo a su análisis sean de máxima solvencia y que puedan pagar los reaseguros que contraten en el extranjero en moneda de libre convertibilidad. 7.Acreditar la contratación de una póliza de seguro de errores u omisiones por un monto no menor a 500000 dólares americanos, la cual deberá permanecer vigente hasta la extinción de lasDerecho del Pago InafectoT Auto- mático NegativoDependencia donde se Inicia el trámite Oficina de Trámite Documentario- Secreta- ría General de la SBSSuperintendente de Banca y SegurosRecursos Impugnativos Recursos de impugnación conforme Procedimiento N° 31