Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 1998 (25/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

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Aceptan y aprueban donacibn efectuada por el Gobierno Suizo a favor de CARE PERU
RESOLUCION SUPREMA KV' 140-PS-EF MORDAZA, 24 de agosto de 19%
CONSIDERANDO:

acreditadas en los respectivos paises, para realizar trabajo remunerado", se suscribio por intercambio de Notas por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, con fechas 9 y 12 de diciembre de 1997; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118". inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2" de la Ley N" 26647; DECRETA: Articulo Unica- Ratificase el "Acuerdo de Reciprocidad entre los Gobiernos del Peru y de Colombia para autorizara los familmres dependientes del personal Diplomatico, Consular, Administrativo y Tecnico de las Misiones Diplomaticas y Consulares acreditadas en los respectivos paises, para reahzar trabajo remunerado", suscrito por intercambio de Notas or los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores, con fec% as 9 y 12 de diciembre de 1997. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FL'JIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores NOT,4 RE W 6-8/61 MORDAZA 12 de diciembre de 1997 A su Excelencia senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia Exceiencia: Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia, con relacion a su Nota de 9 de diciembre de 1997, referida a la celebracion de un Acuerdo por Canje de Notas relativo a autorizar a los familiares dependientes del personal Diplomatico, Consular, Administrativo y Tecnico de las Misiones Diplomaticas y Consulares de nuestros res ectivos aises: acreditadas en la Republica del Peru y en P RepubP,ica de a Colombia, la que textualmente dice: "Excelencia. Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el Dbjeto de proponer un Acuerdo de Reciprocidad ara autorizar a los familiares deaendientes del nersonal 6.mlomatico, Consular, Administrativo y Tec&o de las Misiones Diplomaticas y Consulares acreditadas en nuestros respec/ 'tivos paises, a emplearse en una ocupacion remunerada en el Estado receptor, en los terminos siguientes: 1. Los familiares dependientes del personal diplomatico, consular. administrativoytecnico de las Misiones Diplomaticas y Consulares de Peru en Colombia y de Colombia en Peru, quedan autorizados para ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado, una vez obtenida la autori zacion correspondiente de contormidad con lo dispuesto en este Acuerdo. Este beneficio se extendera igualmente a los familiares dependientes de nacionales peruanos o colombianos acreditados ante Organizaciones Internacionales con sede en cualquiera de los dos paises. 2. Para los fines de este Acuerdo se entiende por familiares dependientes: a! Conyuge, b) Hijos solteros a cargo, menores de 21 anos o menores de 25 anos que cursen estudios de tiempo completo en alguna institucion de educacion pos secundaria y c) Hijos solteros dependient,es con alguna MORDAZA acidad fisica o mental. 3 No hatra restricciones sobre la naturaleza o clase de empleo que pueda desempenarse salvo las limitaciones constitucionales y legales contempladas en el ordenamiento juridico del Estado receptor. Se entiende, sin embargo, que en las profesiones o actividades en las que se requieran calificaciones especiales, sera necesario que el familiar dependiente cumpla con las normas que ri en el ejercicio de dichas profesiones o actividades en el B stado receptor. Ademas la autorizacion podr,i ser denegada en aquellos casos en que, por razones de seguridad nacional, puedan emplearse solamente nacionales del Estado receptor. 4. La solicitud de autorizacion para el ejercicio de una actividad remunerada se realizara por la respectiva Mision Di lomatica mediante Nota Verbal ante el Ministerio de ReP aciones Exteriores. Esta solicitud debera indicar la

Que, el Gobierno Suizo, a traves de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Coo eracion (COSUDE), ha efectuado una donacion a favor x CARE PERU, consistente en e material tecnico, a ser utilizado en el MORDAZA de la emergencia por el Fenomeno de El MORDAZA en el de artamento de Piura; Que, el inciso k; del Articulo 2" deP Decreto Legislativo N" 821 establece que no estaran gravadas con el impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 821, el Decreto Supremo N° 099-96-EF , normas modificatorias: y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE Articulo Io.-Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano la donacion efectuada por el Gobierno Suizo, a traves de la Agencia Suiza para e Desarrollo y la Cooperacion ( COSUDE ) en favor `de CARE PERU. consistente en 3 MORDAZA con material tecnico para la distribucion de agua, con valor aproximado de SFR 10 287.00 (Diez Mil Doscientos Ochenta y Siete y OO/100 Francos Suizos) y peso aproximado de 192.0 k., segun Certificado de Donacion del L de junio de 1998 y Guia Aerea N° 074-4502 4313. de Kl.M Roya1 MORDAZA Airlines, a ser utilizado en el MORDAZA de la emergencia por el Fenomeno de El MORDAZA en el departamento de Piura. Articulo 2°.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro d e los alcances del inc ..so k 1 del Articulo 2" del Decreto Le islativo N° 821 Articulo 3".- Transcrix ase la presente Resol\icion Suprema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA G O N Z A L E S MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Fmanzas

Ratifican Acuerdo de reciprocidad entre los Gobiernos del Peru y de Colombia
DECRETO SLrPREMO
N" OlS-PS-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo de Reciprocidad entre los Gobw-nos del Peru y de Colombia para .autorizar a los familiar<+ dependientes del personal Diplomatico. Consular AdmmistratiVO y Tecnico de las Misiones Diplomaticas y C~mnsulares

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