Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 1998 (25/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MORDAZA, martes 25 dc agosto de 1998

Vista la Resolucion Suprema N" 0445-RE, de 2 de relacion familiar del interesado con el funcionario del cual liciembre de 1997, que nombra Emba'ador Extraordinario es dependiente y la actividad remunerada que desea desar Plenipotenciario del Peru en el keino de Suecia, al rrollar. Una vez comprobado que la persona para la cual se cmbajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don solicita autorizacion se encuentra dentro de las categorias MORDAZA Llosa Larrabure; definidas en el presente Acuerdo, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado rece tor informara inmediata y De conformidad con el inciso 12) del Articulo 118" de la oficialmente a la Embajada deP Estado acreditante que el Constitucion Politica del Peru; los Articulos 8" y 9" del familiar dependiente ha sido autorizado para trabajar, decreto Legislativo N" 894, Ley t Servicio Diplomatico de el sujeto a la reglamentacion ertinente del Estado receptor. a Republica; y, El Gobierno correspong.lente podra negar el permiso Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; para desempenar el empleo, en el evento en que el solicitante MORDAZA en cualquier momento violado las leyes sobre SE RESUELVE: inmigracion o las le es tributarias del MORDAZA receptor. 5. Un familiar CY ependiente que realizare actividades lo.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Pleniporemuneradas al MORDAZA del presente Acuerdo no gozara de ;enciario del Peru en el Reino de Suecia, Embajador en el inmunidad de jurisdiccion civil ni administrativa frente a kvicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Llosa acciones deducidas en su contra respecto de los actos o Larrabure, para que se desempene simultaneamente como contratos relacionados directamente con el desempeno de Embajador concurrente ante la Republica de Islandia, con tales actividades. i , residencia en el Reino de Suecia. 6. En el caso de familiares de endientes que gocen de 2".- Extenderle las Cartas Credenciales y los Plenos inmunidad de la jurisdiccion penaPen el Estado receptor, de 1Poderes correspondientes. acuerdo con la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas y Consulares o bajo cual uier otro instrumento Registrese, comuniquese y publiquese. internacional que pueda ser aplicabPe, el Estado acreditante renunciara a la inmunidad de dichos dependientes con Rubrica del Ing. MORDAZA Fu'imori respecto ala jurisdiccion enal del Estado receptor, cuando Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA acusados de un dep.Ita cometido en relacion con su trabajo, salvo cuando el Estado acreditante considere que MORDAZA FERRER0 COSTA dicha renuncia seria contraria a sus intereses. Ministro de Relaciones Exteriores 7. El familiar dependiente que desarrolle actividades remuneradas en el Estado rece tor, estara sujeto a la 9521 legislacion del Estado receptor ap7.Icable en materia tributaria y de se ridad social en lo referente al ejercicio de dichas activl ades. .r 8. El presente Acuerdo no implica reconoclmiento de titulos, MORDAZA o estudios entre los dos paises. 9. La autorizacion oara eiercer una actividad remunerada en el Estado rec&ptor ekpirara en la fecha en que el agente diplomatico o consular, empleado administrativo o tecnico del cual emana su dependencia, termine sus funciones ante el Gobierno u or anizacion internacional en que se encuentre acreditado. Ef trabajo ejercido conforme a los. terminos del presente Acuerdo no autorizara ni MORDAZA dereRESOLUCION SUPREMA cho a los familiares a cargo para continuar residiendo en, W 226-98-PRES Peru o en Colombia, ni los autorizara a permanecer en ese empleo 0 comenzar otro en el MORDAZA receptor, luego que el. MORDAZA, 24 de agosto de 1998 permiso hubiere concluido. 10. Cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interVista, la carta de fecha 15 de MORDAZA de 1998 del Ing. MORDAZA retacion o aplicacion del presente Acuerdo, sera sometida a Pos respectivos Gobiernos para su conciliacion a traves de ! 1Paredes Piana; y, cualquier metodo que los mismos puedan determinar. CONSIDERANDO: ll. El presente Acuerdo tendra vigencia indefinida, a menos que una de las Partes manifestare ala otra, por la via Que, por Resolucion Suprema N"022-98-PRES de fecha diplomatica, su decision de denunciarlo. En este caso, la 26 de enero de 1998 se designo, al In . MORDAZA MORDAZA denuncia se MORDAZA efectiva seis meses despues de ia fecha del PIANA, en el cargo de Secretario kcnico del Consejo recibo de la respectiva notificacion. l?ransitorio de Administracion Regional de la Region AnSi el Gobierno de vuestra Excelencia esta de acuerdo con dres MORDAZA Caceres; lo expuesto precedentemente, su respuesta afirmativa consQue, el citado funcionario ha formulado renuncia al tituira junto con la presente Nota, un Acuerdo entre nuesindicado cargo; tros dos Gobiernos sobre la matena que entrara en MORDAZA en De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislala fecha de la Nota de Vuestra Excelencia. tivo N" 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley N" 26922 - Ley Aprovecho la oportunidad para expresar a Vuestra MORDAZA de Descentralizacion y el Decreto Ley N" 25515; y, Excelencia las seguridades de mi mas alta y distinguida consideracion". Estando a lo acordado;

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1Aceptan rerhcia de Secretario Tecnil co del CTAR de la Region MORDAZA Ave

/ Ilino MORDAZA

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Sobre el particular, tengo elagrado de manifestara Vuestra Excelencia en nombre y representacion del Gobierno del Peru, mi confo&dad con lo anteriormente transcripto y que vuestra Nota y la resente constituyen un Acuerdo entre nuestros gobiernos e P que entrara en MORDAZA en el dia de hoy Saludo a Vuestra Excelencia con mi mas alta y distinguida consideracion. MORDAZA FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores de la Republica de Peru 9516

SE RESUELVE: Articulo lo.- Ace tar la renuncia formulada por el Ing. MORDAZA MORDAZA PLN A, al cargo de Secretario Tecnico del Consejo Transitorio de Administracion Regional de la Region MORDAZA MORDAZA Caceres; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2".- La resente resolucion sera refrendada por el Presidente del 8onsejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

Nombran Embajador concurrenteante / la Republica de Islandia
MORDAZA, 24 de agosto de 1998

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