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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (31/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 2

VISTOS: La solicitud prcsentada por,Jhonny Chacón Rojas VISTOS: La solicitud presentada por Fernando López Quin- y el Informe N°062-98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc timari y el Informe N” 068-98/CAH formulado por la Comisión creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda la concesión Ad Hoc creada por Ley Iv” 26655. en el que se recomienda la del indulto; concesión del indulto; CONCIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26655 SC creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia. para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismoo tralci»n ala patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a la comisión presumir, razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula- ción con el elementos , actividades u organizaciones terroristas; y , Que. por encontrarse la solicitud de ,Jhonnv Chacón Rojas dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N° 26655, “los miembrosde la mencionada Comisión Ad Hl,chUnrecomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Jhonny Chacón Rojas;Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar. calificar y proponer al Presidente de la RepúI?ica en forma &cepcion& la’concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados pordelitos de terrorismo o traición ala patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a lacomisión presumir,razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula-ción con elementos, actividades u organizaciones terroristas;y, Que, por encontrarse la solicitud de Fernando López Quin- timari dentro de los alcances del Artículo 1”de la Ley N° 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomen-dado por unanimidad el otorgamiento del indulto en fwor de Fernando López Quintimari; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118° inciso 2 1) de la Constitución Politica del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos;Que, de conformidad con lo dirpuesto por cl Artículo 1 IR” inciso21 )delaConstiwcitin I’~rlíticad~~lI’erú.t~~atrit~ucióndel señor Prcsidenlt~ de In República concedw !nd!l!tos: Artículo Unico. - Conceder INDULTO a .JHONNY CHA- CON RO.JASquicn se encuentra en el Establecimiento Penal de Huacwriz (:ajamarca. Regist rese, comuníqucsey puhllqucsc. Rúbrica del Ing. AlbcrLo E‘ujimori Presidente (‘onstitucional de Is1 República ALFRIGX) QIJISPE (:ORREA Ministrode.J,lstitia 9739 RESOLUCION SUPREMA N” 302-98-JUS Lima, 25 de agosto de 1998 VISTOS: La solicitud presentada por Santiago Díaz Burga y cl Informe N° 063-98/CAH formulado por la (‘omisión Ad Hoc creada por Ley N°26655, en el que se recomienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26655 se creo una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar. calificar y proponer al Presidente de la Rcpú%lica en forma excepcion&:l:~ &ncesión del indul- toy derecho de gracia, para quienes se encuentren condena- dos por delitos de terrorismo o traición a la patria,, en base a clemcntos probatorios insuficientes que pertmtan a la comisión presumir, razonablemente. que ntr habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; y, Que, por encontrarse la solicitud de Santiago Diaz Burga dentro de los alcances del Artículo 1° de la Ley N°26655, los mienbros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto favor de Santia- go Díaz Burga;SE RESUELVE- ArtículoUnico.-Conceder INDULTO a FERNANDO LO- PEZ QUINTIMARI quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Huamancaca Chico Huancayo. Rcgistrese , comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 9741 RESOLUCIONSUPREMA N° 304-98-JUS Lima, 25 de agosto de 1998 VISTOS: La solicitud presentada por Watsler Francisco Mendoza Piña y el Informe I\i” 069-98KAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655, on el que se reco- mienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que. mediante Ley N’2665,5 se creó una Comisión Ad Hoc encaread a de evaluar. calificar v nroooner al Prcsidcntc de la República en forma &wpcio&Í, la’concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenadospor delitos de terrorismo o traicii,n a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan ala comi- sión presumir, razonablemente, que no habrían tenido nin- gún tipo de vinculación con elementos, actividades u organi zaciones terroristas; y, Que, de conformidad con lo dispuesto por cl Artículo 118” inciso21 )de la Constitucion Politica del Perú , es atribución del señor Presidente de la Republica conceder ind ultosQue. por encontrarse la solicitud de Watsler Francisco Mcn- doza Piña dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comis%n Ad Hoc han recomendado por unanimidad cl otorgamiento del indulto en favor de Watsler Francisco Mendoza Piña: Que. de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 1 Ix” inciso 21 )de laConstitución Política del Perú, es atribución del sefiorl’residentede la República conceder indullos; SE RESUELVE: Artículo Unico.-Conceder INDULTO a SANTIAGO DIAZ BURGA quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Picsi Chiclayo.Artículo Unico.-Conceder lNDULTO a WATSIXRFRAN- CISCO MENDOZA PENA quien se encuentra en el Estableci- miento Penal de Picsi Chiclayo. I¿cgístrese.comumquescy publíquese Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Consl&ucional de la Republica AI,FRI3DO QUISPE <‘OKRE:A Ministrode,JllsticiaRegistrese, comuniquesc y publíquese.Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional dc la República ALFREDO QUISPE (:ORREA MinistrodeJusticia 9740 RESOLUCION SUPREMA w 30.3~98-Jus Lima, 25 de agost o de 19989742 l Lima. 25 de agosto de 1998RESOLUCIONSUPREMA N”305-BS-JUS