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Pág. 163482 típtt!t8tIno ~:WV:L~W:~~~ Lima, lunes 3 1 dc agosto de 1998 VISTOS: La solicitud presentada por Teodoro Risco Cruz y VISTOS: La solicitud presentada por Anatolia Sebastián el Informe N”089-98iCAH formulado por la Comisión Ad Hoc IngayelInformeN”091-98iCAH formuladoporlaComisión Ad creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda la concesión Hoc creada por Ley N” 26655. en el que se recomienda la delindulto; concesión del indulto; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan ala comisión presumir, razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula- ción con elementos, actividades u organizaciones terroristas;y, Que, por encontrarse la solicitud de Teodoro Risco Cruz dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembrosdelamencionadaComisiónAdHochanrecomendado por unanimidad el otorgamiento del indultoenfavorde Teodoro Risco Cruz;Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la natria. en base a elementos probatorios insuficientes que permi’tan a la comisión presumir, razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula- ciónconelementos,actividadesuorganizaciones terroristas;~, Que,porencontrarselasolicituddeAnatoliaSebastiánInga dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado oor unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Anatolia Sebastián Inga: I Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118’ inciso 2 1) de la Constitución Po1 itica del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos;Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118” inciso21)delaConstituciónPolíticadelPerú,esatribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a TEODORO RIS- CO CRUZ quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Picsi, Chiclayo.SE RESUFLVE: L , Artículo Unico.- Conceder INDULTO a ANATOLIA SE- BASTIAN INGA quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos. Registrese,comuníqueseypubliquese Regístrese, comuníquese ypublíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la RepúblicaRúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO Q’JISPE CORREA Ministro de .JusticiaALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 9751 9753 RESOI,UCIONSUPREMA N”314-98-JUSRESOLUCION SUPREMA N”316-SS-JUS Lima, 25 de agosto de 1998 Lima, 25 de agosto de 1998 VISTOS: La solicitud presentada por Teodosio Rupay Ja- nampa y el Informe N”090-98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655. en el que se recomienda la concesiondel indulto;VISTOS: La solicitud presentada por Mariano Sabino Sullu- chuto Centeno y el Informe N” 09298iCAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se reco- mienda la concesión del indulto: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a la comi- sión presumir, razonablemente, que no habrían tenido nin- gún tipo de vinculación con elementos, actividades n organi- zaciones terroristas; y.Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia. para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a la comi- sión presumir, razonablemente, que no habrían tenido nin- gún tipo de vinculación con elementos, actividades LI organi- zaciones terroristas;~, Que, por encontrarse la solicitud de Teodosio Rupay Janam- pa dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Teodo- sio Rupay Janampa; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118” inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos;Que, por encontrarse la solicitud de Mariano Sabino Sullu- chuto Centeno dentro de los alcances del Artículo 1”de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Mariano Sabino Sulluchuco Centeno; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118’ inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a TEODOSIO RU- PAY JANAMPA quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Huamancaca Chico, Huancayo. Regístrese,comuníqueseypublíquese Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA MinistrodeJusticiaArtículoUnico.- Conceder INDULTO a MARIANO SABI- NOSULLUCHUCOCENTENOquienseencuentraenelEsta- blecimiento Miguel Castro Castro. Registrese, comuníquescy publíquese Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA MinistrodeJusticia 9752 9754 RESOLUCIONSUPREMA No3159%JUSRESOLUCION SUPREMA N”317-9%JUS Lima, 25 de agosto de 1998 Lima, 25 de agosto de 1998