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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (31/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 5

Lima, lunes 3 I de agosro de 1998 elmm Pág. 163481 VISTOS: La solicitud presentada por Oscar Rubén Mamani Cahui y el Informe N” O82-9WCAH formulado por la ComisiónVISTOS: La solicitud presentada por Guillermo Adalberto Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda laRamos Ichpas y el Informe N” 086-98KAH formulado por la concesión del indulto;Comisión Ad Hw creada por Ley N” 26655, en el que se reco- mienda la concesión del indulto: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a la comisión presumir. razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula- ción con elementos, actividades u organizaciones terroristas; y Que, por encontrarse la solicitud de Oscar Rubén Mamani Cahui dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomen- dado por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Oscar Rubén Mamani Cahui; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118” inciso21)delaConstituciónPolíticadelPerú,esat~bucióndel señor Presidente de la República conceder indultos;Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesitin del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición ala patria, en hase a elementos probatorios insuficientes que permitan a ia comisibn presumir, razonablemente,quenohabrían tenidoningún tipodevincula- ción con elementos, actividades u organizaciones terroristas; y, Que, por encontrarse la solicitud de Guillermo Adalberto Ramos Ichpas dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad lioc han recomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto en kvor de Guillermo Adalberto Ramos Ichpas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118” inciso 21) de la Constitución Política del Pern, es atribución del señorl’residentedr la Repúblicaconcederindultos; SE RFSUELVF: 1 J Artículo Unico.- Conceder INDULTO a OSCAR RLJREN MAMAN1 CAHUI quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Socabaya, Arequipa.SE REStiELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a GUILLERMO ADALBERTO RAMOS ICHPASquien se encuentra en el Esta- blecimiento Penal de Huamancaca Chico, Huancayo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Registrese,comuníquescy publiquesc. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la RepúblicaRúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la Kí~pública ALFREDO QUISPE CORREA MinistrodeJusticiaALFREDO QUISPE CORREA MinistrodeJusticia 9747 9749 RESOLUCIONSUPREMA N”310-98dUSRESOLUCION SUPREMA N”312-SS-JUS Lima, 25 de agosto de 1998 Lima, 25 de agosto de 1998 VISTOS: La solicitud presentada por José Luis Ponce Milla y el Informe N”085-98KAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto;VISTOS: La solicitud presentada porJustiniano Risco Cruz y el Informe N” 08%98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda la concesión delindulto; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N”26655 se creóuna Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a la comi- sión presumir, razonablemente, que no habrían tenido nin- gtín tipo de vinculación con elementos, actividades u organi- zaciones terroristas; y,Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho dc gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes oue nermitan a la comi- -.-... Que, por encontrarse la solicitud de José Luis Ponce Milla dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembrosdelamencionadaComisiónAdHochanrecomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de José Luis Ponce Milla;sión presumir, razonablemente, queno habrían tenido nin- gún tipo de vinculacion con elementos, actividades u organi- zaciones terroristas;~, Que, por encontrarse la solicitud de Justiniano Risco Cruz dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado nor unanimidad ci otorgamiento del indulto cn favor de .Justi- Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118” inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos;r .~ - niano Risco Cruz; Que, de conformidad con lo dispuesto por cl Artículo 118” inciso 2 1) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: SF RESUFI VF:1 L >,1 Artículo Unico.- Conceder INDULTO a JOSE LUlS PON- CE MILLA quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel Castro Castro.Artículo Unico.- Conceder INDULTO a JUSTINIANO RISCO CRUZ quien seencuentra en el Establecimiento Penal de Picsi, Chiclayo. Regístrese, comuníquesey publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA MinistrodeJusticiaRegístrese,comuníqueseypublíquesc. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministrode Justicia 9748 9750 RESOLUCIONSUPREMA N”311-9%JUS Lima, 25 de agosto de 1996RESOLUCION SUPREMA N”313-98-JUS Lima, 25 de agosto de 1998