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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (08/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

Lima, martes 8 de diciembre de 1998 cfm Pág. 166997 Que, mediante Resolución N” 248-98-EFISAFP se apro bó el Título X del Compendio de Normas de Supe rintendencia Re lamentarias del Sistema Privado dt Administración 2e Fondos de Pensiones, referido a h Calificación y Clasificación de Inversiones; Que, mediante Resolución N” 284-98-EFSAFP se apro bá el Capítulo VI del Título X del Compendio de Normal de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Priva do de Administración de Fondos de Pensiones, referido : Definiciones y Equivalencias de las Categorías de Riesgo Que, de acuerdo aI Artículo 17” del Re lamento dc Empresas Clasificadoras de Riesgo, aproba Io por Reso lución CONASEV N” 074-98-EF/94.10. cada clasificador: puede establecer sus propias categorías y simbología! incluyendo las definiciones respectivas; Que, mediante comunicación de fecha 98.11.25, 1; Empresa Clasificadora de Riesgo Apoyo & Asociado: Internacionales S.A., ha informado a esta Superintenden cia la modificación de las simbologías y definiciones de la! categorías de riesgo aplicables a las acciones preferentes Que, conforme a la Tercera Disposición Final y Tran sitoria del Reglamento del referido Texto Unico Ordena do, aprobado por Decreto Supremo N” 004-98-EF, 1; Superintendencia está facultada para dictar las normal operativas complementarias necesarias para el buen fun cionamiento del Sistema Privado de Administración di Fondos de Pensiones; Estando alo dispuesto por el Texto Unico Ordenado dl la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondo, de Pensiones aprobado por Decreto Supremo N” 054-97 EF, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 004-98-EF y el Estatuto de la Superintendencia aprobadl por Decreto Supremo W 220-92-EF; SE RESUELVE: Artículo lo.- Sustituir el Anexo VIII del Capítulo V del Título X del Compendio de Normas de Superin tendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Admi nistración de Fondos de Pensiones,, referido a Definicio Equivalencias de las Categorias de Riesgo. nesL4* xiculo 2”.- La resente resolución entrará en vigen cia al día siguiente e su publicación en el Diario Oficia El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO VIII EQUIVALENCIAS DE ACCIONES PREFERENTES-. APOYO 14 2’ 3” 4’ 5* E S__- DCR-- PM PM (tI-) PA (tH pBBB (4) pBB (4) PB(+/-) pccc PDP-- ~- CLASS-- aaa aa (ti-) a (4) bbb (4) bb (t!-) b (4) ccc (ti-) CC C d e V--__EQUILIBRIUM aaa aa (ti-) a (4) bbb (4) bb (4) b (4) ccc (ti-) CC C d e V 14360 MUNICll?ALIDAD DE ’ COMAS Disponen condonar deudas po concepto de Licencia de Funciona miento ORDENANZA W 020-98-C&IC Comas, 30 de noviembre de 199XEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de noviembre de 1998, recibió el pedido del Regidor José Rosasalva Zumaeta, con respecto ala Tasa de Licencia de Funcionamiento, quien solicita se condone la deuda que existiera por dicho concepto. CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza N’ OlQ-98-C/MC de fecha 12 de noviembre de 1998, se deroga la Tasa de Licencia de Funcionamiento; Que, en el debate se recibió las opiniones de los Regi- dores, quienes consideran que dada la crítica situación económica que viene atravesando el sector empresarial, se ha considerado conveniente, condonar las deudas por concepto de Tasa de Licencia de Funcionamiento; En uso de las facultades conferidas por la Ley N” 23853 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo por UNA- NIMIDAD APROBO, la siguiente: ORDENANZA: CONDONAR LAS DEUDAS EXISTENTES POR CONCEPTO DE TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Condonar las deudas tributarias existentes por concepto de Tasa de Licencia de Funciona- miento. Artículo Segundo.- Encargar a la Oiicina de Admi- nistración Tributaria el quiebre de los valores generados por este concepto, así mismo deberá de coordinar con la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización Informática y Cooperación Técnica Internacional, las acciones que correspondan con respecto a las cuentas corrientes que se administran. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. L;I$e H. SALDANA GRANDEZ 14326 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican ordenanza por la cual se aprobaron normas para el otorgamien- to de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento ORDENANZA W 25-98 San Miguel, 20 de noviembre de 1998 EL REGIDOR ENCARGADO DE LA ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel, en Sesión Extraor- dinaria de la fecha y con la dispensa del trámite Comi- siones y de la Aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA W 19-98 Artículo Unico.- Modifiquense la Tercera y Cuarta Disposición Transitoria de la Ordenanza N“ 19-98, en los términos siguientes: “Tercera.- Los actuales procedimientos administrativos en trámite relativos a autorizaciones munici ales de funcio- namiento y construcción bajo cualquier m OFabdad, se ade- cuarán al procedimiento contenido en la presente ordenanza. Cuarta.- Son aplicables a los actuales establecimien- tos que cuentan con Licencia de Funcionamiento las disposiciones contenidas en el Título 1, V, VI, VIII IX, así como el Artículo 21” de la presente ordenanza, iasta el momento en que concluyan su vigencia anual concedido por las disposiciones vigentes al momento de su otorga- miento, sometiéndose luego a su integridad, una vez